RESOLUCIÓN 104 2012 JEFATURA DE POLICÍA METROPOLITANA
Síntesis:
APRUEBA EL PROTOCOLO DE ACCESO A BASES DE DATOS EXTERNAS A LA POLICÍA METROPOLITANA - WEB SERVICE - AUTORIZACIÓN - CLAVES - CONSULTAS - REGISTROS - NACIONAL DE REBELDÍAS Y CAPTURAS - DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y CRÉDITOS PRENDARIOS E INFORMACIÓN POLICIAL - GEO REFERENCIAL DE UBICACIÓN DE CÁMARAS EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES- CONSULTAS DE PADRONES ELECTORALES NACIONALES - LICENCIAS DE CONDUCIR O MOTOVEHÍCULOS
Publicación:
13/09/2012
Sanción:
06/09/2012
Organismo:
JEFATURA DE POLICÍA METROPOLITANA
VISTO:
Las Leyes Nros. 2894 y 2947, el Código Penal de la Nación, el Decreto N°
36/GCABA/11, NO-2012-0116130-SICYST, el Expediente N° 1825588/2012, y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 2.894, establece en su artículo 35 inciso a), que el Jefe de
Policía, debe: "Conducir orgánica y funcionalmente la Fuerza, siendo su
responsabilidad la organización, prestación y supervisión de los servicios
policiales de la Ciudad, en el marco de la Constitución, de la presente Ley y de
las restantes normas aplicables", y por su parte, su inciso b) prescribe que el
Jefe de la Policía Metropolitana esta facultado para: "Dictar resoluciones,
impartir directivas y órdenes generales o particulares necesarias para el
cumplimiento de su misión";
Que, el Código Penal de la Nación, contempla en los artículos 153 al 157 bis
los delitos referidos a la violación de secretos y privacidad, instituyendo que
será penado el acceso - por cualquier medio - a un sistema o dato informático
de acceso restringido en los casos en que no se cuente con la debida
autorización o se excediere la que posee;
Que, la Ley N° 2.947 establece en su artículo 6° inc. i) que son deberes
esenciales para el personal de la Policía Metropolitana: "Guardar secreto, aún
después del retiro o baja de la Institución en todo en cuanto se relacione con
los asuntos del servicio que por su naturaleza, o en virtud de disposiciones
especiales, impongan esa conducta salvo requerimiento judicial";
Que, por su parte el Decreto N° 36/GCBA/11, en su art. 5° inc. a) considera
como falta grave, la trasgresión a la obligación establecida en el art. 6° inc. i) de
la Ley N° 2.947;
Que, desde la Superintendencia de Comunicaciones y Servicios Técnicos,
mediante NO-2012-01166130-SICYST, se remitió en carácter de proyecto a
ésta Jefatura, el Protocolo de Acceso a Bases de Datos por Web Service, a fin
de sistematizar el acceso a la información de las bases de datos externas a la
Institución;
Que, en virtud de lo expuesto y a fin de lograr un acceso más ágil y eficiente a
las bases de datos mencionadas; como así también llevar un control y registro
de las consultas que se efectúan, se considera necesario aprobar un Protocolo
de acceso a la información de las bases de datos externas de la Policía
Metropolitana, para lo cual es menester el dictado de la presente Resolución a
fin de determinar los alcances del mismo;
Que, la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana ha
tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de sus facultades legales que le son propias.
Artículo 1°.- Apruébese el Protocolo de Acceso a Base de Datos Externas a la
Policía Metropolitana por Web Service y el Formulario de Solicitud de Acceso a
Consultas por Web service, que como Anexo I y II, respectivamente, forman
parte integrante de la presente, con el objeto de lograr un acceso unificado e
implementar un control y registro de las consultas que efectúan los usuarios de
la Policía Metropolitana.
Artículo 2°.- Dése al registro, para su conocimiento y demás efectos,
comuníquese a la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía
Metropolitana para su conocimiento e intervención. Gírese a la
Superintendencia de Comunicaciones y Servicios Técnicos para su
conocimiento e implementación. Cumplido, archívese. Jiménez
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3994