RESOLUCIÓN 813 2012 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
PROGRAMA CENTRO DE DOCUMENTACIÓN EN SALUD - DIRECCIÓN GENERAL DE DOCENCIA E INVESTIGACIÓN - MINISTERIO DE SALUD - ESTRUCTURA ORGÁNICA - SUBSECRETARIA DE PLANIFICACIÓN SANITARIA - CEDOS - RATIFICACIÓN - COORDINADORA - MARCELA AMARO - ACCESO A LA INFORMACIÓN EN SALUD
Publicación:
05/06/2012
Sanción:
31/05/2012
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO:
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley de Acceso a la
Información N° 104, la Ley Básica de Salud N° 153, el Decreto N° 2075/GCABA/07, la
Resolución N° 761-SS/03, la Resolución N° 1044/GCABA/SS/2004, la Resolución N°
2619/GCABA/MSGC/2007, y el Expediente N° 1774021/2011; y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° de la Ley N° 104 de "Acceso a la Información" reconoce que "toda
persona tiene derecho, de conformidad con el principio de publicidad de los actos de
gobierno, a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de
cualquier órgano perteneciente a la administración central, descentralizada, de entes
autárquicos, empresas y sociedades del Estado, sociedades anónimas con
participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta y todas aquellas otras
organizaciones empresariales donde el Estado de la Ciudad tenga participación en el
capital o en la formación de decisiones societarias, del Poder Legislativo y del Poder
Judicial, en cuanto a su actividad administrativa, y de los demás órganos establecidos
en el Libro II de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que la Ley N° 153 "Ley Básica de Salud" al definir los principios que sustentan la
garantía del derecho a la salud integral (art. 3° inc. c) establece que "La participación
en los niveles de decisión, acción y control, como medio para promover, potenciar y
fortalecer las capacidades de la comunidad con respeto a su vida y desarrollo;
Que en virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, se creó por
Resolución N° 761/SS/2003, el Programa "Centro de Documentación en Salud"
-CEDOS- con la misión de promover la democratización de la circulación de la
información institucional e interinstitucional y favorecer la articulación entre el
conocimiento técnico-científico y las políticas sanitarias;
Que la modificación de la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires, aprobada por Decreto N° 660/GCABA/11 y Decreto N° 593/GCABA/12,
hace necesario establecer la órbita de la cual dependerá dicho Centro de
Documentación.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Establécese, a partir del dictado de la presente que, el Programa "Centro
de Documentación en Salud", funcionará bajo la órbita de la Dirección General de
Docencia e Investigación, dependiente de la Subsecretaria de Planificación Sanitaria.
Artículo 2°.- Ratifícase como coordinadora del Programa citado a la Licenciada en
Comunicación Social Marcela Susana Amaro (FC N° 337.782), sin que ello implique
mayor retribución ni cambio en su situación de revista.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
y, para su conocimiento, demás fines y notificación pertinente, pase a las
Subsecretarias de Atención Integrada de Salud y Planificación Sanitaria y a la
Dirección General Docencia e Investigación, la que comunicará a la agente
mencionada en el artículo 2°. Cumplido, archívese. Lemus