RESOLUCIÓN 1531 2012 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

AMPLIACIÓN - MODIFICACIÓN - RESOLUCIÓN 1562-MS-07 -RECURSOS HUMANOS - OTORGAMIENTO DE CERTIFICADOS DE DISCAPACIDAD - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE DE LA NACIÓN - HOSPITALES - INTEGRACIÓN - INTEGRANTES DE JUNTAS EVALUADORAS - AUTORIZACIÓN DE SUSCRIPCIÓN - EMISIÓN DE CERTIFICADOS DE DISCAPACIDAD - DISCAPACITADOS - INCORPORACIÓN DE PROFESIONALES AUTORIZADOS

Publicación:

27/11/2012

Sanción:

21/11/2012

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO:

la Resolución N° 1562/MSGC/2007, y el Expediente N° 2377370/12, y;

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires suscribió con el entonces Ministerio de

Salud y Ambiente de la Nación, el Convenio Marco N° 10/06 (B.O. N° 2442), cuyo

objeto es la capacitación del recurso humano, a los fines del otorgamiento de los

certificados de discapacidad, en el ámbito de esta jurisdicción;

Que por Decreto N° 795/07, el Departamento Ejecutivo dispuso que la emisión de

dichos certificados, se efectúe a través de los establecimientos asistenciales

dependientes de este Ministerio;

Que en una primera etapa, se otorgaron los certificados de que se trata en los

Hospitales Generales de Agudos José María Penna y Parmenio Piñero; Instituto de

Rehabilitación Psicofísica; Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca, Hospital

Oftalmológico Santa Lucía y Hospital de Emergencias Psiquiátricas Torcuato de

Alvear; los cuales cuentan con las respectivas Juntas Evaluadoras;

Que, como consecuencia de los cambios de autoridades en los efectores en lo que se

emiten certificados y la incorporación de nuevos profesionales a dicha tarea, es

propicio actualizar la nómina de agentes autorizados a conformar las Juntas

Evaluadoras y suscribir certificados de discapacidad;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE

Artículo 1.- Amplíanse los términos de la Resolución N° 1562/MSGC/2007, autorizando

a los agentes nominados en el Anexo I que a todo efecto forma parte integrante de la

presente a conformar las Juntas Evaluadoras y suscribir certificados de discapacidad.

Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

y, para su conocimientos, demás fines y notificación pertinente, pase a.la

Subsecretaria de Atención Integrada de Salud, la que cursará nota de estilo con copia

de la presente al Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de la Persona con

Discapacidad; a las Direcciones Generales Redes y Programas de Salud y Región

Sanitaria I, II, III y IV y Salud Mental, las que notificarán de la presente a los

establecimientos asistenciales que le dependan. Cumplido, archívese. Reybaud


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4043

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art 1 de la Res 1531-MS-12 amplía los términos de la Resolución 1562-MS-07, autorizandoa agentes a conformar las Juntas Evaluadoras y suscribir certificados de discapacidad
INTEGRADA POR
Art. 1 Res. 1609-MSGC-13 aprueba listado de profesionales que podrán integrar la Juntas Evaluadoras para la certificación de discapacidad -Anexo-.
DEROGADA POR
Art. 4 de la Res 1614-MS-13 deroga la Res 1531-MS-12.