RESOLUCIÓN 17 2012 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

OTORGA ANTICIPO REMUNERATIVO - A TODO EL PERSONAL DENTRO DEL SISTEMA DE CARRERA ADMINISTRATIVA - SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES 

Publicación:

14/02/2012

Sanción:

09/02/2012

Organismo:

F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 70 (BOCBA N° 539) y N° 471 (BOCBA N° 1.026), las Resoluciones N° 17-SGCBA/10 (BOCBA N°), N°4-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.597), N° 5-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.597), el Expediente N° 215782/12, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad es un Organismo que posee autarquía administrativa y financiera;

Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;

Que la Ley N° 70, en su artículo 130, inciso 2), otorga al/la Síndico/a General las atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de personal;

Que en razón de las facultades establecidas en el inciso 8) del artículo citado anteriormente, el/la Síndico/a General administra su presupuesto, resuelve y aprueba los gastos del Organismo;

Que la Ley N° 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública, establece el régimen aplicable al personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad, dependiente del Poder Ejecutivo, inclusive entes jurídicamente descentralizados, sociedades estatales y el personal dependiente de las Comunas;

Que mediante la Resolución N° 17-SGCBA/10 se aprobó la Estructura Orgánico Funcional de esta Sindicatura General para sus estamentos superiores, estableciendo sus Responsabilidades Primarias y Acciones y estableciendo sus respectivos niveles remunerativos;

Que por Resolución N° 4-SGCBA/11 se aprobó el Estatuto del Personal de la Sindicatura General siguiendo los lineamientos del régimen aplicable al personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad, dependiente del Poder Ejecutivo;

Que por Resolución N° 5-SGCBA/11 se aprobó el Sistema de Carrera Administrativa de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la cláusula transitoria 5° obrante en el Anexo I de la mencionada Resolución establece que "serán de aplicación obligatoria para el personal comprendido en el presente Estatuto los acuerdos alcanzados en el marco de los convenios celebrados entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y las representaciones sindicales en el marco de la Comisión Paritaria Central";

Que como resultado de las negociaciones colectivas celebradas en el contexto de la normativa instituída en el Título II de la Ley N° 471 se acordó, para el mes de febrero de 2012 la aplicación de un anticipo salarial a cuenta de futuras paritarias para los trabajadores del Gobierno de la Ciudad;

Que en virtud de lo expuesto, y a fin de seguir los mencionados lineamientos, es menester adecuar el ingreso mensual del personal que reviste dentro del Organismo;

Que existen fondos suficientes que permiten afrontar el referido gasto;

Que la Gerencia Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 2012-00264766-SGCBA.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130 inciso 2) y 8) de la Ley N° 70,

EL SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Otórgase a todo el personal que reviste dentro del Sistema de Carrera Administrativa de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, para el mes de febrero de 2012, un anticipo remunerativo de PESOS TRESCIENTOS ($ 300) a cuenta de futuros aumentos.

Artículo 2°.- Otórgase a todo el personal que reviste en la Estructura Orgánico Funcional de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires con el cargo de Gerente, Secretaria General y Subgerente, para el mes de febrero de 2012, un anticipo remunerativo de PESOS TRESCIENTOS ($ 300) a cuenta de futuros aumentos.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Gerencia Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Rial

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Res 88-SGCBA-12 deja sin efecto el art 2 de la Resolución 17-SGCBA-12
COMPLEMENTA
Res 17-SGCBA-12 otorga a todo personal que reviste dentro del Sistema de Carrera Administrativa de la Sindicatura General, un anticipo remunerativo de $300 a cuenta de futuros aumentos por Res 4-SGCBA-11
DEROGADA POR
Res. 34-SGCBA-13 deja sin efecto la Res. 17-SGCBA-12