RESOLUCIÓN 271 2013 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS - -SADE - INCORPORAN DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS AL MÓDULO GEDO - GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES - RESOLUCIÓN PRESIDENCIA JUNTA COMUNAL - RESOLUCIÓN COMUNAL FIRMA OLÓGRAFA - DECLARACIÓN COMUNAL FIRMA OLÓGRAFA - DEROGA LA RESOLUCIÓN 329-SECLYT-11 -
Publicación:
03/10/2013
Sanción:
30/09/2013
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
VISTO:
La Ley N° 3.304; los Decretos Nros. 589/09 y N° 196/11, las Resoluciones Nros. 96-
SECLyT/09, 138-SECLyT/10, 1-SECLyT/11 y 329/SECLyT/11 y el Expediente
N°04636862-MGEYA-DGTAD-13, y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública este
Gobierno ha incorporado diversas tecnologías a los trámites, actuaciones y
procedimientos de la Administración;
Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el
Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos
-SADE-;
Que dicha norma facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas
reglamentarias, complementarias y aclaratorias necesarias para la implementación y
funcionamiento del SADE y sus actuaciones;
Que en consecuencia, por Resolución N° 96-SECLyT/09 y posteriormente por
Resolución N° 138-SECLyT/10 se modificó el "Reglamento para el Inicio,
ordenamiento, registro y circulación de expedientes y actuaciones administrativas";
Que dichos Reglamentos definieron los tipos de documentación administrativa que
utiliza la Administración en los distintos procedimientos de gestión, distinguiendo entre
expedientes y actuaciones administrativas;
Que, según la Resolución N° 138-SECLyT/10, constituye "documento: (la) entidad
identificada y estructurada que comprende texto, gráficos, sonido, imágenes o
cualquier clase de información inherente a los procesos administrativos";
Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de
modernización administrativa;
Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado
"Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación",
entre las actividades a desarrollar determinó la implementación del: "Documento
Electrónico: Propiciar la utilización de documentos administrativos electrónicos
firmados digital o electrónicamente";
Que por Resolución N° 1-SECLyT/11 se aprobó el Reglamento para la Generación de
Documentos Electrónicos Oficiales- GEDO-;
Que, el artículo 3° estableció que "...los Documentos Electrónicos Oficiales generados
en -GEDO- son encriptados mediante tecnología de firma digital, utilizando
identificación y clave de usuario y archivados en el repositorio único de imágenes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.";
Que asimismo, el artículo 4° de la citada Resolución, estableció que: "...las especies y
subespecies de documentos iniciados en el Módulo "GEDO" del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos serán definidos por la Secretaría Legal y
Técnica, conforme la incorporación de las nuevas herramientas de tecnología de firma
digital al sistema previsto en el Decreto N° 765/10";
Que actualmente se utiliza el Generador de Documentos Electrónicos Oficiales
-GEDO- del SADE para la creación de informes, providencias, disposiciones,
dictámenes, actas, convenios, declaraciones juradas, solicitudes de permisos,
pronunciamientos, aperturas, pronunciamientos, cortes, calzadas, notificaciones,
grabación de imagen y/o sonido, proyecto de decreto y decreto firma ológrafa, entre
otros;
Que por Decreto N° 196/11 se implementó el Expediente Electrónico en los términos
de la Ley de Modernización;
Que por Resolución N° 329/SECLyT/11 se estableció que los documentos:
"Resolución Comunal" y "Declaración Comunal" deberán crearse, registrarse y
archivarse utilizando el módulo "GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS
OFICIALES -GEDO-" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos
(SADE);
Que atento la experiencia recogida en la utilización del precitado módulo por parte de
las Comunas y a efectos de optimizar la utilización de documentos por parte de los
usuarios, corresponde incorporar nuevos documentos electrónicos al mismo y derogar
la Resolución N° 329/SECLyT/11.
Por ello y en uso de facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Derógase la Resolución N° 329/SECLyT/11.
Artículo 2°.- Incorpórense al Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales
-GEDO- del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) los
siguientes documentos electrónicos: "Resolución Presidencia Junta Comunal",
"Resolución Comunal Firma Ológrafa" y "Declaración Comunal Firma Ológrafa".
Artículo 3°.- Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a la
Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás
efectos, remítase a la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo.
Cumplido, archívese. Clusellas