DECRETO 309 2012

Síntesis:

DESIGNAN INTEGRANTES ADHONOREM - COMISIÓN DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS CAFÉS - BARES - BILLARES - CONFITERÍAS NOTABLES - LEY 35 - HERNÁN SANTIAGO LOMBARDI - HORACIO SPINETTO - PATRICIA CORRADINI

Publicación:

06/07/2012

Sanción:

29/06/2012

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


VISTO:

La Ley N° 35 y el Expediente N° 211.693/2012 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 35 se crea la Comisión de Protección de los Cafés, Bares,

Billares y Confiterías Notables de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el artículo 12 de la citada norma crea la Comisión de Protección y Promoción de

los Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables de la Ciudad de Buenos,

determinando su composición en sus cinco incisos;

Que el inciso a) del artículo 1° determina que los integrantes por el Poder Ejecutivo

deben ser cuatro (4), incluyendo al titular del Ministerio de Cultura y al titular del área

de Turismo;

Que de conformidad a lo precedentemente expuesto, corresponde proceder a la

designación de las personas que integrará la Comisión en representación del Poder

Ejecutivo.

Por ello y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 102 y 104

de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°- Desígnanse Ad Honorem, a partir de la fecha del presente Decreto, a las

personas que a continuación se mencionan, para integrar la Comisión de Protección y

Promoción de los Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables de la Ciudad de

Buenos Aires, creada por Ley N° 35, de conformidad con lo establecido en el artículo

1° inciso a):

a) Ing. Hernán Santiago Lombardi, DNI. N° 14.188.918, CUIL 20-14188918-5 en su

carácter de Ministro de Cultura y en su carácter de Presidente del Ente Autárquico de

Turismo, o el funcionario/a que éste designe en su representación.

b) Arq. Horacio Spinetto, FC N° 219.200, DNI. N° 08.511.909, CUIL N° 20-08511909-6

c) Patricia Corradini, FC N° 428.143, DNI N° 13.677.715, CUIL N° 27-13677715-2

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Cultura,

de Modernización, de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires y, para su conocimiento y demás fines, pase al Ministerio de Cultura y al Ente

Autárquico de Turismo. Cumplido, archívese. MACRI - Lombardi - Ibarra -

Rodríguez Larreta a/c

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Articulo 1° Decreto N° 243-22 deroga el Decreto N° 309-12.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 309-12, designa  Ad Honorem, integrantes para integrar la Comisión de Protección y Promoción de los Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables de la Ciudad de Buenos Aires, creada por Ley 35.</p>