RESOLUCIÓN 219 2002 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Síntesis:

RESTITUYE  CON CARÁCTER EXPERIMENTAL Y EVALUATIVO -  EL DOBLE SENTIDO CIRCULATORIO EN UN TRAMO DE LA CALLE   JUAN AGUSTÍN GARCÍA  ENTRE IRIGOYEN Y AV. JUAN B. JUSTO - CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - ARTERIAS - DOBLE MANO - CALLES 

Publicación:

17/04/2002

Sanción:

09/04/2002

Organismo:

SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS


Visto la Nota N° 3.468/DGTyT/2001 relacionada con la restitución del doble sentido circulatorio de la calle Juan Agustín García entre Irigoyen y Av. Juan B. Justo, y

CONSIDERANDO:

Que la restitución del doble sentido circulatorio de la calle Juan A. García entre Irigoyen y Av. Juan B. Justo facilitaría el ingreso al Club Atlético Vélez Sarsfield;

Que el cruce de la Av. Juan B. Justo y Juan A. García quedaría asegurado con la adecuación del señalamiento luminoso existente en la intersección;

Por ello conforme las atribuciones otorgadas por la Ley N° 217 (B.O.C.B.A. N° 760) y la delegación aprobada por Decreto N° 515/GCBA/2000 (B.O.C.B.A. N° 926),

EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° Exclúyese, con carácter experimental y evaluativo por el término de noventa (90) días corridos, de las disposiciones del Decreto-Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8.174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, restituyéndose el doble sentido circulatorio al siguiente tramo de arteria:

Juan Agustín García: entre Irigoyen y Av. Juan B. Justo.

Artículo 2° La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el señalamiento ilustrativo correspondiente y adecuado el señalamiento luminoso existente.

Artículo 4° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos de la Ley N° 217, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, comuníquese a la Policía Federal Argentina, a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y para su conocimiento, notificación a la Institución recurrente y demás fines pase a la Dirección General de Tránsito y Transporte. Cumplido archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res 219-SOySP-02 modifica con carácter experimental y evaluativo por el término de noventa (90) días corridos al Dto. Ord. 10407-47 - Excluye tramo de la calle Juan Agustín García reasignándole doble sentido circulatorio
MODIFICADA POR
Res.1220-SOYSP-02 prorroga alcances de la Res. 219-SOYSP-02
INTEGRADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 1320 excluye de las disposiciones del Decreto Ordenanza 10407-47 a Juan Agustín García, entre Irigoyen y Av Juan B Justo, previamente establecido por Resolución 219-SOYSP-02.</p>