RESOLUCIÓN 865 2012 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
TRANSFERENCIA - REDES DE SALUD - MODIFICACIÓN DE ESTRUCTURA - MINISTERIO DE SALUD - RED DE ORIENTACIÓN EN TRABAJO Y EDUCACIÓN - ROTE - DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD MENTAL - PROGRAMA DE REDES DE ATENCIÓN DE LA SALUD
Publicación:
18/06/2012
Sanción:
13/06/2012
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO:
El Expediente N°132614/2012, las Resoluciones N° 361/SS/96, 1421/SS/02,
1955/SS/04, 222/SS/05, 1353/SS/05, 679/MSGC/09 y El Decreto N°392/2010.
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 361/SS/96 se creó el Programa de Redes de Atención de la
Salud dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires,
Que a su vez, la Resolución N° 222/SS/05 tuvo por virtud la elaboración del texto
ordenado de la Resolución N° 361/SS/96 con sus modificaciones dispuestas por las
Resoluciones Nros. 1421/SS/02 y 1955/SS/04;
Que por Resolución N° 1353/SS/05 se amplió y modificó el anexo de la Resolución N°
222/SS/05;
Que por Resolución N° 679/SS/09 se procedió a reordenar y actualizar las Redes
existentes y sus referentes, modificando las precitadas Resoluciones;
Que por Decreto N° 392/2010 se modificó el rango de las Direcciones Generales
Adjunta de Sistemas Informáticos y Salud Mental a nivel de Dirección General;
Que por Expediente N° 132614/2012 los integrantes de la Red de Orientación en
Trabajo y Educación (ROTE) solicitan que dicha Red pase a depender de la Dirección
de Salud Mental; expresando idéntico parecer la actual directora de la misma, en
acuerdo con la actual Dirección General de Redes y Programas;
Que el análisis del tema ha llevado a considerar dicha actividad como pertinente al
marco de la Salud Mental, dado que acompaña a quien consulta en la construcción de
un proyecto de vida, actividad netamente encuadrada dentro de la promoción y
prevención de la salud; posibilitándolo a superar las angustias, miedos e
incertidumbres, y superar los obstáculos que le impiden la concreción de un proyecto
ligado a una profesión u ocupación;
Que dicha Red se encuentra conformada íntegramente por profesionales de la salud
mental;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, de acuerdo al artículo 101 in
fine de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Art. 1- Transfiérase la dependencia de la Red de Orientación en Trabajo y Educación
(ROTE) de la órbita de la Dirección General Redes y Programas a la orbita de la
Dirección General de Salud Mental;
Art. 2- - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y
para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Atención Integrada
de la Salud, Dirección General de Redes y Programas de Salud, Dirección General de
Salud Mental, Dirección de Redes de Servicios de Salud. Cumplido, archívese. Lemus