DECRETO 226 2012
Síntesis:
FE DE ERRATAS -MODIFICACIÓN DE ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - ORGÁNICA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MODIFICACIÓN DE DENOMINACIÓN DE ORGANISMOS - SUBSECRETARÍA DE INCLUSIÓN ESCOLAR Y COMUNIDAD EDUCATIVA -SUBSECRETARÍA DE EQUIDAD EDUCATIVA - DIRECCIÓN GENERAL DE INCLUSIÓN EDUCATIVA - DIRECCIÓN GENERAL DE ESTRATEGIAS PARA LA EDUCABILIDAD - DIRECCIÓN DE APOYO A LA COMUNIDAD EDUCATIVA - DIRECCIÓN GENERAL DE FORTALECIMIENTO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA - CREACIÓN DE ORGANISMOS - DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN DE LA CALIDAD EDUCATIVA - ACCIONES - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - ORGANIGRAMA - OBJETIVOS - GERENCIA OPERATIVA - SUBGERENCIA OPERATIVA - ESTRUCTURA GERENCIAL
Publicación:
22/05/2012
Sanción:
15/05/2012
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 4.013, los Decretos Nros. 684/09 y 660/11 y modificatorios, el Expediente N°
411589/12, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de los objetivos antes
mencionados;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que por Decreto N° 684/09 se reglamentó el Régimen Gerencial para los cargos más
altos de la Administración Pública previstos en el artículo 34 de la Ley N° 471;
Que por la Ley N° 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al
Ministerio de Educación;
Que por Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel Dirección General;
Que, en atención a ello, resulta necesario aprobar la estructura correspondiente al
Régimen Gerencial del Ministerio de Educación, en sus dos niveles, Gerencia y
Subgerencia Operativa, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 660/11.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 1°.- Modifícase a partir del 1° de febrero de 2012, la estructura organizativa del
Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
quedando modificado parcialmente el Decreto N° 660/11, de acuerdo con los Anexos
1/6 (Organigrama) y 2/6 (Responsabilidades Primarias, Acciones y Objetivos), los que
a todos sus efectos forman parte integrante del presente.
Artículo 2°.- Modifícase la denominación de la Subsecretaría de Inclusión Escolar y
Comunidad Educativa la que pasará a denominarse Subsecretaría de Equidad
Educativa, dependiente del Ministerio de Educación.-
Artículo 3°.- Modifícase la denominación de la Dirección General de Inclusión
Educativa la que pasará a denominarse Dirección General de Estrategias para la
Educabilidad, dependiente de la Subsecretaría de Equidad Educativa del Ministerio de
Educación.-
Artículo 4°.- Modifícase la denominación de la Dirección de Apoyo a la Comunidad
Educativa la que pasará a denominarse Dirección General de Fortalecimiento de la
Comunidad Educativa, dependiente de la Subsecretaría de Equidad Educativa del
Ministerio de Educación.
Artículo 5°.- Créase la Dirección General de Evaluación de la Calidad Educativa
dependiente del Ministerio de Educación.
Artículo 6°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 7°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministro de
Modernización y de Educación y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 8°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto del Ministerio de Hacienda y de Estructuras del Gobierno y Relaciones
Laborales del Ministerio de Modernización, y para su conocimiento y demás efectos,
remítase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. MACRI - Ibarra - Bullrich -
Rodríguez Larreta
ANEXOS
ANEXO publicado en la Separata del BOCBA 3918 del 24/05/2012