DECRETO 149 2012

Síntesis:

MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA MINISTERIO DE GOBIERNO - CREA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - ÁREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES COMO ORGANISMO FUERA DE NIVEL - RANGO Y NIVEL DE SUBSECRETARÍA -  MODIFICA DENOMINACIÓN DIRECCIÓN GENERAL RELACIÓN CON LAS PROVINCIAS Y MUNICIPIOS POR DIRECCIÓN GENERAL RELACIONES CON LAS PROVINCIAS Y MUNICIPIOS - SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS FEDERALES

Publicación:

26/03/2012

Sanción:

21/03/2012

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley N° 4013, los Decretos Nros. 684/09 y 660/11, el Expediente N° 98.009/12, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha venido desarrollando diferentes políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras organizativas una de las acciones centrales para la consecución de los objetivos antes mencionados;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en el manejo de los recursos del Gobierno en pos del desarrollo de un plan operativo estratégico, nuevas políticas de recursos humanos, incorporación de nuevas tecnologías, promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos administrativos y establecimiento de nuevas estructuras orgánico funcionales;

Que por el Decreto N° 684/09 se reglamentó el Régimen Gerencia! para los cargos más altos de la Administración Pública, previstos en el artículo 34 de la Ley N° 471;

Que por la Ley N° 4013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios de Poder Ejecutivo, al Ministerio de Gobierno;

Que el inciso 2) del artículo 27 de la citada Ley establece que corresponde al Ministerio de Gobierno coordinar, definir y supervisar la implementación de políticas públicas interjurisdiccionales para la Región Metropolitana de Buenos Aires;

Que por el Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;

Que entre las Responsabilidades Primarias de la Subsecretaría de Asuntos Políticos, establecidas por el precitado Decreto, se encuentra la de diseñar políticas y acciones comunes para la Región Metropolitana de Buenos Aires, en conjunto con las áreas competentes; oficiar de área de articulación y coordinación interjurisdiccional con el Gran Buenos Aires; identificar problemáticas comunes que afecten la calidad de vida de quienes viven en la región, aportando ideas y soluciones;

Que resulta prioritaria la implementación de políticas públicas transversales que sean comunes para la Región Metropolitana de Buenos Aires;

Que, en este orden de ideas, resulta conveniente crear en la órbita del Ministerio de Gobierno la Unidad de Proyectos Especiales Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) como Organismo Fuera de Nivel, con rango y nivel de Subsecretaría;

Que asimismo, resulta conveniente transferir de la Dirección General Reforma Política e Institucional, dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Políticos a la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control dependiente de la Subsecretaria de Gobierno, las Responsabilidades Primarias vinculadas con la Ley N° 104 de Acceso a la Información;

Que por otra parte, teniendo en cuenta la denominación y responsabilidades primarias asignadas a la Dirección General Relación con las Provincias y Municipios, dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Federales, corresponde modificar la denominación de la Dirección General precedentemente citada, por Dirección General Relaciones con las Provincias y Municipios;

Que asimismo por el precitado Decreto N° 660/11, se estableció entre las responsabilidades primarias de la Dirección General Asuntos Interjurisdiccionales dependiente de la Subsecretaria de Asuntos Políticos, el coordinar con las áreas de gobierno competentes, la participación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en los actos, ferias, exposiciones y demás eventos que se efectúen en distintas jurisdicciones del país;

Que resulta necesario transferir la responsabilidad primaria precedentemente citada, a la órbita de la Dirección General Relaciones con las Provincias y Municipios, en virtud de las funciones a su cargo;

Que la creación de estructuras de niveles gerenciales permite optimizar la gestión de Gobierno, lo cual se traduce en una mejora en la calidad de los servicios prestados a los ciudadanos;

Que por lo tanto resulta conveniente aprobar la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del Ministerio de Gobierno, en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa, quedando modificado el Decreto N° 660/11.

Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Modifícase a partir del 1° de enero de 2012, la estructura organizativa del Ministerio de Gobierno del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 660/11, de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) y II (Responsabilidades Primarias, Acciones y Objetivos), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente.

Artículo 2°.- Créase la Unidad de Proyectos Especiales, Área Metropolitana de Buenos Aires, como Organismo Fuera de Nivel en la órbita del Ministerio de Gobierno, con rango y nivel de Subsecretaría, de conformidad con los objetivos que se detallan en el Anexo II del presente.

Artículo 3°.- Modifícase la denominación de la Dirección General Relación con las Provincias y Municipios, dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Federales por Dirección General Relaciones con las Provincias y Municipios.

Articulo 4°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar cumplimiento al presente Decreto.

Artículo 5°·- El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Gobierno, de Modernización y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 6°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y de Estructuras del Gobierno y Relaciones Laborales del Ministerio de Modernización y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Gobierno. Cumplido, archívese. MACRI - Monzó - Ibarra - Rodríguez Larreta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3880

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Dispo 10-DGAINT-13 aprueba Manual de Procedimiento para las tareas de archivo dedocumentación y elaboración de base de datos de Consejos Federales en los términos de las competencias primarias asignadas a la DGAINT por el Decreto 149-12.</p>
MODIFICA
Dto 149-12 modifica en forma parcial estructura organizativa del Ministerio de Gobierno en el marco del Dec 660-11