RESOLUCIÓN 99 2012 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
APRUEBA REGLAMENTO - COMISIÓN PERMANENTE DE CARRERA - SINDICATURA GENERAL
Publicación:
21/08/2012
Sanción:
03/08/2012
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
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VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 70 (BOCBA N° 539), las
Resoluciones N° 17-SGCBA/10 (BOCBA N° 3.378), N° 4-SGCBA/11 (BOCBA N°
3.597), N° 5-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.597), N° 98-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.803) y N°
24-SGCBA/12 (BOCBA N° 3.869), el Expediente N° 1.549.040/12, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires le otorga a la
Sindicatura General de la Ciudad personería jurídica propia y autarquía administrativa
y financiera;
Que en virtud de las competencias atribuidas por el articulo 130, inciso 2) de la Ley N°
70, el/la SÍndico/a General cuenta con facultades suficientes para organizar y
reglamentar el funcionamiento interno del Organismo, en sus aspectos operativos,
funcionales y de administración de personal;
Que mediante Resolución N° 17-SGCBA/10 se aprobó la Estructura Orgánico
Funcional de la Sindicatura General de la Ciudad;
Que por Resolución N° 4-SGCBA/11 se aprobó el Estatuto del Personal de la
Sindicatura General de la Ciudad;
Que por Resolución N° 5-SGCBA/11 se aprobó el Sistema de la Carrera Administrativa
de la Sindicatura General de la Ciudad, y se estableció en el Titulo IV del Anexo I la
conformación de la Comisión Permanente de Carrera;
Que por Resolución N° 98-SGCBA/11 se designó a los integrantes de la Comisión
Permanente de Carrera de la Sindicatura General de la Ciudad;
Que por Resolución N° 24-SGCBA/12 se aprobó la modificación de la Estructura
Orgánico Funcional de la Sindicatura General de la Ciudad;
Que, en consecuencia, resulta necesario reglamentar el funcionamiento de la
Comisión Permanente de Carrera de esta Sindicatura General;
Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos, ha tomado la intervención que resulta de su
competencia mediante la emisión del Dictamen N° IF 1.591.537-SGCBA/12.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130, inciso 2) de la Ley
N° 70,
Artículo 1°.- Apruébase el "Reglamento de la Comisión Permanente de Carrera" de la
Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires que como Anexo I forma parte
integrante de la presente.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Notifíquese a los integrantes de la Comisión Permanente de Carrera. Cumplido,
archívese. Rial