RESOLUCIÓN 534 2012 FISCALÍA GENERAL
Síntesis:
PROSECUCIÓN - PROCESO DE REORGANIZACIÓN Y REESTRUCTURACIÓN DE LAS OFICINAS JUDICIALES DEL FUERO PENAL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS - PODER JUDICIAL - CONCURSO PÚBLICO DE OPOSICIÓN Y ANTECEDENTES 42-10 - FASE 2 - PAUTAS DE TRABAJO - EQUIPOS FISCALES DE PRIMERA INSTANCIA - ORGANIZACIÓN JUDICIAL - FISCAL COORDINADOR - INTERVENCIÓN DE EQUIPOS ESPECIALIZADOS EN VIOLENCIA DOMÉSTICA - METODOLOGÍA - PROCESO DE DISOLUCIÓN - DESIGNACIÓN DE PERSONAL -FISCALÍA DE TRANSICIÓN - IMPLEMENTACIÓN DE CUADRO DE TURNOS GENERAL - UNIDADES FISCALES - SUBROGANCIAS AUTOMÁTICAS - DIAGRAMA DE FUNCIONAMIENTO - EQUIPO FISCAL - DESIGNACIÓN DE FISCAL COORDINADOR - NORBERTO BROTTO - GABRIELA DUPUY - CLAUDIA BARCIA - ANÍBAL BRUNET - LUIS DUACASTELLA ARBIZU - UNIDAD DE INTERVENCIÓN TEMPRANA - UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN - PROGRAMA DE INTEGRACIÓN Y CAPACITACIÓN PARA AGENTES INGRESANTES - MUDANZAS - FISCALÍA GENERAL - MINISTERIO PÚBLICO FISCAL
Publicación:
30/11/2012
Sanción:
20/11/2012
Organismo:
FISCALÍA GENERAL
VISTO:
Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
las leyes N° 7, 1903 y 3318, el concurso público de oposición y antecedente N° 42/10
del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; las
resoluciones de la Fiscalía General n° N° 41/09, 71/09, 178/09, 205/09, 222/09,
241/09, 335/09, 369/09, 419/09, 2/10, 5/10, 26/10, 170/10, 231/10, 284/10, 365/10,
405/10, 426/10, 427/10, 15/11, 17/11, 110/11 y 332/12; y los dictámenes de la
Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica 9/07, 19/07, 26/07,
27/07, 44/08, 69/09, 97/10, 126/12, 130/12 y 131/12;
Y CONSIDERANDO:
- I -
A través del dictado de la resolución FG n° 332/12 se inició el proceso de
reorganización y reestructuración de las oficinas judiciales del fuero penal,
contravencional y de faltas, que resultó necesario disponer a raíz de la ampliación de
la cantidad de Fiscales que introdujo la sanción de la ley 3318 -modificatoria de la ley
1903- y la finalización de los concursos públicos de oposición y antecedentes
respectivos.
En lo que refiere estrictamente a la planificación del funcionamiento de las oficinas
judiciales los cambios que se efectuarán constituyen una de las últimas acciones de la
gestión en ese ámbito, y están dirigidos principalmente a lograr la consolidación de un
modelo de organización innovador que ya ha dado muestras de sus óptimos
resultados.1
En ese sentido, el nuevo mapa de zonas y atribución de competencia territorial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la distribución ecuánime de la carga de trabajo de
las Unidades Fiscales y el modo en que se han integrado cada una de ellas2 fueron
medidas adoptadas con la finalidad de lograr el equilibrio y la estabilidad que exige
toda etapa complementaria de un rediseño como el aquí implementado.
El proceso de reorganización señalado en el primer párrafo se diagramó en dos fases
conforme el cronograma de implementación aprobado en el Anexo IV de la mentada
resolución, y la primera de ellas -1° Etapa- se concretó a partir de la puesta en
funcionamiento de la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única3 y la nueva
metodología de trabajo impuesta para las Fiscalías de Cámara.4
La segunda fase de implementación -2° etapa- dará comienzo a partir de la presente
resolución, por medio de la cual se integrará la estructura y se definirán las pautas de
trabajo para los equipos fiscales de primera instancia en lo penal y contravencional.5
Además, se abordarán las distintas temáticas cuyo análisis se encomendara al Sr.
Secretario General de Política Criminal y Planificación Estratégica en la resolución FG
n° 332/126, misión que cumplió a través del dictamen SGPCyPE n° 131/12.
Entre ellas se encuentran aspectos centrales del nuevo diseño de organizacional
judicial, como el rol que asumirá el Fiscal Coordinador a partir de la efectiva
implementación de los cambios fijados en la ley 3318, la función de las oficinas de
servicios comunes que ya existen y aquellas que se pondrán en funcionamiento
próximamente7, la intervención de los equipos especializados en materia de violencia
doméstica en todas las Unidades Fiscales, la metodología a utilizar en el proceso de
disolución y reinserción del personal de la Fiscalía de Transición en el nuevo esquema
de organización judicial, la implementación del cuadro de turnos general para todas las
Unidades Fiscales, los mecanismos de subrogancias automáticas tanto para los
equipos fiscales de primera instancia como para las Fiscalías de Cámara, etc.
A continuación se desarrollarán cada uno de ellos con la finalidad de transitar un
proceso de reorganización ordenado durante la segunda fase de implementación del
cronograma fijado en la resolución FG n° 332/12 e impartir las pautas de
funcionamiento que brinden seguridad a los operadores del sistema, principalmente a
partir del día 1 de enero de 2013, cuando se tornen operativas la mayoría de las
modificaciones detalladas.
- II -
Fiscalías de Cámara en lo Penal, Contravencional y de Faltas.
A partir de la resolución FG n° 332/12 se estableció el nuevo diagrama de
funcionamiento para las Fiscalías de Cámara en lo Penal, Contravencional y de Faltas.
El mismo prevé, a partir del día 1 de enero de 2013, la existencia de cinco (5) Fiscalías
de Cámara que actuarán exclusivamente -en materia penal y contravencional- en cada
uno de los sectores en los cuales quedó distribuida la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (Norte, Este, Sudeste, Sur y Oeste) y con cada una de las cinco (5) Unidades
Fiscales respectivas.
La sexta Unidad Fiscal, con competencia especial única en materia de faltas, régimen
penal tributario e infracciones relacionadas con la afectación al medio ambiente, quedó
bajo la supervisión de la Fiscalía de Cámara Sudeste, y sus primeros lineamientos
fueron fijados por intermedio de la resolución FG n° 428/12.
Toda vez que las funciones, atribuciones y responsabilidades de los Fiscales de
Cámara ya habían sido previstas en la resolución FG n° 335/09 -Anexo IV-,
oportunamente se procedió a la asignación de los nuevos magistrados en las Fiscalías
de Cámara -ver resolución FG n° 426/12- y a la conformación progresiva de su
personal a través del dictado de las resoluciones FG n° 332/12 -Anexo V- y n° 445/12.
En cuanto a la puesta en marcha de las nuevas Fiscalías de Cámara y,
principalmente, en lo referido al modo en que asumirán la carga de trabajo y la
distribución de los casos, en el marco de la actuación interna n° 22360/12 se puso en
conocimiento de cada uno de sus titulares las pautas a seguir en ese aspecto -ver
decreto de fs. 196 de fecha 24 de octubre del corriente año-. Las mismas reglas de
trabajo, a cuyos términos habré de remitirme en honor a la brevedad, regirán al
momento en que entre en funcionamiento la Fiscalía de Cámara Oeste bajo su nueva
jurisdicción territorial.
Sólo resta entonces definir, a los efectos de garantizar el normal desenvolvimiento de
las Fiscalías de Cámara, el nuevo sistema a utilizar en materia de subrogancias
automáticas en la segunda instancia del fuero penal, contravencional y de faltas que, a
raíz de las nuevas metodologías de trabajo y las dependencias creadas a partir de la
ley 3318, conllevará la derogación del mecanismo previsto en el artículo 4 de la
resolución FG n° 13/11.
a) Esquema de subrogancias automáticas para las Fiscalías de Cámara.
En atención a la ampliación de la estructura del Ministerio Público Fiscal en la segunda
instancia del fuero penal, contravencional y de faltas corresponde establecer un nuevo
esquema de reemplazos automáticos para los Fiscales de Cámara en aquellos
supuestos en que a raíz de su ausencia deban ser subrogados en sus funciones por
otro Fiscal del mismo rango
Habida cuenta las modificaciones establecidas por la ley 3318 y los cambios
dispuestos a partir de la resolución FG n° 332/12, el sistema que se detallará a
continuación derogará los términos del art. 4 de la resolución FG n° 13/11.
Conforme se señaló el esquema en cuestión especificará el mecanismo de
reemplazos automáticos de los fiscales de cámara del fuero aludido para los casos de
impedimento, licencias o vacancias de fiscales.
A tal efecto, teniendo en cuenta las características de la conflictividad latente en cada
zona y la cercanía entre las sedes donde se encuentran asentadas las Fiscalías de
Cámara habrá de segmentarse el esquema de reemplazos estableciendo la
conformación de dos núcleos. Uno conformado por las Fiscalías de Cámara Norte y
Este, y otro constituido por las Fiscalías de Cámara Oeste, Sudeste y Sur.
Así las cosas, en lo que refiere al primer grupo, en caso de impedimento, ausencia,
licencia o vacancia del titular de la Fiscalía de Cámara Norte, éste será reemplazado
automáticamente por el titular de la Fiscalía de Cámara Este; y frente al impedimento,
ausencia, licencia o vacancia del titular de la Fiscalía de Cámara Este, éste será
reemplazado automáticamente por el titular de la Fiscalía de Cámara Norte.
En caso de impedimento, ausencia, licencia o vacancia simultánea de los titulares de
las Fiscalías de Cámara Este y Norte, se dará intervención a la Fiscalía General por
intermedio de la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica
para que se designe -entre los demás fiscales de cámara del otro núcleo- quien/es
subrogará/n en sus funciones a dichos magistrados.
A través del diagrama que se exhibe a continuación se ilustra el sistema descripto en
los párrafos precedentes.
Por su parte, en cuanto al otro núcleo, en caso de impedimento, ausencia, licencia o
vacancia del titular de la Fiscalía de Cámara Sur, éste será reemplazado
automáticamente por el titular de la Fiscalía de Cámara Oeste y, en su defecto, por el
titular de la Fiscalía de Cámara Sudeste.
Asimismo, en caso de ausencia por las mismas circunstancias del titular de la Fiscalía
de Cámara Oeste, éste será reemplazado automáticamente por la titular de la Fiscalía
de Cámara Sudeste y, en su defecto, por el titular de la Fiscalía de Cámara Sur.
Finalmente, frente al supuesto de impedimento, ausencia, licencia o vacancia de la
titular de la Fiscalía de Cámara Sudeste ésta será reemplazada automáticamente por
el titular de la Fiscalía de Cámara Sur y, en su defecto, por el titular de la Fiscalía de
Cámara Oeste.
Sin perjuicio del criterio establecido en los párrafos precedentes, en caso
impedimento, ausencia, licencia o vacancia simultánea de dos (2) de los tres (3)
titulares de las Fiscalías de Cámara Oeste, Sudeste y Sur, el Fiscal General podrá
disponer por cuestiones de índole funcional la subrogancia de uno de estos cargos por
parte de los titulares de las Fiscales de Cámara Este o Norte.
Finalmente, en caso de impedimento, ausencia, licencia o vacancia simultánea de los
titulares de las Fiscalías de Cámara Oeste, Sudeste y Sur, se dará intervención a la
Fiscalía General por intermedio de la Secretaría General de Política Criminal y
Planificación Estratégica para que se designe quien/es subrogará/n en sus funciones a
dichos magistrados.
El gráfico que se detalla a continuación ilustra el mecanismo de subrogancias
automáticas establecido para el núcleo Sudeste-Sur-Oeste.
Así las cosas, habrá de aprobarse el sistema de subrogancias automáticas descripto
en el presente apartado, que entrará en vigencia a partir del dictado de la presente
resolución y, a la vez, se procederá a derogar el artículo 4° de la resolución FG n°
13/11.
- III -
Fiscales Coordinadores y Secretario de Gestión Jurisdiccional.
Ninguna duda cabe que la figura del Fiscal Coordinador se constituyó en un actor
relevante dentro del esquema de organización vigente del Ministerio Público Fiscal al
garantizar la correcta interacción entre las distintas áreas que componen las Unidades
Fiscales -oficinas de servicios comunes y equipos fiscales-, y de estas con la Fiscalía
de Cámara correspondiente, los organismos externos y la sociedad en general.
A su vez, la organización de las estructuras según los parámetros de especialización y
división estratégica del trabajo le confieren al Fiscal Coordinador funciones especificas
trascendentales vinculadas directamente a la labor de las oficinas de servicios
comunes, las cuales sólo pueden ser llevadas a cabo por un agente fiscal.8
Dada la importancia de su rol se ha previsto mantener su función dentro de la
estructura del Ministerio Público Fiscal una vez culminada la implementación del nuevo
esquema de organización del fuero penal, contravencional y de faltas impulsado a
través de la Resolución FG N° 332/12, con algunos ajustes necesarios a raíz de la
sanción de la ley 3318.
La principal consecuencia de ello es la imposibilidad de disponer la cobertura interina
del magistrado que asume la coordinación de una Unidad Fiscal, quien ahora deberá
desarrollar en forma simultánea sus labores como fiscal de primera instancia y
coordinador.
Sin perjuicio de ello su actuación deberá regirse en base a criterios objetivos e
imparciales, que propendan al equilibrio del funcionamiento de la unidad y garanticen
la distribución equitativa de la carga de trabajo, principalmente en lo que refiere a la
interacción entre los equipos fiscales.
Conjuntamente con ello, el Fiscal Coordinador continuará centralizando la relación con
el Fiscal de Cámara Supervisor de la Unidad Fiscal, en tanto que a nivel institucional
seguirá constituyéndose en el referente de la Unidad Fiscal ante los organismos
externos -principalmente las fuerzas encargadas de la prevención- y la sociedad en
general.
A su vez, conforme se mencionó, seguirá adoptando las decisiones de índole
jurisdiccional inherentes a la función establecida para la Unidad de Intervención
Temprana (U.I.T.) desestimación del caso, derivación, dirección de investigaciones
con autores ignorados o mediación-, y tendrá la obligación de generar espacios de
dialogo continuo con los demás titulares de los equipos fiscales y los jefes de las
oficinas de servicios comunes con la finalidad de unificar las pautas de trabajo y los
criterios de actuación que regirán la actividad de la Unidad en su conjunto,
convocando y coordinando a tal efecto las reuniones que considere pertinente.
Ahora bien, el corto lapso de tiempo que hasta ahora rige la actividad del Fiscal
Coordinador (3 meses) dificulta el establecimiento de pautas o modalidades de trabajo
uniformes que impacten positivamente en la gestión de la Unidad Fiscal y por ello se
requirió la modificación del reglamento de personal del Ministerio Público con el objeto
de otorgarle mayor continuidad a esa tarea, cambio que se materializó a través de la
resolución CCAMP 32/12.9
En base a ello, se efectuarán las designaciones de los Fiscales Coordinadores para
cumplir funciones a partir del día 1 de enero de 2013 bajo esta nueva modalidad de
trabajo.
Vale señalar en este punto que a partir de la resolución FG n° 332/12 se incorporó la
figura del Secretario de Gestión Jurisdiccional que, más allá de las misiones y
funciones específicas que oportunamente se le asignarán, la gestión operativa de las
oficinas de servicios comunes que integran las Unidades Fiscales -Unidad de
Intervención temprana (U.I.T.), Unidad de Tramitación Común (U.T.C.) y la Unidad de
Apoyo a los casos de violencia de genero- será el núcleo central de su función.10
A tal efecto, organizará y coordinará la intervención de las mentadas oficinas conforme
un accionar coherente y ordenado, velando siempre por el cumplimiento de los
principios rectores del modelo organizacional que rige el funcionamiento de las oficinas
judiciales del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires.
En este sentido, y sin perjuicio del esbozo desarrollado en el marco de la presente, se
encomendará a la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica la
elaboración de una propuesta que contenga las misiones y funciones que se atribuirán
a la figura del Secretario de Gestión Jurisdiccional en línea con lo aquí expresado.
- IV -
Unidades Fiscales en lo Penal y Contravencional.
La incorporación de los nuevos equipos fiscales en la estructura del Ministerio Público
Fiscal obligó a realizar una minuciosa planificación respecto de la integración de las
Unidades Fiscales y el modo en que se introducirán en su funcionamiento los nuevos
Fiscales.
Más allá de las modificaciones que ineludiblemente deben efectuarse, la integración
de las Unidades Fiscales respetará en gran medida su conformación actual, a los
efectos de que dichos cambios no generen un impacto negativo en el desarrollo de las
tareas de cada Unidad.
A continuación se detallará el modo en que se llevará adelante la restructuración de
cada Unidad Fiscal y las particularidades de su conformación a partir del día 1° de
enero del año 2013, lo que permitirá exhibir finalmente el esquema de reorganización
judicial que se aprobará como Anexo I.
a) Unidad Fiscal Norte.
- Conformación e Integración.
La Unidad Fiscal Norte, con sede en la Av. Cabildo 3607, Piso 3° y 4°, de esta ciudad,
en lo que refiere a su composición interna, estará conformada por ocho (8) equipos
fiscales con competencia penal y contravencional, la Unidad de Intervención
Temprana, la Unidad de Tramitación Común y la Oficina de Apoyo para los casos de
Violencia Doméstica.
La identificación de los equipos fiscales se fijará de la letra "A" a la "H" y sus titulares
quedarán asignados a cada uno de ellos conforme el cuadro que se observa en el
Anexo II aprobado en la presente resolución.
Los actuales equipos fiscales que integran esta Unidad Fiscal -"A", "B", "C", "D", "E" y
"F"- mantendrán su actual estructura y denominación, a excepción de la situación
prevista para los equipos "C" y "D" que, en este caso en particular, intercambiarán su
identificación.11
Con relación a la carga de trabajo, el futuro equipo fiscal "C" mantendrá bajo su orbita
los casos provenientes del actual equipo fiscal "D" mientras que los casos que tramitan
actualmente en el equipo fiscal "C" serán reasignados parcialmente conforme se
determinará más adelante.
En cuanto a sus titulares, mientras que aquellos Fiscales que actualmente se
encuentran a cargo de los equipos "A" y "E" permanecerán en esa misma ubicación,
conforme se mencionó la titular del actual equipo fiscal "C" pasará a desempeñarse -
junto con su persona- en el equipo fiscal "D" de la misma Unidad Fiscal.
Por su parte, los futuros titulares de los equipos "B", "C" y "F" serán asignados una vez
cumplimentado el trámite de designación de los Fiscales previsto en virtud de la
finalización del concurso n° 42/10 del Consejo de la Magistratura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
El rol de Fiscal Coordinador en la Unidad Fiscal Norte, conforme las pautas de
funcionamiento esgrimidas en el apartado III de la presente resolución, lo ejercerá a
partir del día 1 de enero de 2013 el titular del equipo fiscal "E", Dr. Norberto Brotto.
El equipo fiscal especializado en el tratamiento y abordaje de los casos de violencia
doméstica en esa Unidad Fiscal será el identificado con la letra "D", a cargo de la Dra.
Gabriela Morelli.
Teniendo en cuenta tal circunstancia, la carga de trabajo de dicho equipo fiscal se
distribuirá parcialmente entre los nuevos equipos fiscales "G" y "H"-. En
consecuencia, al primer día hábil del año próximo el actual equipo fiscal "C"-futuro
equipo fiscal "D"- migrará hasta un máximo de cien (100) a los dos equipos fiscales
que se pondrán en funcionamiento en esa fecha dentro de esa Unidad Fiscal, a razón
de cincuenta (50) casos a cada uno.
Vale señalar que dentro del cúmulo de trabajo derivado a los nuevos equipos no
podrán incluirse casos desarrollados en un marco de violencia doméstica que
actualmente tramiten en el equipo fiscal "C", ya que ellos deberán quedar radicados en
el futuro equipo fiscal "D" especializado en esa materia.
- Incorporación de los nuevos equipos al funcionamiento de la Unidad Fiscal.
En el caso de la Unidad Fiscal Norte los nuevos equipos fiscales que la integrarán son
aquellos identificados con las letras "G" y "H". Respecto de ellos deberá establecerse
un mecanismo para su correcta inserción en el funcionamiento de la Unidad Fiscal.
A esos efectos, con la finalidad de lograr un sistema que rápidamente coloque a los
nuevos fiscales en la dinámica de la Unidad se encomendará, como primera medida,
que el Fiscal Coordinador informe a la Secretaría General de Política Criminal y
Planificación Estratégica el promedio de casos en trámite que registran los equipos
fiscales de esa Unidad Fiscal al último día hábil del año en curso.
Paralelamente con ello, el Jefe de la Unidad de Intervención Temprana, a partir del día
1 de enero del año 2013, deberá interrumpir momentáneamente el método de
asignación de casos por flujo y fijar un mecanismo provisorio que permita incrementar
la asignación de casos de los equipos fiscales "G" y "H" a razón de tres (3) casos por
cada uno que se asigna al resto de los equipos.
Al momento en que la carga de trabajo de los nuevos equipos fiscales coincida con el
promedio de casos en trámite relevado al final del corriente año, dicha circunstancia
deberá ser puesta en conocimiento del Fiscal Coordinador por parte de los titulares de
los equipos fiscales respectivos con la finalidad de que se arbitren los medios
necesarios para reestablecer el mecanismo de asignación de casos por flujo, situación
que deberá ser comunicada a la Secretaria General de Política Criminal y Planificación
Estratégica.
Sin perjuicio de todo lo expuesto y de acuerdo a lo señalado anteriormente, deberán
tenerse en cuenta en este procedimiento de inserción que ambos equipos fiscales
comenzarán sus tareas con la carga de trabajo que le sea derivada por parte del
actual equipo fiscal "C".12
- Recursos Humanos
Conforme se anticipó, los equipos fiscales existentes en la actualidad -"A", "B", "C",
"D", "E" y "F"- mantendrán su estructura y la situación de revista de sus agentes13, sin
perjuicio de lo cual cabe aclarar que las reasignaciones, promociones y/o
designaciones que eventualmente pudieran impactar en la planta de cada equipo fiscal
a raíz de la presente se cubrirán a través de las sucesivas resoluciones que emitirá la
Fiscalía General.
En cuanto a los nuevos equipos que comenzarán a funcionar como tales a partir del
día 1 de enero de 2013 -"G" y "H"-, cabe señalar que la designación del personal que
no se desempeñe actualmente en esta Institución operará a partir del día 3 de
diciembre del corriente año y desde esa fecha hasta el inicio de las actividades -1 de
enero de 2013- deberán participar obligatoriamente del Programa de Integración y
Capacitación para los Agentes Ingresantes descripto en el apartado IX de la
presente.14
Así las cosas, se dispondrá la conformación de los mencionados equipos fiscales
conforme el detalle que luce en el Anexo III de la presente resolución, dejándose
constancia que aquellos agentes que ya pertenezcan a este Ministerio Público Fiscal y
que sean reasignados a estos nuevos equipos permanecerán en sus funciones
actuales hasta la puesta en funcionamiento de los mismos.
- Espacio Físico
En el transcurso del primer trimestre del año próximo la Unidad Fiscal Norte contará
con mayor espacio físico al culminarse las obras que se están llevando a cabo en el 4°
piso de la sede de la Av. Cabildo 3067, de esta Ciudad.15
De manera definitiva, las oficinas de servicios comunes internas y los agentes de las
otras áreas que se desempeñan en esa Unidad Fiscal (como la Oficina de asistencia a
la Víctima y Testigos, la Unidad de Orientación y Denuncia y la Oficina de Control de
Suspensión del Proceso a Prueba), funcionarán en el 3° piso de esa sede, junto a tres
(3) equipos fiscales que se determinarán.16
El resto de los equipos fiscales -cinco en este caso- y la Fiscalía de Cámara Norte
funcionarán en el 4° piso de esa misma sede.
El personal de los nuevos equipos Fiscales -"G" y "H"- se desempeñarán de manera
provisoria y hasta tanto se culminen las obras de infraestructura en la sede de la Av.
Cabildo, en el edificio de la calle Combate de los Pozos 155, piso 8°, de esta ciudad,
de acuerdo al plano de distribución de espacios físicos que se aprueba como Anexo
IV.
b) Unidad Fiscal Este.
- Conformación e Integración
La Unidad Fiscal Este, con sede en la calle Berutti 3345, Piso 2° y 3°, de esta ciudad,
estará conformada por siete (7) equipos fiscales con competencia penal y
contravencional, la Unidad de Intervención Temprana, la Unidad de Tramitación
Común y la Oficina de Apoyo para los casos de Violencia Doméstica.
La identificación de los equipos fiscales se fijará de la letra "A" a la "G" y sus titulares
quedarán asignados a cada uno de ellos conforme el Anexo V aprobado en la
presente resolución.
En esa línea vale destacar que los actuales equipos fiscales "A", "B", "C", "D", "E" y "F"
mantendrán su actual denominación y estructura de personal, como así también la
carga de trabajo existente.
La función de coordinación será asignada a la Dra. Daniela Dupuy, Fiscal a cargo del
Equipo Fiscal "A", a partir del 1 de enero del año 2013. Dicho rol deberá ser ejercido
conforme las pautas básicas de funcionamiento esgrimidas en el apartado III de la
presente resolución.
Respecto a la problemática vinculada a la violencia doméstica, el equipo fiscal
afectado al tratamiento y abordaje de estos procesos continuara siendo aquel
identificado con la letra el "D", a cargo de la Dra. Genoveva Cardinali, quien iniciara la
experiencia en esta temática desde la conformación de la Unidad Fiscal Este.
Cabe señalar que esta Unidad Fiscal tendrá además la particularidad de contar con el
equipo fiscal especializado en delitos y contravenciones informáticas, conforme los
términos de la reciente resolución FG n° 501/12.
- Incorporación del nuevo equipo al funcionamiento de la Unidad Fiscal.
A la estructura de la Unidad Fiscal Este se incorporará un nuevo equipo, identificado
con la letra "G".
A diferencia del resto de los equipos que se pondrán en marcha a partir del año
próximo, el equipo fiscal "G" de la Unidad Fiscal Este comenzará a prestar funciones
desde el 1° de diciembre del año en curso, de conformidad con lo dispuesto en la
resolución suscripta en el día de la fecha.
El adelantamiento de su puesta en funcionamiento obedeció a la necesidad de
colaborar con el actual equipo fiscal especializado en materia de violencia doméstica
de la Unidad Fiscal Este, respecto del cual se observó una sobrecarga de trabajo que
será descongestionada con la inmediata puesta en funcionamiento del nuevo equipo
fiscal.17
Sin perjuicio de este mecanismo paliativo de excepción, a partir del día 1 de enero del
año 2013 la Unidad de Intervención Temprana deberá comenzar a asignar al equipo
fiscal "G" los procesos penales y contravencionales que por flujo correspondan.
En esta oportunidad, habida cuenta la cantidad de casos que absorberá el equipo
fiscal "G" a partir del día 1 de diciembre del corriente año provenientes del equipo
fiscal "D", no se replicará el procedimiento descripto para la incorporación de los
nuevos equipos en la Unidad Fiscal Norte sino que a partir del día 1° de enero de 2013
el mencionado equipo fiscal ingresará al flujo de casos y al cuadro de turnos como el
resto de los integrantes de la Unidad Fiscal Este.
- Recursos Humanos
Respecto a lo relacionado con el factor humano, los equipos fiscales existentes en la
actualidad -"A", "B", "C", "D", "E" y "F"- mantendrán la estructura y situación de revista
de su personal, en tanto que las reasignaciones, promociones y/o designaciones que
pudieran ser necesarias disponer en esos equipos a partir del dictado de la presente
resolución se efectivizarán a través de las sucesivas resoluciones que emitirá la
Fiscalía General.
En cuanto al nuevo equipo, cabe señalar que la designación de su personal operará a
partir del día 3 de diciembre del corriente año, y sin perjuicio de la fecha fijada para el
inicio de sus actividades18 esos agentes deberán participar del Programa de
Integración y Capacitación para los Agentes Ingresantes descripto en el apartado IX
de la presente.
En consecuencia, se dispondrá la conformación del mencionado equipo fiscal
conforme el detalle que luce en el Anexo VI de la presente resolución.
- Espacio Físico
En relación al espacio físico y conforme el plano de asignación de puestos de trabajo
que se aprueba como Anexo VII, el personal del nuevo Equipo Fiscal "G" se
desempeñara de manera provisoria en el 3° piso de Beruti 3345, conjuntamente con la
Fiscalía de Cámara Este, las oficinas de servicios comunes internas y los agentes de
las otras áreas que se desempeñan en esa Unidad Fiscal (como la Oficina de
asistencia a la Víctima y Testigos, la Unidad de Orientación y Denuncia y la Oficina de
Control de Suspensión del Proceso a Prueba).
El resto de los equipos fiscales -seis en este caso- continuarán desempeñándose en el
2° piso de esa misma sede conforme la distribución actual, hasta tanto se culminen
con las obras de infraestructura prevista en el 3° piso de ese edificio.19
c) Unidad Fiscal Sudeste.
- Conformación e integración
La Unidad Fiscal Sudeste, con sede en la calle Bartolomé Mitre 1735 de esta ciudad,
estará conformada por cinco (5) equipos fiscales con competencia penal y
contravencional, la Unidad de Intervención Temprana, la Unidad de Tramitación
Común y la Oficina de Apoyo para los casos de Violencia Doméstica.
En este punto, cabe recordar que el esquema de reorganización aprobado por
Resolución FG N° 332/12 se sustentó en un estudio técnico-empírico minucioso que
contempló la carga de trabajo como variable inmediata para determinar la cantidad de
equipos fiscales que correspondía asignarle a cada Unidad Fiscal -ver informe
estadístico de la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica
aprobado como Anexo II de la Resolución aludida-.
Dicho estudio determinó que, en virtud del peso relativo de la carga de trabajo
registrada en la zona de competencia de la Unidad Fiscal Sudeste en relación a la
conflictividad total de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correspondía componer
su estructura con cinco (5) equipos fiscales penales y contravencionales.
A diferencia de las demás Unidades Fiscales y por las razones esbozadas
anteriormente, a la estructura de la Unidad Fiscal Sudeste no se incorporará equipo
fiscal nuevo alguno.
Los equipos fiscales "B", "C" y "E" mantendrán su denominación, planta de personal y
continuarán tramitando los casos allí radicados. Asimismo, el equipo fiscal "C"
permanecerá a cargo de su actual titular, Dr. Walter López.
Al respecto, es necesario aclarar que quien actualmente se desempeña como titular
del equipo fiscal "A" de la Unidad Fiscal Sudeste, Dr. Anibal Brunet, será reasignado
conjuntamente con su equipo de trabajo y el cúmulo de procesos en trámite al equipo
fiscal "A" de la Unidad Fiscal Sur.
En consecuencia, la titular del equipo fiscal "F", Dra. Claudia Barcia, conjuntamente
con su personal y la carga de trabajo en trámite pasarán a conformar el Equipo Fiscal
"A" de la Unidad Fiscal Sudeste a partir del 1 de enero del año 2013, fecha de inicio
del nuevo esquema de asignación de competencia territorial de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires para las Unidades Fiscales del fuero penal y contravencional.
Por otra parte, la fiscal que a la fecha se desempeña en el equipo fiscal "D" de la
Unidad Fiscal Sudeste, Dra. Marcela Solano, junto al plantel que integra su equipo de
trabajo y el universo de procesos en trámite, pasarán a desempeñarse en el Equipo
Fiscal "F" de la nueva Unidad Fiscal Oeste.
Asimismo, el personal afectado al equipo fiscal "G" de la Unidad Fiscal Sudeste -
especializado en violencia doméstica- será reasignado al equipo Fiscal "D" de la
Unidad Fiscal Oeste, conjuntamente con el respectivo universo de procesos en trámite
y, consecuentemente con ello, continuará interviniendo exclusivamente sobre los
procesos penales y contravencionales que presenten indicadores de violencia
doméstica catalogados de alto riesgo en la Unidad Fiscal Oeste.
En este punto, vale señalar que los equipos fiscales "F" y "G" desaparecerán de la
estructura de la Unidad Fiscal Sudeste.
Así las cosas, resta entonces definir la integración del equipo fiscal "D", y en relación a
ello, será el personal del actual equipo fiscal "F" de la Unidad Fiscal Sur el que pasará
a conformar aquel equipo, y su titular, a partir del día 1° de enero de 2013 será el Dr.
Adolfo Bórmida.
Por todo lo expuesto, la identificación de los equipos fiscales se fijará de la letra "A" a
la "E" y sus titulares quedarán asignados a cada uno de ellos conforme el cuadro que
se aprueba como Anexo VIII de la presente, dejándose constancia que los titulares de
los equipos fiscales "B" y "E" serán asignados una vez culminado el proceso de
designación que se lleva adelante en el marco del concurso público de oposición y
antecedentes n° 42/10 del Consejo de Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
La función de coordinación será asignada a la Dra. Claudia Barcia, quien será
reasignada al Equipo Fiscal "A" de la Unidad Fiscal, a partir del 1 de enero del año
2013. El rol en cuestión deberá ser ejercerlo de conformidad con las pautas básicas de
funcionamiento esgrimidas en el apartado III de la presente resolución.
Respecto de la temática relacionada con los casos vinculados a un contexto de
violencia domestica, será el futuro equipo fiscal "D" el afectado al tratamiento y
abordaje de esa clase de procesos.
En este caso, al no ponerse en funcionamiento nuevos equipos dentro de la estructura
de la Unidad Fiscal Sudeste, no corresponde disponer criterio alguno para que la
asignación de casos que tienda a equilibrar paulatinamente la carga de trabajo.
Sin embargo, al igual que se estipulara en la Unidad Fiscal Norte, el equipo
especializado en violencia doméstica -futuro equipo fiscal "D"- comenzará a trabajar
con los casos que a la fecha tramitan en el actual equipo fiscal "F" de la Unidad Fiscal
Sur, a excepción de aquellos que sean reasignados conforme se explicará más
adelante.20
- Recursos Humanos
En línea con lo estipulado en el apartado que antecede, las disposiciones en torno al
factor humano en este caso se limitan a las reasignaciones de personal descriptas al
momento de detallar la reorganización de los equipos fiscales.
Y ello obedece principalmente a que en este caso en particular no se pone en
funcionamiento un nuevo equipo fiscal en el ámbito de la Unidad Fiscal Sudeste.
Sin perjuicio de ello, las reasignaciones, promociones y/o designaciones que pudieran
ser necesarias para cubrir vacantes que se sucedan en la Unidad Fiscal Sudeste a
raíz de la presente resolución y en el marco del proceso de reorganización y
restructuración que se está llevando a cabo, serán dispuestas a través de las
sucesivas resoluciones que emitirá la Fiscalía General en ese sentido.
- Espacio Físico.
Teniendo en cuenta que tanto las oficinas que integran la Unidad Fiscal Sudeste -
Fiscalía de Cámara, Equipos Fiscales, U.I.T., U.T.C. y U.A.V.D.-21, como aquellas que
conforman la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única -Equipos Fiscales y
U.A.I.I.- se emplazarán en la sede de la calle Bartolomé Mitre 1735 de esta ciudad, se
encomendará al Departamento de Infraestructura y Apoyo Operativo del Ministerio
Público Fiscal, en conjunto con la Secretará General de Política Criminal y
Planificación Estratégica la elaboración de un proyecto integral para la debida
ubicación de cada una de esas áreas, que respete las cuestiones de índole funcional
que hacen a la actividad propia de cada una de ellas.
d) Unidad Fiscal Sur.
- Conformación e Integración
La Unidad Fiscal Sur, con sede en el edifico de la Av. Paseo Colón 1333 de esta
ciudad, mantendrá su actual estructura en lo que respecta a la cantidad de equipos
fiscales -ocho (8)- y su denominación -de la letra "A" a la "H"-. A su vez, estará
integrada por la Unidad de Intervención Temprana, la Unidad de Apoyo para los casos
de Violencia Doméstica y la Unidad de Tramitación Común que brindará sus servicios
también a la Unidad Fiscal Oeste.
No obstante ello sólo los equipos fiscales identificados con las letras "B" y "H"
mantendrán su planta de personal y continuarán tramitando los casos que actualmente
se encuentran radicados en esos equipos.
Tal como fuera anunciado en el apartado destinado a la Unidad Fiscal Sudeste, quien
actualmente es titular del equipo fiscal "A" de dicha unidad, Dr. Anibal Brunet,
conjuntamente con su planta de personal y el respectivo cúmulo de procesos en
trámite al 1 de enero de 2013, serán reasignados al equipo fiscal "A" de la Unidad
Fiscal Sur.22
En el caso del equipo fiscal "B", su personal e incluso su actual titular, el Dr. Carlos Fel
Rolero Santurián continuará desempeñándose al frente de dicho equipo fiscal a partir
del año próximo.
En tanto, los equipos fiscales "C", "E", "F" y "G" forman una parte de las nuevas
estructuras que se pondrán en funcionamiento a raíz de la sanción de la ley 331823 y
sus titulares serán asignados una vez culminado el proceso de designación del
concurso del Consejo de la Magistratura identificado con el n° 42/10.
Con respecto al actual equipo fiscal "D", su titular, la Dra. María Teresa Moya, será
designada a cargo del futuro equipo fiscal "H" de la Unidad Fiscal Sur, y el personal
será reubicado en la estructura de la Unidad Fiscal Oeste.24
Así, el actual equipo fiscal "G" -especializado en materia de violencia doméstica-
pasará a conformar el futuro equipo fiscal "D" de la Unidad Fiscal Sur, manteniendo
esa condición, y su titular será asignado una vez terminado el trámite de designación
de fiscales respectivo.
Teniendo en cuenta lo señalado hasta aquí la integración de la Unidad Fiscal Sur
quedará conformada de acuerdo al cuadro que se aprueba como Anexo IX.
La función de coordinador de la Unidad Fiscal Sur será ejercida por el titular del equipo
fiscal "A", el Dr. Anibal Brunet, con arreglo a la normativa que regula su actividad.
Finalmente, conforme se refirió, en lo que respecta al equipo fiscal especializado en el
tratamiento y abordaje de casos con indicadores de violencia doméstica, será aquel
identificado con la letra "D" quien continúe con ese rol. Resta señalar aquí que esta
Unidad Fiscal cuenta hasta el momento con dos (2) equipos fiscales de esas
características -"G" y "H"-, motivo por el cual este último, a partir del día 1 de enero de
2013, dejará esa función y pasará a recibir casos conforme la asignación por sistema
de flujos e ingresará al cuadro de turnos pertinente.
- Incorporación de los nuevos equipos al funcionamiento de la Unidad Fiscal.
Conforme se mencionó precedentemente, mientras los futuros equipos fiscales "A",
"B", "D" y "H" poseen carga de trabajo preexistente25, a partir del año 2013 los equipos
fiscales "C", "E", "F" y "G" deberán insertarse a la realidad funcional de la Unidad
Fiscal.
A fin de lograr un procedimiento ágil y ordenado se repetirá el esquema descripto en
oportunidad de abordar la misma coyuntura en la Unidad Fiscal Norte.
En consecuencia, el Fiscal Coordinador deberá informar a la Secretaría General de
Política Criminal y Planificación Estratégica el promedio de casos que poseen los
cuatro (4) equipos aludidos en primer término al último día hábil del año en curso26.
Así las cosas, al primer día hábil del año 2013, el jefe de la Unidad de Intervención
Temprana asignará a los equipos fiscales sin carga de trabajo pendiente -"C", "E", "F"
y "G"-, a razón de tres (3) casos por cada uno (1) que se distribuya a los restantes
equipos fiscales -"A", "B", "D" y "H"- hasta llegar al promedio de casos informado por el
Fiscal Coordinador conforme lo señalado en el párrafo anterior.
Llegada esa instancia, los titulares de los equipos fiscales deberán informar al Fiscal
Coordinador la equiparación de su carga de trabajo respecto del resto de los equipos,
a los efectos de restaurar el sistema de asignación de casos por flujo27.
Ahora bien, al momento en que la carga de trabajo de los equipos que inician sus
funciones sin remanentes coincida con el promedio de casos establecido a fin del año
2012 por el Fiscal Coordinador, dicha circunstancia deberá ser puesta en conocimiento
del mencionado magistrado por el titular del último equipo que alcance dicha
equiparación, con la finalidad de que se arbitren los medios necesarios para que -por
intermedio de la Secretaria General de Política Criminal y Planificación Estratégica- se
reestablezca el mecanismo de asignación de casos por flujo.
Sin perjuicio de lo expuesto hasta aquí, la Unidad Fiscal Sur deberá afrontar también
una situación similar a la descripta en la Unidad Fiscal Norte, por cuanto el actual
equipo fiscal "F", que pasará a desempeñarse como equipo fiscal "D" especializado en
violencia doméstica de la Unidad Fiscal Sudeste, sólo trasladará una parte de su carga
de trabajo y la restante deberá ser distribuida entre los cuatro (4) equipos fiscales.28
- Recursos Humanos
De acuerdo a lo señalado, el personal de los futuros equipos fiscales "A", "B", "D" y "H"
mantendrán su actual situación de revista, y las vacantes que se produzcan a raíz de
los cambios que podrían ocasionare en su composición a raíz del dictado de la
presente resolución serán abordados en sucesivas resoluciones que emitirá la Fiscalía
General.
Por su parte, a partir del Anexo X de la presente resolución se disponen las
reasignaciones, promociones y designaciones de los agentes que conformaran los
equipos fiscales "C", "E", "F" y "G", dejándose constancia que quienes no pertenecen a
la planta de personal del Ministerio Público Fiscal deberán participar obligatoriamente
del Programa de Integración y Capacitación para los Agentes Ingresantes descripto en
el apartado IX de la presente.
Asimismo, las designaciones que se efectúen respecto de agentes que no provengan
del Ministerio Público Fiscal serán operativas a partir del día 3 de diciembre del año en
curso29, y hasta a la fecha de puesta en funcionamiento de los mencionados equipos
fiscales el personal deberá cumplimentar el programa aludido en el párrafo anterior y
brindar apoyo a los actuales equipos fiscales especializados en violencia doméstica -
"G" y "H" de la Unidad Fiscal Sur-.
- Espacio Físico
Conforme se anticipará, la Unidad Fiscal Sur mantendrá su sede en el edificio sito en
Av. Paseo Colón 1333 de esta Ciudad.
A excepción del equipo fiscal especializado en violencia doméstica que se emplazará
en el 2° piso, el resto de los equipos se ubicarán de manera definitiva en el 3° piso de
dicha sede.
La Unidad de intervención Temprana y el personal de la Unidad de Tramitación
Común, continuarán desempeñándose en sus actuales lugares de trabajo -2° y 1° piso
respectivamente-, mientras que la Unidad de Apoyo para los casos de Violencia
Doméstica será ubicada en el 2° piso de ese mismo edificio conjuntamente con el
equipo especializado en la materia.
Toda vez que el personal de los equipos fiscales "C", "E", "F" y "G" que no integran
actualmente la planta del Ministerio Público Fiscal serán designados a partir del día 3
de diciembre próximo, y sin perjuicio de las actividades de capacitación que deberán
cumplir, corresponde asignarles un espacio físico provisorio hasta tanto ocupen sus
puestos de trabajo definitivos.
En este sentido, los agentes aludidos se desempeñarán momentáneamente en los
puestos de trabajo ubicados en el 8° piso de la sede sita en la Av. Paseo Colon 133 de
esta ciudad, conforme el plano que se aprueba como Anexo XI.
e) Unidad Fiscal Oeste.
- Conformación e Integración
La nueva Unidad Fiscal Oeste, que tendrá sede en el edifico de la Av. Paseo Colón
1333 de esta ciudad y que comenzará a prestar funciones a partir del 1° de enero del
año 2013, estará integrada por ocho (8) equipos fiscales denominados desde la letra
"A" hasta la "H", además de la Unidad de Intervención Temprana, la Unidad de Apoyo
para los casos de Violencia Doméstica y la Unidad de Tramitación Común que,
conforme ya se anticipó, también brindará servicios a la Unidad Fiscal Sur.
Así las cosas, el equipo fiscal "A" de la Unidad Fiscal Oeste se integrará con el titular
del actual Equipo Fiscal "A" de la Unidad Fiscal Sur, Dr. Carlos Andrés Gómez Ríos, y
su equipo de trabajo. Asimismo, comenzará a funcionar como tal con el remanente de
la carga de trabajo que posea este último equipo al finalizar el año en curso.
La misma situación se manifiesta respecto de los equipos fiscales "C", "E" y "G" de la
futura Unidad Fiscal Oeste, por cuanto serán integrados por el personal que
actualmente se desempeña en los equipos fiscales "C", "E" y "D" de la Unidad Fiscal
Sur respectivamente, y también iniciaran sus actividades con la carga de trabajo
pendiente existente en sus actuales equipos al último día hábil del año 2012.
Con respecto a sus titulares, a los nuevos equipos fiscales "C" y "E" serán reasignados
los actuales titulares de los equipos fiscales con idéntica denominación de la Unidad
Fiscal Sur, Dres. Mario Gustavo Galante y Luis Duacastella Arbizu respectivamente,
mientras que el titular del futuro equipo fiscal "G" será asignado una vez culminado el
proceso de designación de Fiscales correspondiente -concurso n° 42 del Consejo de la
Magistratura-.
En relación al equipo fiscal "D", tal como se señaló oportunamente, el mismo se
integrará con el personal del actual equipo fiscal "G" de la Unidad Fiscal Sudeste, y su
titular surgirá de la nómina de fiscales de primera instancia en lo Penal,
Contravencional y de Faltas que sean investidos de dicha función una vez culminado
el proceso del concurso del Consejo de la Magistratura identificado con el n° 42/10.
Del mismo modo, respecto del equipo fiscal "F" de la Unidad Fiscal Oeste, éste será
conformado por la actual titular del Equipo Fiscal "D" de la Unidad Fiscal Sudeste, Dra.
Marcela Solano, y su equipo de trabajo.
En cuanto al Equipo Fiscal "B" de la Unidad Fiscal Oeste, el mismo será integrado por
personal designado a partir de la puesta en funcionamiento de las nuevas estructuras
creadas por la ley 3.318, y su titular será asignado una vez concluido el concurso
respectivo -concurso n° 42/10 del Consejo de la Magistratura-.
Finalmente, a la estructura de la Unidad Fiscal Oeste se reinsertará la actual Fiscalía
de Transición, y su titular, Dra. Graciela Navarro, será designada como fiscal a cargo
del Equipo Fiscal "H" de la Unidad Fiscal Oeste.
Teniendo en cuenta lo señalado hasta aquí la integración de la Unidad Fiscal Oeste
quedará conformada de acuerdo al cuadro que se aprueba como Anexo XII.
Por otro lado, la función de coordinación será asignada al Dr. Luís Duacastella Arbizu,
futuro titular del Equipo Fiscal "E" de la Unidad Fiscal Oeste a partir del 1 de enero del
año 2013, rol que deberá ejercer de acuerdo a las pautas básicas estipuladas en el
apartado III de la presente resolución.
Respecto a la problemática vinculada a la violencia doméstica, el equipo fiscal
afectado al tratamiento y abordaje será aquel identificado con la letra el "D"30, y su
titular será oportunamente asignado.
- Incorporación del nuevo equipo al funcionamiento de la Unidad Fiscal.
Toda vez que a excepción del equipo Fiscal "B" el resto comenzará sus actividades en
la Unidad Fiscal Oeste con el remanente de la carga de trabajo existente en sus
actuales equipos fiscales al último día hábil del año 201231, sólo resta mencionar que
se utilizará el mismo mecanismo provisorio señalado al analizar la situación de las
Unidades Fiscales Norte y Sur.
De este modo, en este caso en particular será el titular de la Fiscalía de Cámara Oeste
quien deberá informar a la Secretaría General de Política Criminal y Planificación
Estratégica el promedio de casos en trámite en los equipos fiscales que conformarán
la futura estructura de la Unidad Fiscal Oeste y actualmente están asignados a las
Unidad Fiscal Sudeste -equipo fiscal "D"- y a la Unidad Fiscal Sur -actuales equipos
fiscales "A", "C", "D" y "E"-, quedando exceptuada para la elaboración de dicho
promedio la carga de trabajo pendiente en la Fiscalía de Transición y el equipo
especializado en violencia doméstica.
Así las cosas, al primer día hábil del año 2013, el jefe de la Unidad de Intervención
Temprana asignará al futuro equipo fiscal "B" de la Unidad Fiscal Oeste a razón de
tres (3) casos por cada uno (1) que se distribuya a los restantes equipos fiscales hasta
llegar al promedio de casos informado por el Fiscal de Cámara conforme lo señalado
en el párrafo anterior.
Respecto del resto del procedimiento a seguir, corresponde remitirse a las
especificaciones realizadas previamente para las demás Unidades Fiscales en el
mismo sentido.
Por su parte, el futuro Equipo Fiscal "H" de la Unidad Fiscal Oeste continuará con el
trámite de los casos que se encuentren pendientes al último día hábil del año en curso
en la Fiscalía de Transición.
En torno a esto, y teniendo en cuenta la proyección de casos que se prevé que
continuarán en trámite a la fecha aludida, la Fiscalía de Transición quedará
exceptuada de la asignación de nuevos procesos hasta el 1° de abril del año en curso.
De esta manera, a partir de la fecha indicada el proceso de asignación se normalizará,
pasando el equipo fiscal "H" a recibir los casos provenientes de la Unidad de
Intervención Temprana a la par de los demás equipos de la Unidad Fiscal, e ingresará
al cuadro de turno correspondiente.32
- Recursos Humanos
Conforme lo expuesto, el personal de los futuros equipos fiscales "A", "C", "D", "E", "F"
y "G" mantendrán su actual situación de revista, y las vacantes que se produzcan en
virtud de los cambios que podrían suscitarse a través de la presente resolución, serán
abordados en sucesivas resoluciones que emitirá la Fiscalía General.
Por su parte, se habrá de aprobar como Anexo XIII de la presente resolución la
integración, a través de las reasignaciones, promociones y designaciones
correspondientes, del equipo fiscal "B", dejándose constancia que quienes no
pertenecen a la planta de personal del Ministerio Público Fiscal deberán participar
obligatoriamente del Programa de Integración y Capacitación para los Agentes
Ingresantes descripto en el apartado IX de la presente.
Con respecto al personal del equipo fiscal "H", los agentes que lo integrarán surgen del
detalle efectuado en el Anexo XIV, los cuales provienen en su totalidad de la actual
Fiscalía de Transición.
A su vez, y a los efectos de abordar debidamente el cúmulo de trabajo pendiente,
además del plantel conformado por de dos (2) funcionarios y dos (2) empleados se
destinarán en forma provisoria y excepcional otros agentes para que brinden apoyo a
la gestión del equipo fiscal en esa etapa inicial.
Dicha nómina de personal será constituida por personal que actualmente se
desempeña en la Fiscalía de Transición y que, hasta el día 31 de marzo de 2013,
pasará a integrar la Oficina de Apoyo Jurídico de la Secretaría General de Política
Criminal y Planificación Estratégica, con el objeto de prestar colaboración a la tarea del
equipo fiscal "H" de la Unidad Fiscal Oeste33.
- Espacio Físico
Tal como fuera anunciado, la Unidad Fiscal Oeste será emplazada en la sede sita en
el edificio sito en Av. Paseo Colón 1333 de esta Ciudad.
Tanto la Fiscalía de Cámara Oeste como los equipos fiscales que componen la Unidad
Fiscal, prestarán funciones en el 8° piso del edificio mencionado, a excepción del
equipo fiscal especializado en violencia doméstica -futuro equipo fiscal "D" de la
Unidad Fiscal Oeste- el que se emplazará en el 2° piso de ese mismo edifico, junto
con la Unidad de Apoyo para los casos de Violencia Doméstica.
En este punto, se encomendará al Departamento de Infraestructura y Apoyo Operativo
del Ministerio Público Fiscal, en conjunto con la Secretaría General de Política Criminal
y Planificación Estratégica la elaboración de un proyecto para disponer de los espacios
físicos necesarios para los nuevos agentes de la Unidad de Intervención Temprana y
el refuerzo de personal previsto para la Unidad de Tramitación Común que apoyará la
labor de la Unidad Fiscal Sur y la Oeste.
No obstante ello, el personal que conformará el nuevo equipo fiscal "B" que no
pertenezca actualmente a la planta del Ministerio Público Fiscal, al igual que los
equipos de la Unidad Fiscal Sur, prestará funciones provisoriamente en el Piso 8° del
edifico de la Av. Paseo Colón 133, de esta ciudad -ver plano correspondiente al
espacio físico provisorio señalado en ese sector en el Anexo XI de la presente
resolución-.
- V -
Oficinas de servicios comunes.
Además de la puesta en funcionamiento de la Unidad de Apoyo para la Violencia
Doméstica -cuestión abordada en una resolución de Fiscalía General contemporánea
con la presente-, la restructuración y reorganización iniciada a través de la Resolución
FG N° 332/12 conlleva también una reasignación del personal a los efectos de poner
en marcha la Unidad de Intervención Temprana para la Unidad Fiscal Oeste.
En este sentido, del análisis efectuado se observó prioritario mantener para la nueva
Unidad Fiscal el esquema de especialización y división estratégica de las funciones
que impone el nuevo modelo organizacional, y que marca de manera característica el
flujo de los nuevos procesos de trabajo, principalmente a partir de la existencia de una
Unidad de Intervención Temprana.
Por ello, a partir del 1° de enero de 2013 habrá de ponerse en funcionamiento la
Unidad de Intervención Temprana de la Unidad Fiscal Oeste que actuará bajo los
mismos parámetros que las demás unidades semejantes de conformidad con los
instrumentos que regulan su actividad -ver Anexo II de la Resolución FG n° 335/09 y
Anexo II de la Resolución FG n° 191/12-.
Con respecto al personal que integrara su estructura, cabe señalar que tratándose de
una reorganización interna del Ministerio Público Fiscal, dicha dependencia se
conformará principalmente por agentes provenientes de la Fiscalía de Transición y de
otras Unidades de Intervención Temprana que le aportarán la experiencia necesaria
en esta instancia inicial del funcionamiento de toda la Unidad Fiscal.
Así las cosas, se habrán de disponer las reasignaciones, promociones y
designaciones estipuladas en el Anexo XVI de la presente resolución, dejándose
constancia que aquellas designaciones vinculadas a los agentes que actualmente no
se desempeñan en el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires operarán
a partir del día 3 de diciembre del año en curso, sin perjuicio de la fecha estipulada
para el comienzo de las actividades formales.
Respecto a ello, durante el transcurso del mes de diciembre del presente año esos
agentes deberán participar de manera obligatoria del Programa de Integración y
Capacitación al cual se hace referencia en el apartado IX de la presente.
En relación a la Unidad de Tramitación Común, teniendo en cuenta que su función
consiste en la tramitación de todas las cuestiones de índole administrativa y la gestión
de las diligencias ordenadas por los fiscales en el marco de los procesos y, por ende,
su naturaleza no justifica la puesta en marcha de una oficina especifica habida cuenta
que en la sede de Paseo Colon 1333 se encuentra funcionando la Unidad de
Tramitación Común de la Unidad Fiscal Sur; será esta última la estructura a través de
la cual los equipos fiscales de la Unidad Fiscal Oeste canalizarán las diligencias de
carácter administrativo.
No obstante ello, dicha circunstancia obligó a efectuar un estudio respecto de la carga
de trabajo que deberá tramitar la nueva Unidad de Tramitación Común Sur/Oeste34, en
base al cual se adoptará la decisión de reforzar su estructura de personal.
De esta manera, a través del Anexo XVII de la presente se habrán de disponer las
reasignaciones, promociones y designaciones de personal a fin de materializar dichas
incorporaciones, las cuales comprenden principalmente a personal de la Fiscalía de
Transición que, conforme se desarrollará en el punto siguiente, será afectado a otras
dependencias del Ministerio Público Fiscal.
Finalmente, en relación a los agentes que no pertenecen actualmente al Ministerio
Público Fiscal y se incorporarán a esta oficina a partir de la presente, cabe reproducir
las mismas consideraciones esgrimidas al analizar la situación de la Unidad de
Intervención Temprana respecto de la fecha a partir de la cual entrará en vigor sus
designaciones, como así también en relación a las actividades de capacitación
obligatorias que deberán realizar, sin perjuicio de comenzar sus actividades
especificas en la Unidad de Tramitación Común Sur.
Los puestos de trabajo provisorios de los nuevos integrantes de la Unidad de
Intervención Temprana de la Unidad Fiscal Oeste, al igual que para aquellos agentes
que integrarán los futuros equipos fiscales de las Unidades Fiscales Oeste y Sur,
están ubicados en el 8° piso de la Av. Paseo Colon 1333, de esta ciudad conforme el
plano aprobado como Anexo XI de la presente-.
- VI -
Reinserción de la Fiscalía de Transición en el nuevo esquema de organización
Conforme se anticipó en la resolución FG n° 332/12, luego de haber cumplido la
trascendental tarea de absorber la totalidad de los casos que tramitaban en las
antiguas Fiscalías -que paulatinamente se iban transformando en las nuevas Unidades
Fiscales-, la Fiscalía de Transición se reinsertará en el nuevo esquema de
organización judicial tomando la posición de un equipo fiscal a partir del día 1 de enero
del año 2013.
Vale señalar que la función desempeñada por esa dependencia permitió que cada
Unidad Fiscal comenzara sus labores sin un caudal de trabajo anterior, extremo de
suma importancia a los efectos de garantizar el éxito de la reforma estructural llevaba
adelante con el nuevo diseño organizacional.
En ese sentido, de acuerdo a lo señalado al momento de detallar la estructura de la
Unidad Fiscal Oeste, la Fiscalía de Transición pasará a integrar dicha Unidad como
equipo fiscal "H", a cargo de su titular, la Dra. Graciela Navarro.
Asimismo, el personal que actualmente integra la Fiscalía de Transición será
redistribuida en el mentado equipo fiscal y en las distintas áreas donde resulta
necesario reforzar su capacidad de funcionamiento -ver en este sentido los anexos de
integración de personal de cada Unidad Fiscal y, en particular, aquel identificado con
el n° XV que detalla el destino de cada uno de los agentes a partir del día 1 de enero
de 2013-.
Del mismo modo, el magistrado que fue designado para colaborar en las tareas que
realiza la Fiscalía de Transición conforme lo señalado en la resolución FG n° 99/12 -
Dr. Adolfo Bórmida- también será reinsertado en el nuevo esquema de organización
como titular del equipo fiscal "D" de la Unidad Fiscal Sudeste.35
En cuanto a la carga de trabajo que pesa sobre esta dependencia, y a los efectos de
no generar un impacto negativo en la implementación de los nuevos equipos fiscales y
en toda la estructura, se dispondrá que los casos que aún continúen en trámite en la
Fiscalía de Transición al día 1 de enero de 2013 pasen a conocimiento del equipo
fiscal "H" de la Unidad Fiscal Oeste, a cargo de la actual titular de la Fiscalía de
Transición.
En base a ello, el equipo fiscal señalado no ingresará al sistema de asignación de
casos por flujo de trabajo y al cuadro de turnos hasta el día 1 de abril del año 2013,
fecha en la cual caducará dicha restricción -ver Anexo correspondiente al cuadro de
turnos general de la Unidad Fiscal Oeste-. No obstante, como ya se mencionó, la labor
de ese equipo fiscal recibirá durante los primeros tres (3) meses del año 2013 la
colaboración de personal del equipo de trabajo de la Oficina de Apoyo Jurídico de la
Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica.36
Sin perjuicio de esto último, se encomendará a la Dra. Graciela Navarro la
presentación de un informe de gestión de ese equipo al día 1 de marzo del año 2013 a
los efectos de evaluar la situación.
- VII -
Diagrama de turnos para las Unidades Fiscales en lo Penal y Contravencional.
Junto con la implementación del nuevo esquema de organización y habiéndose ya
definido el mapa de atribución de competencia territorial de las Unidad Fiscales,
corresponde fijar el cuadro general de turnos quincenales para el fuero penal y
contravencional.
Siguiendo los lineamientos establecidos hasta el momento los equipos especializados
en materia de violencia doméstica no serán incluidos en el cuadro de turnos que se
aprueba como Anexo XVIII, y el cambio en este sentido está dado respecto de los
equipos a cargo de aquellos Fiscales que cumplirán, a su vez, el rol de Coordinador.
Sobre ello, conforme se señaló en el apartado III de la presente, en este nuevo
esquema esos equipos fiscales también ingresarán en el cuadro de turnos.
Otra característica de este nuevo cuadro de turnos es que fue diagramado para los
próximos tres años (2013, 2014 y 2015), circunstancia que dota al sistema de mayor
previsibilidad, principalmente a los efectos de la organización interna de los equipos y
de las eventuales coberturas transitorias que puedan suscitarse.
Por último, resta añadir que el diseño del cuadro contempló la variable de rotación de
los equipos fiscales con la finalidad de que un mismo Fiscal no se encuentre de turno
siempre en el mismo período del año.
No obstante lo expuesto hasta aquí, la nueva conformación de la Unidad Fiscal
Sudeste obliga a diagramar un cuadro de turnos diferente respecto del resto de las
Unidad Fiscales.
En este supuesto en particular, a los cuatro (4) equipos fiscales que ingresarán al
cuadro de turnos -"A", "B", "C" y "E"- se sumarán los equipos fiscales que integran la
Unidad Fiscal con Competencia Especial Única, con la cual comparten la sede y la
supervisión de la Fiscal de Cámara correspondiente.
Dicha incorporación se efectúa de modo tal que por cada quincena que un equipo
fiscal de la Unidad Fiscal Sudeste ingrese de turno habrá siete (7) u ocho (8) días -
según el caso- previstos para que cada equipo fiscal especial responda las consultas
correspondientes al turno de la jurisdicción territorial establecida para dicha Unidad
Fiscal.37
En base a lo señalado hasta aquí, se aprobará como Anexo XIX de la presente
resolución el cuadro de turnos general relativo a la Unidad Fiscal Sudeste.
En virtud de la intervención de los integrantes de la Unidad Fiscal Especializada en el
turno de la Unidad Fiscal Sudeste corresponde abordar algunas temáticas vinculadas
a los procesos de trabajo que establecen las reglas del diseño organizacional judicial,
como por ejemplo el abordaje de los casos detectados en flagrancia.
Las pautas de trabajo establecidas para estos supuestos indican que los mismos no
ingresan al flujo de trabajo normal -a través de la tarea de clasificación que realiza la
Unidad de Intervención Temprana- sino que quedan asignados directamente al equipo
fiscal que se encuentra de turno al momento del episodio fáctico38.
Con el objeto de respetar y garantizar los beneficios que tiene esa modalidad de
trabajo los equipos fiscales especiales continuarán a cargo de los casos en los cuales,
a raíz de la comisión de un delito detectado en flagrancia, se produzca la detención del
imputado, conforme los términos del artículo 152, primera parte, del Código Procesal
Penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Dichos casos permanecerán en la órbita de esos equipos fiscales hasta el momento
en que se resuelva la situación procesal del imputado con relación a la aplicación o no
de las medidas precautorias que resulten pertinentes en el caso.
Es decir que los equipos fiscales especiales, una vez ordenada la libertad del
imputado -conforme los términos del artículo 152, segunda parte, del Código Procesal
Penal- o bien concluida la audiencia estipulada en los artículos 172 y 173 del mismo
cuerpo normativo, remitirán el caso a la Unidad de Intervención Temprana de la
Unidad Fiscal Sudeste a los efectos de que asignen el caso a uno de los equipos que
la integran conforme el mecanismo establecido para ello.
- VIII -
Subrogancias automáticas de los Equipos Fiscales.
Para los fiscales de primera instancia en lo penal y contravencional regirá el mismo
esquema de reemplazos automáticos estipulado en los puntos II) y III) del acápite C)
del artículo 4° de la Resolución FG n° 13/11, salvo que la Fiscalía General -por
cuestiones de índole funcional- disponga un reemplazo diferente.
De esta manera, en caso de vacancia, ausencia, licencia o impedimento del titular de
algún equipo fiscal éste reemplazado automáticamente por el titular del equipo
inmediatamente siguiente, respetando el orden alfabético de cada uno de esos
equipos. En caso de tratarse del último equipo fiscal, éste será reemplazado por el
primero en el orden alfabético.
Por su parte, y en caso de impedimento, ausencia, licencia o vacancia del titular del
equipo fiscal que debiera subrogar o reemplazar a otro conforme lo señalado en el
párrafo anterior, serán los titulares de los equipos fiscales que inmediatamente sigan
en el orden alfabético los que subroguen esos equipos.
- Unidad Fiscal con Competencia Especial Única.
Respecto de la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única, cabe hacer algunas
consideraciones previo a disponer el sistema de subrogancias automáticas para los
equipos fiscales que la integran.
Ello, por cuanto en materia de faltas la asignación de los procesos está estrechamente
vinculada a la agenda de audiencias de juicio a cargo de la Oficina de Apoyo e
Intervención Inicial, y se materializa en el instante en que el Juez interviniente
comunica la fecha en que se desarrollará la misma y no al momento de producirse la
vista al Ministerio Público Fiscal en los términos del art 41 de la ley 1.217.
En consecuencia, la posibilidad de subrogar a un equipo fiscal en un proceso de faltas
estará ligada a la disponibilidad de la agenda del resto de los fiscales y, debido a ello,
no se observa provechoso establecer un mecanismo de subrogancias automáticas en
esta clase de casos.
No obstante ello, en lo que respecta a la intervención en materia penal y
contravencional -según la competencia específica atribuida a esta Unidad Fiscal-, sí se
replicará un mecanismo similar al establecido para las demás Unidades Fiscales.
Es así que, en caso de vacancia, ausencia, licencia o impedimento del titular de algún
Equipo Fiscal será reemplazado por el titular del equipo que continúe inmediatamente
en el orden numérico. En caso de tratarse del último equipo fiscal -equipo fiscal 4-,
éste será reemplazado por el primero en el orden numérico -equipo fiscal 1-.
- IX -
Cronograma para el Programa de Integración y Capacitación de los Agentes
Ingresantes.
A través de la Resolución FG N° 332/12 -ver Anexo XII- se aprobó un programa de
integración y capacitación de carácter obligatorio orientado a facilitar la adaptación de
los recursos humanos que se habrán de incorporar a la planta de personal del
Ministerio Público Fiscal en el marco del proceso de reorganización del fuero penal,
contravencional y de faltas.
En esa oportunidad se determinó el contenido de los talleres de formación y
capacitación a los que deberá asistir el personal que se incorpore a la Institución,
quedando pendiente para esta ocasión fijar las fechas y horarios tentativos en los
cuales se desarrollaran los mismos.
Así las cosas, se habrá de aprobar como Anexo XX de la presente el cronograma
tentativo propuesta por la Secretaría General de Política Criminal y Planificación
Estratégica para la capacitación de aquellas personas designadas a través de la
presente -y de las resoluciones subsiguientes- y que no se desempeñan actualmente
en el ámbito del Ministerio Público Fiscal.
A su vez, se invitará a participar de tales actividades a aquellas personas que se
encuentran en el orden de mérito resultante del concurso n° 42/10 del Consejo de la
Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que no pertenecen a este
Ministerio Público Fiscal.
En cuanto a la faz operativa, los talleres se llevarán a cabo en las distintas salas de
reunión emplazadas en la sede de la Av. Paseo Colón N° 1333 de esta Ciudad,
durante el período comprendido entre el día 3 de diciembre al 17 de diciembre del año
en curso -ver cronograma aprobado en el Anexo XX de la presente resolución-.
Por otro lado, cabe mencionar que los agentes que se incorporarán al Ministerio
Público Fiscal provenientes del Consejo de la Magistratura en cumplimiento de los
términos de la disposición transitoria cuarta de la ley 3318 también deberán transitar
un programa de capacitación de similares características al mencionado, junto con una
serie de visitas a las oficinas de servicios comunes del Ministerio Público Fiscal -
OCRD, OFAVyT, UOD, UIT, UTC, CIJ, entre otras- para conocer e interiorizarse de
sus funciones.
Frente a la posibilidad concreta de que a consecuencia del elevado número de
agentes que provengan del Consejo de la Magistratura se deba organizar más de una
edición de cada de uno de los talleres y de las visitas previstas, se encomendará a la
Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica, por intermedio de
la Oficina de Modernización y Planificación la elaboración de un cronograma
específico que contemple tales circunstancias.
Por último, vale recordar que los agentes que prestan funciones en el Ministerio
Público Fiscal y sean promovidos y/o reasignados a partir de la presente resolución o
de aquellas que se dicten a consecuencia de ésta no deberán cumplir obligatoriamente
con el programa de integración y capacitación aludido y se mantendrán en sus
actuales funciones hasta la fecha de la puesta en marcha del equipo o área donde
fueron promovidos o reasignados.
- X -
Mudanza de equipos fiscales.
Habida cuenta que la reorganización y restructuración de las oficinas judiciales que
aquí se detalla implica el traslado de algunos equipos fiscales a una sede distinta de
donde se emplazan en la actualidad -y que incluye además el traslado de los legajos
que allí tramitan- será necesario establecer un procedimiento ordenado que garantice
la efectiva puesta en funcionamiento de esos equipos a partir del día 1 de enero del
año 2013.
A ese fin, se encomendará al Sr. Secretario General de Coordinación, a través del
Departamento de Infraestructura y Apoyo Operativo, la realización de un cronograma
de mudanzas simultáneas conforme las reasignaciones de los equipos fiscales
señalados en el apartado IV de la presente y cuyo detalle luce en el Anexo aprobado
con el número XXI.
- XI -
Adaptación de los Sistema Informáticos.
Los cambios relativos a la nueva distribución y denominación de algunos equipos
fiscales, como así también la puesta en funcionamiento de la Fiscalía de Cámara y la
Unidad de Intervención Temprana que actuarán en el marco de la Unidad Fiscal
Oeste, requieren de la implementación de algunos ajustes en el sistema informático de
gestión judicial "Kiwi" para asegurar su normal desenvolvimiento.
Además, en muchos casos el cambio de sede y denominación de los equipos fiscales
implica también el traslado de los legajos de investigación y, consecuentemente, la
necesidad de migrar los datos vinculados a cada uno de ellos para que sus registros
se correspondan con el nuevo esquema de organización judicial.
En razón de ello, se requerirá al Departamento de Tecnología y Comunicaciones del
Ministerio Público Fiscal que se efectúen los ajustes y/o modificaciones necesarios en
el mencionado sistema informático de gestión judicial -Kiwi-. Del mismo modo se
solicitará al Departamento de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la realización de las modificaciones
pertinentes en el sistema informático JusCABA.
Finalmente, también se encomendará al Departamento de Tecnología y
Comunicaciones y al Departamento de Infraestructura y Apoyo Operativo del Ministerio
Público Fiscal que se arbitren los medios necesarios para dotar a los espacios físicos
provisorios establecidos para las nuevas dependencias de los elementos de tecnología
indispensables para su normal desenvolvimiento -ver Anexos IV, VII y XI de la
presente resolución, correspondientes a los planos de distribución de espacios físicos
provisorios en las sedes de los edificios sito en la calle Combate de los Pozos 155, en
la calle Beruti 3345 y en la Av. Paseo Colon 133, de esta ciudad-.
- XII -
Aspecto Presupuestario y Contable.
A los efectos de la previsión presupuestaria correspondiente se ha puesto en
conocimiento de la Oficina de Programación y Control Presupuestario y Contable los
cambios que a nivel de recursos humanos conllevará la reorganización y
reestructuración del fuero penal, contravencional y de faltas y la ampliación de los
cargos que estipula la ley 3318, dejándose constancia acerca de la existencia de las
partidas presupuestarias necesarias para afrontar los gastos que implica.
Finalmente, cabe señalar también que no se observan obstáculos que impidan realizar
las reasignaciones, promociones y/o designaciones en la estructura interna que aquí
se efectúan de conformidad a lo establecido en la ley 1903 y en los dictámenes de la
Procuración General de la CABA, de la Oficina de Despacho Legal y Técnica, y la
Auditoría Interna del Ministerio Público, N° 071843-PG-09, ODLYT 29/09 y 01-UAIMP-
09, respectivamente.
Por las razones expuestas a lo largo de la presente resolución, en función de la
autonomía y autarquía que el artículo 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires le asigna al Ministerio Público Fiscal, y de acuerdo con las facultades
que derivan de los artículos 1, 3, 4, 5, 16, 17, 18, 21, 22, 23, 29, 34 y concordantes de
la Ley 1.903 y de las modificaciones introducidas por la Ley 3.318,
Artículo 1°: Proseguir con el proceso de reorganización y reestructuración de las
oficinas judiciales del fuero penal, contravencional y de faltas iniciado a través de la
Resolución FG N° 332/12.
Artículo 2°: Iniciar la segunda etapa del cronograma de implementación para la
reorganización del fuero penal, contravencional y de faltas que fuera aprobado como
Anexo IV de la resolución señalada en el artículo anterior.
Artículo 3°: Aprobar el mecanismo de reemplazos o subrogancias automáticas para las
Fiscalías de Cámara del fuero penal, contravencional y de faltas descripto en el
apartado II de la presente resolución, que entrará en vigencia a partir del día de la
fecha.
Artículo 4: Derogar el esquema de reemplazos automáticos previsto para las Fiscalías
de Cámara del fuero penal, contravencional y de faltas en el artículo 4 de la resolución
FG n° 13/11.
Artículo 5°: Aprobar los lineamientos básicos establecidos para la actuación de los
Fiscales Coordinadores en el marco del nuevo esquema de organización judicial que
regirá a partir del día 1° de enero del año 2013, conforme los términos esgrimidos en
el apartado III de la presente.
Artículo 6°: Encomendar al Sr. Secretario General de Política Criminal y Planificación
Estratégica la elevación de una propuesta concerniente a las misiones y funciones que
regirán la actividad del Secretario de Gestión Jurisdiccional
Artículo 7°: Aprobar el esquema de reorganización judicial de los fiscales del fuero
penal, contravencional y de faltas que entrará en vigencia a partir del día 1° de enero
de 2013, conforme el organigrama que integra la presente resolución como Anexo I.
Artículo 8°: Aprobar la conformación de los equipos fiscales en lo penal y
contravencional que integrarán la Unidad Fiscal Norte a partir del día 1° de enero del
año 2013, conforme el cuadro incorporado en el Anexo II de la presente resolución.
Artículo 9°: Disponer la puesta en funcionamiento de los nuevos equipos fiscales "G" y
"H" de la Unidad Fiscal Norte a partir del día 1° de enero de 2013 y aprobar el
mecanismo para la inserción de dichos equipos fiscales en el funcionamiento de esa
Unidad Fiscal, conforme el sistema desarrollado en el Apartado IV a) de la presente
resolución.
Artículo 10°: Disponer la reasignación y/o designación -según el caso- del personal
que prestará funciones en los nuevos equipos fiscales "G" y "H" de la Unidad Fiscal
Norte, de conformidad con lo que surge del Anexo III de la presente resolución.
Artículo 11°: Aprobar como Anexo IV de la presente resolución el plano de asignación
de espacios físicos provisorios de la sede del edifico de la calle Combate de los Pozos
155, Piso 8°, de esta ciudad, destinado para los equipos fiscales "G" y "H" de la Unidad
Fiscal Norte.
Artículo 12°: Designar al Dr. Norberto Brotto, titular del equipo fiscal "E", como Fiscal
Coordinador de la Unidad Fiscal Norte a partir del 1° de enero del año 2013 y por el
plazo de seis (6) meses, es decir hasta el día 30 de junio del año próximo inclusive.
Artículo 13°: Asignar al futuro equipo fiscal "D" de la Unidad Fiscal Norte a cargo de la
Dra. Gabriela Morelli, a partir del día 1° de enero del año 2013, la función de equipo
especializado en el tratamiento y abordaje de los casos que presentan indicadores de
violencia doméstica, conforme los términos de la resolución FG n° 16/10.
Artículo 14°: Aprobar la conformación de los equipos fiscales en lo penal y
contravencional que integrarán la Unidad Fiscal Este a partir del día 1° de enero del
año 2013, conforme el cuadro incorporado en el Anexo V de la presente resolución.
Artículo 15°: Estar a lo dispuesto en las resoluciones suscriptas en el día de la fecha
con relación a la puesta en funcionamiento del equipo fiscal "G" de la Unidad Fiscal
Este y la designación de su titular a partir del día 1 de diciembre del año en curso.
Artículo 16°: Aprobar el mecanismo para la inserción del equipo fiscal "G" en el
funcionamiento de la Unidad Fiscal Este, conforme el sistema desarrollado en el
apartado IV b) de la presente resolución.
Artículo 17°: Disponer las designaciones del personal que prestará funciones en el
nuevo equipo fiscal "G" de la Unidad Fiscal Este, de conformidad con lo que surge del
Anexo VI de la presente resolución.
Artículo 18°: Aprobar como Anexo VII de la presente resolución el plano de asignación
de espacios físicos provisorios de la sede del edifico de la calle Beruti 3345, Piso 3°,
de este ciudad, destinado al equipo fiscal "G" de la Unidad Fiscal Este.
Artículo 19°: Designar a la Dra. Daniela Dupuy, titular del equipo fiscal "A", como Fiscal
Coordinador de la Unidad Fiscal Este a partir del 1° de enero del año 2013 y por el
plazo de seis (6) meses, es decir hasta el día 30 de junio del año próximo inclusive.
Artículo 20°: Asignar nuevamente al equipo fiscal "D" de la Unidad Fiscal Este a cargo
de la Dra. Genoveva Cardinali, a partir del día 1° de enero del año 2013, la función de
equipo especializado en el tratamiento y abordaje de los casos que presentan
indicadores de violencia doméstica, conforme los términos de la resolución FG n°
16/10.
Artículo 21°: Aprobar la conformación de los equipos fiscales en lo penal y
contravencional que integrarán la Unidad Fiscal Sudeste a partir del día 1° de enero
del año 2013, conforme el cuadro incorporado en el Anexo VIII de la presente
resolución.
Artículo 22°: Designar a la Dra. Claudia Barcia, futura titular del equipo fiscal "A", como
Fiscal Coordinador de la Unidad Fiscal Sudeste a partir del 1° de enero del año 2013 y
por el plazo de seis (6) meses, es decir hasta el día 30 de junio del año próximo
inclusive.
Artículo 23°: Asignar al futuro equipo fiscal "D" de la Unidad Fiscal Sudeste a cargo del
Dr. Adolfo Bórmida, a partir del día 1° de enero del año 2013, la función de equipo
especializado en el tratamiento y abordaje de los casos que presentan indicadores de
violencia doméstica, conforme los términos de la resolución FG n° 16/10.
Artículo 24°: Aprobar la conformación de los equipos fiscales en lo penal y
contravencional que integrarán la Unidad Fiscal Sur a partir del día 1° de enero del año
2013, conforme el cuadro incorporado en el Anexo IX de la presente resolución.
Artículo 25°: Disponer, a través de las reasignaciones, promociones y designaciones
que correspondan, la nueva integración de personal de los equipos fiscales "C", "E",
"F" y "G" de la Unidad Fiscal Sur, de conformidad con lo que surge del Anexo X de la
presente resolución.
Artículo 26: Aprobar el mecanismo para la inserción de los equipos fiscales "C", "E",
"F" y "G" en el funcionamiento de la Unidad Fiscal Sur, conforme el sistema
desarrollado en el apartado IV d) de la presente resolución.
Artículo 27°: Aprobar como Anexo XI de la presente resolución el plano de asignación
de espacios físicos provisorios de la sede del edifico de la Av. Paseo Colón, Piso 8°,
de esta ciudad, destinado a los integrantes de los futuros equipos fiscales de la Unidad
Fiscal Sur y la Unidad Fiscal Oeste, y a los integrantes de la Unidad de Intervención
Temprana de éste última, hasta tanto comiencen las actividades de cada una de esas
dependencias.
Artículo 28°: Designar al Dr. Aníbal Brunet, futuro titular del equipo fiscal "A", como
Fiscal Coordinador de la Unidad Fiscal Sur a partir del 1° de enero del año 2013 y por
el plazo de seis (6) meses, es decir hasta el día 30 de junio del año próximo inclusive.
Artículo 29°: Asignar al futuro equipo fiscal "D" de la Unidad Fiscal Sur, a partir del día
1° de enero del año 2013, la función de equipo especializado en el tratamiento y
abordaje de los casos que presentan indicadores de violencia doméstica, conforme los
términos de la resolución FG n° 16/10.
Artículo 30°: Aprobar la conformación de los equipos fiscales en lo penal y
contravencional que integrarán la nueva Unidad Fiscal Oeste a partir del día 1° de
enero del año 2013, conforme el cuadro incorporado en el Anexo XII de la presente
resolución.
Artículo 31°: Establecer la puesta en funcionamiento de los equipos fiscales
identificados con la letras "A", "B", "C", "D", "E", "F", "G" y "H" de la Unidad Fiscal Oeste
a partir de la fecha indicada en el artículo anterior.
Artículo 32°: Disponer las designaciones del personal que prestará funciones en el
nuevo equipo fiscal "B" de la Unidad Fiscal Oeste, de conformidad con lo que surge del
Anexo XIII de la presente resolución.
Artículo 33°: Designar al Dr. Luis Duacastella Arbizu, futuro titular del equipo fiscal "E",
como Fiscal Coordinador de la Unidad Fiscal Oeste a partir del 1° de enero del año
2013 y por el plazo de seis (6) meses, es decir hasta el día 30 de junio del año
próximo inclusive.
Artículo 33°: Asignar al futuro equipo fiscal "D" de la Unidad Fiscal Oeste, a partir del
día 1° de enero del año 2013, la función de equipo especializado en el tratamiento y
abordaje de los casos que presentan indicadores de violencia doméstica, conforme los
términos de la resolución FG n° 16/10.
Artículo 34°: Disponer la reinserción de la actual Fiscalía de Transición en el nuevo
esquema de organización de las oficinas judiciales del fuero penal, contravencional y
de faltas, que pasará integrar la nueva Unidad Fiscal Oeste bajo la denominación de
equipo fiscal "H" a cargo de la Dra. Graciela Navarro a partir del día 1 de enero del año
2013, conforme las pautas establecidas en el apartado VI de la presente resolución.
Artículo 35°: Disponer la integración del equipo fiscal "H" de la Unidad Fiscal Oeste a
través de la reasignación de personal que actualmente presta servicios en la Fiscalía
de Transición, conforme el detalle que luce en el Anexo XIV de la presente resolución.
Artículo 36°: Disponer, conforme el detalle efectuado en el Anexo XV de la presente
resolución, la reasignación de la totalidad del personal de la actual Fiscalía de
Transición en las diferentes oficinas del Ministerio Público Fiscal a partir del día 1 de
enero de 2013, manteniendo su actual situación de revista.
Artículo 37°: Encomendar a la Dra. Graciela Navarro, titular del futuro equipo fiscal "H"
de la Unidad Fiscal Oeste, la realización de un informe de gestión respecto de la carga
de trabajo de ese equipo al día 1 de marzo del año 2013, el cual deberá ser elevado a
la Fiscalía General a través de la Secretaría General de Política Criminal y
Planificación Estratégica.
Artículo 38°: Poner en funcionamiento la Unidad de Intervención Temprana (U.I.T.) que
conformará la estructura de la nueva Unidad Fiscal Oeste, a partir del día 1 de enero
de 2013.
Artículo 39°: Disponer las reasignaciones, promociones y/o designaciones -según el
caso- del personal que prestará funciones en la Unidad de Intervención Temprana
(U.I.T.) de la Unidad Fiscal Oeste, conforme el detalle que luce como Anexo XVI de la
presente resolución.
Artículo 40°: Disponer las reasignaciones y/o designaciones del personal que
fortalecerá la estructura de la actual Unidad de Tramitación Común (U.T.C.) de la
Unidad Fiscal Sur que, a partir del día 1° de enero de 2013, también asistirá a la labor
de los equipos fiscales que integran la Unidad Fiscal Oeste, conforme el Anexo XVII
que forma parte integral de la presente resolución.
Artículo 41°: Encomendar a los actuales Fiscales Coordinadores de la Unidad Fiscal
Norte y en la Unidad Fiscal Sur y al titular de la Fiscalía de Cámara Oeste la remisión
de la información vinculada al promedio de casos en trámite de los equipos que
conformarán esas Unidad Fiscales a la Secretaría General de Política Criminal y
Planificación Estratégica del Ministerio Público Fiscal, teniendo como referencia el
último día hábil del corriente año.
Artículo 42°: Hacer saber a los Fiscales Coordinadores designados en los artículos
12°, 27° y 33° que deberán arbitrar los medios necesarios para que se de
cumplimiento con el proceso de incorporación de los nuevos equipos fiscales al
funcionamiento de las Unidades Fiscal Norte, Sur y Oeste respectivamente, conforme
los lineamientos previstos en el apartado IV, secciones a), d) y e).
Artículo 43°: Disponer que las reasignaciones y/o promociones del personal que
actualmente presta servicios en el Ministerio Público Fiscal enumeradas en los
artículos 10°, 17°, 25°, 32°, 39° y 40° de la presente resolución operarán a partir del
día 1 de enero del año 2013.
Artículo 44°: Disponer que las designaciones del personal que actualmente no presta
servicios en el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
enumeradas en los artículos y Anexos señalados en el punto anterior operarán a partir
del día 3 de diciembre del año 2012, fecha en la cual comienza el Programa de
Integración y Capacitación para los Agentes Ingresantes mencionado en el apartado
IX de la presente resolución.
Artículo 45°: Aprobar el "Cuadro General de Turnos de las Equipos Fiscales
correspondientes a las Unidades Fiscales Norte, Este, Sur y Oeste" para el período
2013- 2015, que se adjunta como Anexo XVIII de la presente resolución.
Artículo 46°: Aprobar el "Cuadro General de Turnos de las Equipos Fiscales
correspondientes a la Unidad Fiscal Sudeste" para el período 2013- 2015, que se
adjunta como Anexo XIX de la presente resolución.
Artículo 47°: Aprobar el sistema de reemplazos y subrogancias automáticas de los
equipos fiscales que integran la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única,
conforme lo señalado en la última parte del apartado VIII de la presente resolución.
Artículo 48°: Aprobar provisoriamente el "Cronograma del Programa de Integración y
Capacitación para Agentes Ingresantes" que se adjunta como Anexo XX de la
presente, el cual tiene carácter obligatorio para aquellos agentes contemplados en el
artículo 44° de la presente resolución.
Artículo 49°: Invitar a los integrantes de la nómina correspondiente al orden de mérito
del concurso n° 42/10 del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires a participar del Programa de Integración y Capacitación para Agentes
Ingresante señalado en el artículo anterior.
Artículo 50°: Encomendar al Sr. Secretario General de Coordinación que, a través del
Departamento de Infraestructura y Apoyo Operativo del Ministerio Público Fiscal, se
elabore un cronograma de mudanzas para aquellos equipos fiscales que deberán
trasladarse a su nueva sede de acuerdo al nuevo esquema de organización judicial y
cuyo detalle luce en el Anexo XXI de la presente resolución.
Artículo 51°: Encomendar al Departamento de Tecnología y Comunicaciones del
Ministerio Público Fiscal que, en base a las consideraciones efectuadas en la presente
resolución, se efectúen los ajustes y/o modificaciones en el sistema informático de
gestión judicial "Kiwi", con la finalidad de garantizar el pleno funcionamiento de los
equipos fiscales y las oficinas de servicios a partir del día 1 de enero del año 2013.
Artículo 52°: Solicitar al Sr. Presidente del Consejo de la Magistratura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires tenga a bien disponer lo necesario para que, a través del
Departamento de Informática y Tecnología, se efectúen en el sistema informático
JusCABA los ajusten que reflejen los cambios fijados en el nuevo esquema de
organización judicial, que son detallados en la presente resolución.
Artículo 53°: Encomendar al Departamento de Infraestructura y Apoyo Operativo del
Ministerio Público Fiscal que, en conjunto con la Secretaría General de Política
Criminal y Planificación Estratégica la elaboración de un proyecto integral para la
debida ubicación de cada una de las áreas que componen la Unidad Fiscal Sudeste y
la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única, que respete las cuestiones de
índole funcional que hacen a la actividad propia de cada una de ellas. Asimismo, el
proyecto deberá contemplar la forma de disponer de los espacios físicos necesarios
para los nuevos agentes de los equipos fiscales de la Unidad de Intervención
Temprana de la Unidad Fiscal Oeste y el refuerzo de personal previsto para la Unidad
de Tramitación Común que apoyará la labor de la Unidad Fiscal Sur y la Oeste.
Artículo 54°: Encomendar al Departamento de Tecnología y Comunicaciones y al
Departamento de Infraestructura y Apoyo Operativo del Ministerio Público Fiscal que
se arbitren los medios necesarios para dotar a los espacios físicos provisorios
establecidos en los artículos 11°, 18° y 27° para las nuevas dependencias, de los
elementos de tecnología indispensables para su normal desenvolvimiento.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en la página de Internet del Ministerio
Público Fiscal, comuníquese por nota al Sr. Fiscal General Adjunto en lo Penal,
Contravecional y de Faltas, a los Fiscales de Cámara del mismo fuero y a Fiscales de
Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas; al Sr. Presidente del
Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Sr. Presidente
de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas, y por su
intermedio a todos los jueces de primera instancia de ese fuero, al Sr. Defensor
General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Sra. Asesora General Tutelar de la Ciudad
de Buenos Aires, al Sr. Secretario General de Política Criminal y Planificación
Estratégica; al Sr. Secretaría General de Coordinación, al Sr. Secretario General de
Acceso a Justicia y derechos Humanos, a la Dirección de Tecnología e Informática del
Consejo de la Magistratura; a los Departamentos de Tecnología y Comunicaciones, de
Infraestructura y Apoyo Operativo, y de Relaciones Laborales del Ministerio Público
Fiscal. Oportunamente, archívese. Garavano
ANEXOS