RESOLUCIÓN 135 2012 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
RÉGIMEN DE RETENCIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN POR PUBLICIDAD - AUMENTO DE LA ALICUOTA - MODIFICA RESOLUCIÓN 66-AGIP-10 -
Publicación:
15/03/2012
Sanción:
06/03/2012
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO:
LAS RESOLUCIONES N° 66/AGIP/2010 (BOCBA N° 3366) Y N° 638/AGIP/2011 (BOCBA N° 3774), Y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución citada en primer término se creó un régimen de retención de la Contribución por Publicidad, aplicable en las operaciones por las que se contraten espacios de publicidad, alcanzados por dicho tributo;
Que mediante el artículo 4° del mismo cuerpo normativo, conforme Resolución N° 638/AGIP/2011, se estableció que la retención deberá efectuarse al momento del pago y sobre el monto del mismo, aplicándose a los fines de la liquidación de la retención la alícuota del dos por ciento (2 %) sobre el importe del pago antes señalado;
Que razones de administración tributaria aconsejan modificar la alícuota antes señalada, reemplazándose consecuentemente el referido artículo 4°.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Reemplázase el artículo 4° de la Resolución N° 66/AGIP/2010, conforme Resolución N° 638/AGIP/2011, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 4°.- La retención deberá efectuarse al momento del pago y sobre el monto del mismo, correspondiendo detraer -en la medida que resulten contribuyentes de derecho- el Impuesto al Valor Agregado (debito fiscal). A los fines de la liquidación de la retención se aplicará la alícuota del tres por ciento (3 %) sobre el importe del pago antes señalado."
Artículo 2.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del 01/04/2012. Artículo 3.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección General de Rentas. Cumplido, archívese.