DECRETO 184 2012
Síntesis:
CONVALIDA LO ACTUADO - COMISIÓN PRESERVACIÓN PATRIMONIO HISTÓRICO CULTURAL - ANA MARÍA COUSILLAS - LILIANA BARELA - JOSÉ MARÍA PEÑA - ALEJANDRO FÉLIX CAPATO - ALBERTO ALDO ORSETTI - LILIANA LUJÁN MAZETTELLE - JORGE JESÚS MALLO - CÉSAR ARIEL FIORAVANTI - ORDENANZA 41081- DECRETO 1565/08 - DESIGNACIÓN AD HONOREM - PERÍODO DE DOS AÑOS - SECRETARIA TÉCNICA MUSEOLÓGICA LILIANA LUJÁN MAZETTELLE - SECRETARIO DE INVESTIGACIÓN HISTÓRICA LEONEL CONTRERAS - SECRETARIO DE PRESERVACIÓN Y CONSERVACIÓN JAVIER GARCÍA CANO - SECRETARIA DE PROGRAMACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES ESTELA PAGANI - VOCALES JORGE JESÚS MALLO - LILIANA BARELA - NESTOR ZAQUIM - MÓNICA SANJURJO
Publicación:
23/04/2012
Sanción:
16/04/2012
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ordenanza N° 41.081, el Decreto N° 1.565/08, el Expediente N° 211.728/12, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ordenanza N° 41.081, se creó la Comisión para la Preservación del Patrimonio Histórico Cultural del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la citada Comisión está integrada por: un Secretario General, un (1) Secretario Técnico Museológico, un (1) Secretario de Investigación Histórica, un (1) Secretario de Preservación y Conservación, un (1) Secretario de Programación y Relaciones Institucionales, cuatro (4) vocales titulares y cuatro (4) vocales suplentes;
Que la Ordenanza N° 41.081 establece que los mencionados cargos serán "Ad Honorem", y que los miembros desempeñarán su cometido por el término de dos años, pudiendo ser reelegidos;
Que por Decreto N° 1.565/08 se designaron con carácter "Ad Honorem", en representación del Ministerio de Cultura, por un período de dos (2) años, a diversas personas a fin de integrar la Comisión para la Preservación del Patrimonio Histórico Cultural del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que encontrándose vencido el período de integración de los miembros de la mentada Comisión, en representación del Ministerio de Cultura y por razones operativas, se estima oportuno convalidar la actuación de los mismos y proceder a la nueva designación de sus integrantes por el término de dos (2) años conforme los términos de la Ordenanza N° 41.081.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°- Convalídase lo actuado por la Lic. Ana María Cousillas, la Lic. Liliana Barela, el Arq. José María Peña, el Dr. Alejandro Félix Capato, el Sr. Alberto Aldo Orsetti, la Lic. Liliana Luján Mazettelle, el Arq. Jorge Jesús Mallo y el Prof. César Ariel Fioravanti en su calidad de miembros de la Comisión para la Preservación del Patrimonio Histórico Cultural, en representación del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creada por Ordenanza N° 41.081, cuya designación fuera dispuesta mediante Decreto N° 1.565/08.
Artículo 2°- Desígnanse con carácter "Ad Honorem", a partir de la fecha del presente Decreto y por un período de dos (2) años, a las personas que a continuación se mencionan para integrar la Comisión para la Preservación del Patrimonio Histórico Cultural del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los cargos que en cada caso se indica:
- Secretaria Técnica Museológica: Sra. Liliana Luján Mazettelle
DNI 11.569.834 CUIL 27-11569834-1 FM 427.884
- Secretario de Investigación Histórica: Sr. Leonel Contreras
DNI 25.248.932 CUIL 20-25248932-1 FM 428.480
- Secretario de Preservación y Conservación: Sr. Javier García Cano
DNI 16.120.310 CUIL 27-16120310-7
- Secretaria de Programación y Relaciones Institucionales: Sra. Estela Pagani
DNI 11.357.651 CUIL 27-11357651-6 FM 218.102
- Vocales Titulares:
Sr. Jorge Jesús Mallo
DNI 11.385.665 CUIL 20-11385665-4 FM 435.152
Sra. Liliana Barela
DNI 6.439.250 CUIL 27-06439250-1 FM 207.242
- Vocales Suplentes:
Sr. Nestor Zaquim
DNI 7.598.027 CUIL 20-07598027-3 FM 421.282 Sra. Mónica Sanjurjo
DNI 20.270.410 CUIL 27-20270410-2 FM 428.191
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Cultura y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control y, pase para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Cultura y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización. Cumplido, archívese. MACRI - Lombardi - Rodríguez Larreta