RESOLUCIÓN 366 2002 SECRETARIA DE CULTURA
Síntesis:
APRUÉBASE EL CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS CELEBRADO CON LA ASOCIACIÓN ARTE & CULTURA, REPRESENTADA POR JUAN U. LAVANGA
Publicación:
19/04/2002
Sanción:
22/03/2002
Organismo:
SECRETARIA DE CULTURA
Visto la Carpeta N° 1.183/SC/02 y, los Decretos N° 2.568/GCBA/00 su similar complementario y modificatorio N° 2.138/GCBA/01 y la Resolución N° 22/SC/02, y
CONSIDERANDO:
Que, el señor Director Genera! de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2002;
Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio,
Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Programación de las Contrataciones;
Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto N° 2.138/GCBA/01,
Que, las Direcciones Generales de Recursos Humanos y de la Oficina de Gestión Pública de la Secretaría de Hacienda y Finanzas y la Subsecretaría de Justicia y Coordinación Administrativa han tomado la intervención que les compete;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 2.568/GCBA/00 y N° 2.138/GCBA/01;
RESUELVE:
Artículo 1° Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo l y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución.
Artículo 2° Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe en una orden General de Pago correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Art. 1° de la presente.
Artículo 3° A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes.
Artículo 4° El contratado se comprometerá comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.
Artículo 5° El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2002.
Artículo 6° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría Legal y Técnica, para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Telerman