RESOLUCIÓN 4 2011 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
APRUEBA EL ESTATUTO DEL PERSONAL DE LA SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - INGRESO DEL PERSONAL - DEBERES - PROHIBICIONES - OBLIGACIONES - ESTABILIDAD EN EL EMPLEO - REMUNERACIONES - SUELDOS - HABERES - COMPATIBILIDADES - INCOMPATIBILIDADES - RÉGIMEN DISCIPLINARIO - SANCIONES - SUSPENSIONES - CESANTÍAS - EXONERACIÓN - EMPLEO PÚBLICO
Publicación:
02/02/2011
Sanción:
10/01/2011
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 70 (BOCBA N° 539) y N° 471 (BOCBA N° 1.026), la Resolución N° 1 7-SGCBA/10 (BOCBA N° 3.378), y el Expediente N° 25.092 -SGCBA/11, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad es un Organismo que posee autarquía administrativa y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que la Ley N° 70, en su artículo 130, inciso 2), ot orga al/la Síndico/a General las atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de personal;
Que la Ley N° 471 establece el régimen aplicable al personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, dependiente del Poder Ejecutivo, inclusive entes jurídicamente descentralizados, sociedades estatales y el personal dependiente de las comunas;
Que mediante Resolución N° 17-SGCBA/10 se aprobó la Estructura Orgánico Funcional de la Sindicatura General de la Ciudad, las responsabilidades primarias y acciones de sus estamentos superiores y sus respectivos niveles remunerativos;
Que atento a la necesidad de optimizar el desempeño de las funciones establecidas en la Ley Suprema de la Ciudad de Buenos Aires y la Ley N° 70 de Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad, deviene imperioso aprobar el Estatuto del Personal de este Organismo de Control Interno;
Que la Subgerencia Legal dependiente de la Gerencia Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen Jurídico Interno N° 4-SL/11;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130 inciso 2) del de la Ley N° 70,
Artículo 1°.- Apruébase el Estatuto del Personal de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, que como Anexo I forma parte integrante de la presente y que regirá desde el 1 de marzo de 2011.
Artículo 2°.- Regístrese, comuníquese a las Gerenci as Generales, a la Gerencia Técnica Administrativa y Legal, a la Secretaría General de esta Sindicatura General, a la Secretaría de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y al Señor Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3597