RESOLUCIÓN 276 2002 SECRETARIA DE EDUCACION

Síntesis:

DEROGA LA RESOLUCIÓN 264-SED-00 - CREA UN GRUPO DE TRABAJO ESPECIAL DEDICADO A LAS ACTUACIONES SOBRE HERENCIAS VACANTES DENOMINADO COMISIÓN EJECUTORA, DENTRO DEL ÁMBITO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN LEGAL E INSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN - DESIGNA COMO COORDINADOR A JUAN C. PEÑA - DNI N° 8.243.124

Publicación:

14/03/2002

Sanción:

26/02/2002

Organismo:

SECRETARIA DE EDUCACION


Visto la ley N° 52 (B.O. N° 540), el Decreto N° 2.760/GCBA/98 (B.O. N° 599) y la Resolución N° 264/SED/99 (B.O. N° 673) y:

CONSIDERANDO:

Que la ley y el decreto citados en el visto establecen el régimen aplicable en materia de herencias vacantes en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme con lo dispuesto por el artículo 9° inciso 9° de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el artículo 12 de la Ley N° 52 establece que la Secretaría de Educación debe expedirse, en el plazo de sesenta días desde el auto de reputación de vacancia, sobre si alguno de los bienes que componen la herencia reputada vacante puede recibir un destino directo de utilidad pública. En caso negativo, los bienes que componen la herencia deben ser enajenados en público remate y el producido de los bienes subastados debe incorporarse a un fondo de afectación específica de la Secretaría de Educación para gastos en inversión;

Que, en consecuencia, resulta de interés y competencia de esta Secretaría el establecimiento de procedimientos eficaces tendientes a optimizar la incorporación y aprovechamiento de recursos obtenidos en concepto de herencias vacantes;

Que la optimización de los recursos estatales constituye, en el marco de la situación de emergencia declarada por la Ley N° 744, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, un objetivo insoslayable, para cuyo logro deben adoptarse medidas inspiradas en la simplicidad procedimental, celeridad y ejecutividad;

Que la conformación de un equipo de enlace entre la Secretaría de Educación y la Procuración General del Gobierno de esta ciudad dispuesta por la Resolución N° 264/SED/1999 no pudo ser implementada, y se revela como un instrumento ineficaz para el logro del objetivo reseñado en el considerando anterior;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha elaborado un plan de trabajo tendiente a optimizar la gestión y seguimiento de las actuaciones vinculadas con herencias vacantes, sobre la base de los principios señalados;

Que el plan de trabajo elaborado contempla la constitución de un grupo de trabajo especialmente dedicado a las actuaciones sobre herencias vacantes -denominado Comisión Ejecutora-, constituido por un/a coordinador/a designado/a por el Secretario de Educación y un equipo integrado por representantes de las Direcciones Generales de Coordinación Financiera y Contable, de Infraestructura Mantenimiento y Equipamiento y de Coordinación Legal e Institucional, que serán sus propios/as Directores/as Generales o el/la agente que ellos/as designen y comuniquen al/la coordinador/a;

Que a los fines operativos, y para evitar duplicación de instancias y costos administrativos, se prevé que la Comisión Ejecutora sea emplazada en el ámbito de la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional, pero con independencia funcional de dicha Dirección;

Que para el cumplimiento de sus tareas, se prevé que la Comisión Ejecutora tenga facultades para recibir y expedir comunicaciones, notificaciones y pedidos de informes a las distintas Direcciones de la Secretaría, y también a dependencias ajenas a la Secretaría;

Que entre las tareas que se estiman convenientes asignar a la Comisión Ejecutora se incluyen como principales:1) elaborar dictámenes y recomendaciones en relación con el posible destino de utilidad pública de los bienes que componen las herencias vacantes sobre cuya existencia comunique la Procuración General del Gobierno y deba resolver esta Secretaría; 2) realizar un seguimiento de los trámites y expedientes vinculados con herencias vacantes tendiente a contribuir a la pronta incorporación de los bienes al patrimonio estatal; 3) comunicar a la Procuración General del Gobierno y a la Escribanía General de la Ciudad las Resoluciones adoptadas por esta Secretaría en relación con el artículo 12 de la Ley N° 52; 4) asesorar a la Dirección General de Coordinación Financiera y Contable en relación con los gastos que demanden los trámites vinculados a herencias vacantes y/o la conservación de bienes a cargo del Estado y llevar un legajo informativo actualizado sobre el estado de los expedientes vinculados a herencias vacantes;

Que la constitución de la Comisión Ejecutora, bajo los principios sugeridos por la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional satisface idóneamente los objetivos que esta Secretaría se propone alcanzar en relación con los trámites vinculados a herencias vacantes;

Que la constitución de una Comisión especialmente dedicada al tratamiento de las herencias vacantes ha sido recomendada por el informe producido por la Unidad de Auditoría Interna en el marco de la Resolución N° 1.641/SED/01, y que dicha unidad resulta un órgano idóneo para realizar un seguimiento del cumplimiento de los objetivos que la implementación de la presente resolución;

Que, asimismo, resulta necesario proveer a la Comisión Ejecutora de los fondos necesarios para el cumplimiento de sus fines;

Que en virtur de lo expuesto resulta pertinente derogar la Resolución N° 264/SED/1999 citada en los vistos, crear la Comisión Ejecutora propuesta, establecer sus atribuciones principales, designar su presidente y requerir a las Direcciones involucradas la inmediata designación de los representantes que integrarán el grupo de trabajo;

Por ello, habiendo tomado intervención la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 101 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL SECRETARIO DE EDUCACION

RESUELVE:

Artículo 1° - Derogar la Resolución de esta Secretaría N° 264, publicada en el Boletín Oficial N° 673, del 15 de Abril de 1999.

Artículo 2° - Crear un grupo de trabajo denominado Comisión Ejecutora dedicado a las actuaciones y expedientes relacionados con Herencias Vacantes, que estará constituida por un/a coordinador/s designado/a por e/la Secretario/a de Educación y un equipo integrado por representantes de la Dirección General de Coordinación Financiera y Contable, la Dirección General de Infraestructura Mantenimiento y Equipamiento, y la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional, que serán sus propios/as Directores/as Generales o el/la agente que ellos/as designen y comuniquen al/la coordinadora y funcionaria en las oficinas de la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional.

Artículo 3° - Asignar como funciones relevantes de la Comisión Ejecutora la elaboración de dictámenes y recomendaciones en relación con el posible destino de utilidad pública de los bienes que componen las herencias vacantes sobre cuya existencia comunique la Procuración General del Gobierno y deba resolver la Secretaría de Educación; la realización de un seguimiento de los trámites y expedientes vinculados con herencias vacantes tendiente a contribuir a la pronta incorporación de los bienes al patrimonio estatal; la comunicación a la Procuración General del Gobierno y a la Escribanía General de la Ciudad las resoluciones adoptadas por esta Secretaría en relación con el artículo 12 de la Ley N° 52; el asesoramiento a la Dirección General de Coordinación Financiera y Contable en relación con los gastos que demanden los trámites vinculados a Herencias Vacantes y/o la conservación de bienes a cargo del Estado y la creación de un legajo informativo actualizado sobre el estado de los expedientes vinculados a Herencias Vacantes.

Artículo 4° - Otorgar a la Comisión Ejecutora facultades para recibir y expedir comunicaciones, notificaciones y pedidos de informes a las distintas Direcciones de la Secretaría, así como a la Procuración General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a la Escribanía General de la Ciudad de Buenos Aires y al Banco de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 5° - Designar Coordinador de la Comisión Ejecutora creada por esta Resolución al Lic. Juan C. Peña (DNI N° 8.243.124).

Artículo 6° - Requerir a la Direcciones Generales de Coordinación Financiera y Contable, de Coordinación Legal e Institucional y de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento que en un plazo de 72 horas desde la comunicación de la presente resolución designen un/a representante titular y suplente para trabajar en la Comisión Ejecutora y comuniquen por escrito dicha designación al Coordinador.

Artículo 7°- Ordenar a la Dirección General de Administración Financiera y Contable el suministro de los fondos necesarios para el cumplimiento de los fines de la Comisión Ejecutora.

Artículo 8° - Encomendar a la Unidad de Auditoria Interna el seguimiento de la implementación de la presente resolución.

Artículo 9° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y a la Escribanía General de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese por copia a las Subsecretarías de Educación y de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria, a las Direcciones Generales de Infraestructura Mantenimiento y Equipamiento, de Coordinación Legal e Institucional y de Administración Financiera y Contable. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Art. 1 Res. 2638-MEGC-12 disuelve Comisión Ejecutora creada por Resolución 276-SED-02.
DEROGA
<p>Art. 1 de la Resolución 276-SED-02, deorga la Resolución 264-SED-99.</p>
INTEGRA
<p>Resolución 276-SED-02 crea la Comisión Ejecutora dedicado a los expedientes vinculados a herencias vacantes.</p>