RESOLUCIÓN 329 2011 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

   NORMA DEROGADA - ESTABLECE - DOCUMENTOS RESOLUCIÓN COMUNAL Y DECLARACIÓN COMUNAL - CREARSE -REGISTRARSE Y ARCHIVARSE BAJO EL MÓDULO GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS -SADE

Publicación:

27/12/2011

Sanción:

21/12/2011

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


VISTO:

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes N° 1.777, N° 3.233, N° 3.304; el Decreto N° 589/09 y las Resoluciones N° 96-SECLyT/09, N° 138-SECLyT/10 y N° 1-SECLyT/11; y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que "Las comunas son unidades de gestión política y administrativa con competencia territorial... ejercen funciones de planificación, ejecución y control, en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno de la Ciudad, respecto a las materias de su competencia";

Que a Ley 1.777 regula la organización, competencia y funcionamiento de las Comunas;

Que en el artículo 26 de dicha norma se expresa que "...Son atribuciones y obligaciones de la Junta Comunal ...o) Emitir resoluciones y declaraciones en el marco de sus competencias...";

Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de modernización administrativa;

Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado "Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación", entre las actividades a desarrollar determinó la implementación del: "Documento Electrónico: Propiciar la utilización de documentos administrativos electrónicos firmados digital o electrónicamente" y "....desarrollar la arquitectura tecnológica para la implementación del expediente electrónico";

Que el artículo 3° de la Ley establece que "La Jefatura de Gabinete de Ministros es la autoridad de aplicación del presente plan";

Que el actual Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ya había asumido un compromiso con las políticas de modernización de la Administración Pública, con la incorporación de diversas tecnologías a los trámites, actuaciones y procedimientos de la Administración;

Que por Decreto N° 589/09 se aprobó la implementación del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE- como sistema de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a los fines de la implementación y funcionamiento de dicho Sistema se facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias;

Que en consecuencia, por Resolución N° 96-SECLyT-2009 y luego por Resolución N° 138-SECLYT/2010 se modificó el Reglamento para el Inicio, ordenamiento, registro y circulación de expedientes y actuaciones administrativas;

Que dichos Reglamentos definieron los tipos de documentación administrativa que utiliza la Administración en los distintos procedimientos de gestión, distinguiendo, entre expedientes y actuaciones administrativas;

Que, según la Resolución N° 138/SECLYT/10, constituye "documento: (la) entidad identificada y estructurada que comprende texto, gráficos, sonido, imágenes o cualquier clase de información inherente a los procesos administrativos";

Que, posteriormente, por Resolución N° 1/SECLyT/11 se aprobó el Reglamento para la Generación de Documentos Electrónicos Oficiales -GEDO-;

Que el artículo 3° estableció que "...los Documentos Electrónicos Oficiales generados en -GEDO- son encriptados mediante tecnología de firma digital, utilizando identificación y clave de usuario y archivados en el repositorio único de imágenes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.";

Que actualmente se utiliza el Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales -GEDO- del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADEpara la creación de informes, providencias, disposiciones, dictámenes, actas, convenios y declaraciones juradas;

Que en esta instancia y atento la asunción de las nuevas autoridades comunales a partir de las elecciones del 10 de Julio próximo pasado, resulta necesario avanzar en la incorporación de nuevos documentos electrónicos que deberán utilizarse en los distintos trámites ante las Juntas Comunales;

Que en consecuencia, es preciso disponer que a los fines de la creación registración y archivo de las "Resoluciones Comunales" y "Declaraciones Comunales" se deberá utilizar el Módulo "GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO-" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE-.

Por ello y en uso de facultades que le son propias,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

RESUELVE

Artículo 1°.- Establécese que los documentos: "Resolución Comunal" y "Declaración Comunal" deberán crearse, registrarse y archivarse utilizando el módulo "GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO-" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE)

Artículo 2°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todas las Comunas y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>La Resolución 329-SECLYT-11(DEROGADA) establece para Resolución Comunal y Declaración Comunal crearse registrarse y archivarse utilizando el módulo GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO Sistema de Administración de Documentos Electrónicos-SADE en el marco de la Resolución 1-SECLYT-11</p>
DEROGADA POR
Res.271-SECLYT-13 art. 1 deroga la Res. 329-SECLYT-11