RESOLUCIÓN 2812 2002 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Síntesis:
MODIFíCASE EL ARTICULO 3° DE LA RESOLUCIÓN N° 2.237/DGR/02, B.O. N° 1446
Publicación:
18/06/2002
Sanción:
11/06/2002
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Visto las Resoluciones N° 1.394/SHyF/2002 y N° 2.237/DGR/2002, y
CONSIDERANDO:
Que las normas citadas establecen un plan de facilidades de pago para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos cuyo vencimiento opera el 10 de junio de 2002;
Que debido a los inconvenientes suscitados en la recepción del Plan de Facilidades establecido por la Resolución N° 1.394/SHyF/02, se vieron acotados los plazos para el acogimiento al presente régimen;
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por la Resolución N° 1.394/SHyF/02,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Artículo 1° Modifícase el artículo 3° de la Resolución N° 2.237/DGR/02, el que queda reemplazado por el siguiente texto:
Artículo 3° - El vencimiento para el acogimiento al plan de facilidades de pago operará el 10/6/02. Asimismo se considerarán presentados en tiempo y forma aquellos acogimientos efectuados con posterioridad y hasta el día inmediato anterior del vencimiento de la primera cuota.
Artículo 2° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a las Direcciones dependientes de esta Dirección General y a la prestataria ITRON/ITACO/TTI/U.T.E. Cumplido Archívese. Otero