RESOLUCIÓN 123 2012 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

 MODIFICA LA PLANTA ORGÁNICO FUNCIONAL DE LA ESCUELA DE EDUCACIÓN MEDIA  3  DE 4  - ANEXO CASA AMARILLA -  IMPLEMENTA   PLAN DE ESTUDIOS DEL CICLO BÁSICO - HABILITACIÓN DE CURSOS - HABILITA DOS DIVISIONES DE PRIMER AÑO EN EL TURNO MAÑANA Y DOS DIVISIONES DE PRIMER AÑO EN EL TURNO TARDE - ESCUELAS DE REINGRESO - DESERCIÓN CERO -  DESIGNACIÓN DE PERSONAL DE CONDUCCIÓN Y DE SECRETARÍA  - MODIFICACIONES AD REFERÉNDUM DEL JEFE DE GOBIERNO

Publicación:

09/03/2012

Sanción:

17/01/2012

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO:

El Expediente N° 1428663/10 y el Decreto N° 962/JG/05, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 962/JG/05 se creó, entre otras, la Escuela de Educación Media N° 3 D.E. 4°;

Que recientemente se concluyeron las obras de un nuevo edificio escolar sito en la calle Palos entre Blanes y Wenceslao Villafañe, del Barrio de la Boca, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por lo que deben iniciarse las clases a partir del Ciclo Lectivo 2012; Que se reconoce la conveniencia de seleccionar la modalidad Bachillerato (Jornada Simple) para dicho establecimiento, dado que ofrece una formación general para el ejercicio informado de la ciudadanía y para el desempeño de las actividades en la vida adulta abriendo asimismo, la posibilidad del acceso al Nivel Terciario;

Que en virtud de los establecido por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por la Ley N° 114 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, se debe garantizar el derecho inalienable a la educación y en consecuencia, remover todo obstáculo que impida, limite o entorpezca su efectivización, a fin de asegurar la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo físico, psíquico, moral, espiritual y social de los titulares de ese derecho;

Que en tal orden de ideas fue sancionada la Ley N° 898, la que estableció la obligatoriedad de la educación hasta la finalización del Nivel Medio en todas sus modalidades y orientaciones, por lo que los servicios educativos se deben ir adecuando progresivamente en cantidad y calidad para concretar la extensión de la enseñanza obligatoria legalmente establecida;

Que la modalidad del Bachillerato en la zona sur de la Ciudad no puede ser brindada a todos los aspirantes en las cercanías de su domicilio, pues la matriculación agota las vacantes existentes, lo que obliga a los alumnos a trasladarse a otros establecimientos alejados de su vivienda, por lo que el inicio de actividades con esa modalidad, resulta imperiosa;

Que la complejidad de la zona geográfica en que el edifico escolar se encuentra erigido, en razón de cuestiones económicas, sociales y culturales, reclama una urgente solución para su población adolescente, y que la apertura de esta Escuela es parte de las posibles soluciones;

Que la erogación que demande la instalación y el funcionamiento de la institución cuenta con reflejo presupuestario;

Que en consonancia con las políticas educativas vigentes en la Ciudad, se deberá implementar para el desarrollo de los estudios el Plan aprobado por Resolución N° 512/SED/04, en dos turnos, a saber: Turno Mañana y Turno Tarde;

Que el edificio escolar ha sido construido para albergar diez cursos por turno, con espacios adicionales para actividades complementarias, por lo que durante el año 2012 se conformarán dos divisiones de Primer Año en Turno Mañana y dos divisiones de Primer Año en Turno Tarde, abriéndose en los años sucesivos cuatro divisiones de cada curso, dos en cada turno;

Que la Planta Orgánica Funcional del establecimiento en cuestión fue aprobada por Decreto N° 962/JG/05, motivo por el cual el presente acto administrativo debe ser dictado "ad referéndum" de su aprobación por el Señor Jefe de Gobierno;

Que a tal efecto se acompaña la Planta Orgánico Funcional que resulta de introducir las citadas modificaciones y que como Anexo forma parte integrante de la presente;

Que las designaciones del personal de cargos de base deberán efectuarse de acuerdo a lo establecido en el Estatuto del Docente aprobado por Ordenanza N° 40.593 y en la Ley N° 2905, antes del inicio de las clases, para asumir al comenzar las mismas;

Que previamente se deberá nombrar al personal de cargos de Conducción y de Secretaría, para poder llevar adelante la apertura de las clases simultáneamente con todos los establecimientos del Área de Educación Media, en óptimas condiciones de equipamiento, de servicios y pedagógicas;

Que ha tomado debida intervención la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional.

Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Artículo 1.- Modifícase "ad referéndum" de su aprobación por el Señor Jefe de Gobierno, la Planta Orgánico Funcional de la Escuela de Educación Media N° 3 DE 4° aprobada por Decreto N° 962/05, conforme el Anexo que forma parte integrante de la presente.

Artículo 2.- Impleméntase en la Escuela de Educación Media N° 3 D.E. 4°, el Plan de Estudios del Ciclo Básico aprobado por el Artículo 1° de la Resolución N° 512/SED/04.

Artículo 3.- Habilítanse durante el Ciclo Lectivo 2012 en la Escuela de Educación Media N° 3 D.E. 4°, dos divisiones de Primer Año en el Turno Mañana y dos divisiones de Primer Año en el Turno Tarde.

Artículo 4.- Establécese que el gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución se imputará a la partida correspondiente a la Jurisdicción 55, inciso I, partida principal I del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración del GCBA Ejercicio Económico-Financiero 2012.

Artículo 5.- Desígnase al Personal de Conducción y de Secretaría de la Escuela de Educación Media N° 3 D.E. 4°, a partir del 14 de febrero del 2012, conforme a la P.O.F. aprobada por el Artículo 1° de la presente Resolución.

Artículo 6.- Dése al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese por copia a las Subsecretarías de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica y de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos, a las Direcciones Generales de Personal Docente y no Docente, de Educación de Gestión Estatal (Dirección de Educación Media), de Administración de Recursos, de Servicios a las Escuelas y de Coordinación Legal e Institucional. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 123-MEGC-12 implementa en la EEM 3 DE 4, Plan de Estudios del Ciclo Básico aprobado por la Res. 512-SED-04.
INTEGRA
Res. 123-MEGC-12 modifica, ad referéndum del jefe de gobierno la POF de la EEM 3 DE 4, aprobada por Dec. 962-05