DECRETO 130 2012

Síntesis:

NORMA DEROGADA - MODIFICA  TÉRMINOS ARTÍCULO 1° DECRETO N° 1368/08 - AUSENCIA O VACANCIA DE MINISTROS O SECRETARIOS - REEMPLAZO 

Publicación:

29/02/2012

Sanción:

23/02/2012

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


VISTO:

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 4.013, el Decreto N° 1.368/08, el Expediente N° 246.969/12, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo previsto por el artículo 101 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde a los Ministros despachar los asuntos de la competencia de sus respectivas carteras, y refrendar y legalizar con su firma los actos del Jefe de Gobierno;

Que por la Ley N° 4.013 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en su artículo 6°, la mencionada Ley establece que para los supuestos de ausencia transitoria por cualquier motivo o vacancia de los Ministros, éstos serán reemplazados en la forma que determine el Poder Ejecutivo;

Que por Decreto N° 1.368/08 se estableció el régimen de reemplazo de los Ministros o Secretarios, en caso de ausencia o vacancia de cualesquiera de ellos;

Que en atención a la sanción de la Ley N° 4.013, corresponde modificar parcialmente los términos del Decreto mencionado ut supra, en lo que respecta a su artículo 1°.

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 102 y104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Modifícanse los términos del artículo 1° del Decreto N° 1.368/08, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Dispónese que, en caso de ausencia o vacancia de cualesquiera de ellos, los Ministros o Secretarios se reemplazarán conforme se dispone en el presente:

Ver archivo 1

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Vicejefatura de Gobierno y a todos los Ministerios y SecretarÍas del Poder Ejecutivo. Cumplido archívese. MACRI - Rodríguez Larreta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Decreto 34-16, en su art. 5 deroga el Decreto 130-12.</p>
MODIFICA
Art 1° Dec. 130-12 modifica el art 1° Dec.1368-08