DECRETO 694 2011
Síntesis:
ELEVA MONTO ART 1° DECRETO N° 915-09 - CONTRATACIONES DE PERSONAS BAJO LOS REGÍMENES DE LOCACIÓN DE SERVICIOS Y DE OBRA -ÁMBITO GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - MECANISMO DESCENTRALIZADO PARA SU CELEBRACIÓN DE DICHOS CONTRATOS EN CADA JURISDICCIÓN
Publicación:
03/01/2012
Sanción:
22/12/2011
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
VISTO:
El Decreto N° 915/09 y su modificatorio N° 1.008/09, el Expediente N° 2.218.048/11, y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto N° 915/09, modificado por el Decreto N° 1.008/09, se estableció un procedimiento para llevar adelante contrataciones de personas bajo los regímenes de locación de servicios y de obra en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, mediante un mecanismo descentralizado para la celebración de dichos contratos en cada jurisdicción;
Que, por su artículo 1° se facultó al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a los/as Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo y a los/as funcionarios/as con rango o nivel equivalente, para contratar a personas bajo los regímenes de locación de servicios y de obra hasta un monto máximo de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000.-) mensuales por contrato, dentro de sus disponibilidades presupuestarias;
Que, teniendo en cuenta razones de oportunidad, mérito y conveniencia, resulta necesario elevar el monto máximo establecido en el artículo 1° supra citado;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Elévase el monto establecido en el artículo 1° del Decreto N° 915/09 a la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000.-).
Artículo 2°.- El presente decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo reparticiones con rango y/o nivel equivalente, a la Sindicatura General y a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, a las Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, de Organización y Sistemas de Gestión y de Contaduría y a las Direcciones Generales Técnicas, Administrativas y Legales u organismos equivalentes de cada jurisdicción. Para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Hacienda y a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. MACRI - Grindetti - Rodriguez Larreta