RESOLUCIÓN 191 2012 FISCALÍA GENERAL

Síntesis:

PUESTA  EN FUNCIONAMIENTO - SISTEMA INFORMÁTICO DE GESTIÓN JUDICIAL - KIWI - CARÁCTER OBLIGATORIO - OFICINAS JUDICIALES Y DE APOYO DEL FUERO PENAL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS - FISCALÍA GENERAL - APRUEBA MANUAL DE USUARIO - PRIMERA VERSIÓN - MANUALES DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL - IMPLEMENTACIÓN - VIGENCIA - HERRAMIENTA DE INTEGRACIÓN KIWI-JUSCABA 

Publicación:

30/05/2012

Sanción:

21/05/2012

Organismo:

FISCALÍA GENERAL


VISTO:

Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la

Ley 1903, las Resoluciones vinculadas al rediseño organizacional del Ministerio

Público Fiscal n° 41/09, 71/09, 178/09, 205/09, 222/09, 241/09, 335/09, 369/09,

419/09, 2/10, 5/10, 26/10, 170/10, 231/10, 284/10, 365/10, 405/10, 426/10, 427/10,

15/11, 17/11 y 110/11; y las actuaciones internas FG N° 395/07, 10543/09, 17273/10,

17719/11, 19625/11 y la actuación interna n° 21361/12;

Y CONSIDERANDO:

Introducción.

En el marco del proceso de reforma judicial institucional llevado a cabo, la presente

resolución dará el puntapié inicial para la implementación de un nuevo software

desarrollado exclusivamente por el Ministerio Público Fiscal, cuyas prestaciones

constituyen un avance significativo para la modernización del sistema judicial, uno de

los objetivo centrales de esta gestión.

La puesta en funcionamiento de este moderno sistema informático denominado "Kiwi",

analizado de manera integral con el sistema de registro de solicitudes y trámites

administrativos -Ombú-, le permite a este Ministerio Público Fiscal gestionar

digitalmente los casos y las solicitudes administrativas que se diligencian internamente

en esta Institución.

Este importante avance en el ámbito de la tecnología viene acompañado por la

aprobación de la nueva versión de los manuales de trabajo que regulan la actividad de

las oficinas que integran el Ministerio Público Fiscal y que a partir de aquí girará en

torno al nuevo sistema informático de gestión.

Por ello, al entramado de acciones llevadas a cabo para lograr el éxito del nuevo

modelo de gestión se sumarán dos herramientas superadoras que permitirán

incrementar su nivel de calidad y eficiencia y que incluyen, conforme se anticipo, la

nueva versión de los manuales operativos existentes y la implementación de un nuevo

sistema informático de gestión.

- I -

Uno de los ejes estratégicos de la reforma institucional que esta gestión impulsó fue

aquel destinado a reestructurar las tradicionales oficinas judiciales, a través del

desarrollo y la implementación de nuevos mecanismos de gestión que sostienen una

visión más moderna y ágil del servicio de justicia.1

Sin embargo, el cambio de paradigma no implicó sólo la modificación a nivel

estructural de las dependencias sino que también llevó a transformar los mecanismos

de trabajo que involucran la labor interna de cada área como así también su necesaria

interrelación.

Para asegurar una correcta interacción y la comunicación fluida entre las nuevas

oficinas fue necesaria la elaboración y redacción de los manuales operativos que, a

partir de la implementación del nuevo diseño organizacional, rigen la labor de cada

una de las áreas que componen las Unidades Fiscales (ver Anexos II, III y IV de la

Res. FG n° 335/09 ).

El primer elemento a tener en cuenta en este proceso de revisión de documentos que

delimitan las actividades de los operados judiciales es la necesidad de incluir en el

mismo al resto de las oficinas de servicios comunes que brindar apoyo a la tarea de

los equipos fiscales y que pertenecen a la órbita de la Secretaría General de Acceso a

Justicia y Derechos Humanos.2

En su oportunidad, cada una de estas áreas desarrolló y elaboró sus manuales

operativos, que fueron aprobados mediante resoluciones FG n° 88/07, 131/07, 118/08.

Sin embargo, del análisis de cada uno de ellos surge la necesidad de unificar la

metodología para su elaboración y su correcta aplicación, no sólo respecto de los

manuales de esas oficinas entre sí sino también en relación con aquellos que regulan

las actividades de las áreas que integran las Unidades Fiscales (U.I.T., U.T.C. y

Equipos Fiscales).

El segundo aspecto a considerar es la modificación de la metodología a utilizar para la

elaboración de estos manuales operativos y, en especial, el cambio de la lógica de

este concepto por el de manuales de procesos y procedimientos.

La propuesta para la mejora de estos documentos, elaborada por el Dr. Héctor

Chayer y la Lic. Soledad Corbiere, establece que los lineamientos para las labores de

los operadores deben realizarse a través de manuales de procesos o procedimientos,

y no mediante manuales operativos elaborados en base a la dependencia u oficina

que lleva adelante la función, como se efectuó hasta el momento.3

Toda vez que la nueva versión de los manuales de procesos y procedimientos que se

aprobarán tanto en el área jurisdiccional como en las oficinas pertenecientes a la

Secretaría General de Acceso a Justicia y Derechos Humanos constituyen un cambio

de paradigma que, a su vez, debe complementarse con los instructivos de trabajo que

desarrollará cada área, es necesario establecer que los manuales operativos

existentes mantendrán su vigencia en la medida en que se encuentren en

concordancia con los parámetros generales que fijan los nuevos manuales de proceso

y procedimiento.

- III -

Conforme se anticipó en el punto I, el otro aspecto a contemplar en la presente

resolución y que constituye un hito transcendental para la modernización del sistema

de justicia es la elaboración y puesta en funcionamiento del sistema informático de

gestión Kiwi, desarrollado íntegramente por el Ministerio Público Fiscal.

Dicha herramienta tecnológica, capaz de gestiones digitalmente los casos, fue

elaborada con la finalidad de atender las necesidades inherentes a la labor que

desarrollan los operadores bajo el nuevo diseño organizacional, pues actúa como

soporte informático que garantiza el traspaso de la información de manera ágil y

segura, como así también el registro fiel de las tareas que llevan a cabo.

Este nuevo software se enlaza con el sistema informático desarrollado para

modernizar los canales de solicitud y trámites de carácter administrativos -Ombú-, y de

esta manera complementa las acciones destinadas no sólo a introducir la tecnología

en el manejo de la información administrativa sino también en la judicial.

Por su parte, el sistema de gestión judicial "Kiwi" está dotado de una precisión y

variedad de funciones que, al momento de su implementación, representará un salto

de calidad de la labor de las oficinas judiciales. Cabe señalar aquí las tareas de

georeferenciación y el entrecruzamiento de información que a través de este nuevo

sistema se podrá efectuar con las bases de datos de distintos organismos.

Además, la constante interacción que el nuevo diseño de organización impone entre

las distintas oficinas judiciales y de apoyo la investigación, a partir del día 1 de junio

del corriente año, se garantizará a través del sistema informático de gestión Kiwi.

En una primer etapa, este sistema informático ágil y moderno será utilizado

obligatoriamente por las Unidades de Coordinación de cada Unidad Fiscal, los equipos

fiscales, las Unidades de Intervención Temprana, las Unidades de Tramitación Común,

el Cuerpo de Investigaciones Judiciales, las Unidades de orientación de Denuncia, la

Oficina de Asistencia a la Víctima y Testigo, la Oficina Central Receptora de Denuncia,

la Oficina Coordinadora de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos, la Oficina

Central de Identificación y el Cuerpo de Investigaciones Judiciales.

Cabe señalar que estas oficinas deberán utilizar este nuevo sistema de gestión de

manera exclusiva, prescindiendo de cualquier otro mecanismo de registro, salvo

aquellos casos expresamente previstos en los manuales de trabajo.

En el orden operativo, cabe señalar en primer lugar que el nuevo sistema informático

Kiwi regirá para los casos ingresados al Ministerio Público Fiscal a partir del día 1 de

junio del corriente inclusive, siendo que todos los casos registrados con anterioridad se

gestionarán a través del sistema JusCABA, de acuerdo a la modalidad de trabajo

utilizada en la actualidad.

En segundo término, los casos que se inicien a partir de la fecha señalada no serán

ingresados manualmente al sistema de gestión actual JusCABA, sino que su registro

inicial se efectuará a través del sistema de gestión Kiwi y los datos correspondientes

ingresarán de forma automática a aquel sistema en los supuestos que se establezca y

a través de las herramientas de integración previstas en el sistema Kiwi a tales

efectos.

En virtud de ello se solicitará a la Dirección de Informática y Tecnología del Consejo de

la Magistratura tener previsto que, a partir del 1° de Junio próximo, los agentes de este

Ministerio Público Fiscal no podrán dar de alta manualmente casos en el sistema

JusCABA, por lo que se requiere excluir esta función de la interfaz de usuario e incluir

en su reemplazo la herramienta de integración Kiwi-JusCABA desarrollada en

conjunto.

Por todo ello, habrá de aprobarse el manual de usuario del sistema informático de

gestión Kiwi, el cual deberá estar disponible en formato digital dentro del mismo

sistema.

Por las razones expuestas, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 1, 17 y 18 inc.

5 de la Ley N° 1903;

EL FISCAL GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°: Poner en funcionamiento, a partir del día 1° de junio del corriente año y con

carácter obligatorio para las oficinas judiciales y de apoyo del fuero penal,

contravencional y de faltas, el Sistema Informático de Gestión Judicial denominado

"Kiwi".

Artículo 2°: Aprobar el "Manual de Usuario del Sistema de Información KIWI" en su

primera versión -que se incorpora a la presente como Anexo I-, el cual deberá estar

disponible en formato electrónico para los operadores dentro del propio sistema de

gestión.

Artículo 3°: Aprobar la nueva versión de los "Manuales de Procesos y Procedimientos

del Ministerio Público Fiscal" que como Anexo II forma parte integral de la presente,

sin perjuicio de las ampliaciones o ajustes que puedan efectuarse en el marco de su

implementación.

Artículo 4°: Hacer saber que los manuales operativos existentes mantendrán su

vigencia en la medida en que se encuentren en concordancia con los parámetros que

fijan los nuevos "Manuales de Procesos y Procedimientos" aprobados en el artículo

anterior.

Artículo 5°: Solicitar a la Dirección de Informática y Tecnología del Consejo de la

Magistratura que, a partir del 1° de junio próximo, los agentes de este Ministerio

Público Fiscal no puedan dar de alta manualmente los casos en el sistema de gestión

JusCABA, para lo cual se requiere excluir esta función de la interfaz de usuario e

incluir en su reemplazo la herramienta de integración Kiwi-JusCABA desarrollada en

conjunto.

Artículo 6°: Reconocer la labor del Ing. Leonardo Dappiano, titular del Departamento

de Tecnología y Comunicaciones del Ministerio Público Fiscal efectuada en el marco

del proceso de desarrollo, elaboración e implementación del "Sistema de Información

Kiwi" y su manual de usuario correspondiente; dejando constancia de ello en su legajo

personal.

Artículo 7°: Reconocer la labor del Dr. Hector Chayer y la Lic. Soledad Corbiere, como

así también del titular de la Secretaría General de Política Criminal y Planificación

Estratégica en la elaboración de los "Manuales de Procesos y Procedimientos del

Ministerio Público Fiscal", aprobados en el artículo 3° de la presente.

Artículo 8°: Hacer extensivo un agradecimiento al Lic. Eduardo Spotorno, con motivo

de su invaluable colaboración en el desarrollo e implementación de las herramientas

informáticas que permiten la interoperabilidad de los sistemas KIWI y JusCABA.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial con carácter de urgente y en la página de

Internet del Ministerio Público Fiscal; notifíquese a los interesados, comuníquese a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Departamento de Relaciones

Laborales, a todos los Sres. Fiscales integrantes del Ministerio Público Fiscal, al

Consejo de la Magistratura, las Cámaras de Apelaciones en lo Penal, Contravencional

y de Faltas y Contencioso Administrativo y Tributario y por su intermedio a los Sres.

Jueces de Primera Instancia de ambos fueros- a la Defensoría General, a la Asesoría

General Tutelar, a los Sres. Secretarios Generales, y oportunamente, archívese.

Garavano

Notas:

1) Como es sabido, esta transformación implicó la disolución de las antiguas

estructuras judiciales y su reemplazo por equipos fiscales reducidos que desempeñan

su labor con el apoyo constante de las oficinas de servicios comunes, que no sólo

resuelven de manera temprana los conflictos (U.I.T.) sino que también se encargan de

realizar todos los actos de carácter administrativo que demande la investigación

judicial (U.T.C.).

2) La Oficina de Acceso a Justicia -Unidades de Orientación y Denuncias-, Oficina de

Asistencia a la Víctima y Testigos, Oficina Central Receptora de Denuncias y Oficina

Coordinadora de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos.

3) Esta modalidad, desde ya, se ajusta perfectamente al modelo de gestión que ya se

encuentra funcionando en el ámbito penal, contravencional y de faltas, y el que se

encuentra en proceso de implementación en el fuero contencioso administrativo y

tributario.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución 183-FG-17 dispone la creación de la comisión de seguimiento de la Gestión Integral del Caso en el Sistema Informático Kiwi, puesto en funcionamiento por Resolución 191-FG-12.</p><p>Art. 3 poner en funcionamiento a partir del 26 de junio de 2017, con carácter obligatorio para las fiscalías y unidades del fuero Penal, Contravencional y Faltas el<br />módulo Gestión Integral de Casos del sistema Kiwi.</p><p>Art. 4 aprueba Manual Operativo.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 335-FG-17 establece que la administración de las claves dentro del sistema informático Kiwi puesto en funcionamiento por Resolución 191-FG-12, queden cargo del Titular del Programa de Gestión y Desarrollo de Aplicaciones Informáticas.</p><p>Art. 2 dispone que la aplicación informática Kiwi y la base de datos serán administradas por el Programa de Gestión y Desarrollo de Aplicaciones Informáticas.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 Resolución 381-FG-17 pone en funcionamiento el módulo de vinculación de datos denominado Red de Datos Vinculados Sistema Informático Kiwi, puesto en funcionamiento mediante Resolución 191-FG-12.</p>