RESOLUCIÓN 20 2012 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

  ESTABLECEN PROCEDIMIENTOS QUE DEBERÁN TRAMITARSE POR EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - EE - SADE -  FERIAS ARTESANALES -  PRODUCTIVAS -  RÉGIMEN DE INSERCIÓN LABORAL DE LA MUJER -  RÉGIMEN DE EMPLEO MAYORES DE 45 AÑOS - INSCRIPCIÓN REGISTRO DE TINTORERÍAS -  SUBSIDIOS -  BAMUSICA -   PROTEATRO -  INSTITUTO ENSEÑANZA  ARTÍSTICA - PLANES DE ESTUDIO - INSCRIPCIÓN REGISTRO EMPRESAS DE SERVICIOS DE EMERGENCIAS -  CONTRATOS LOCALES BAILABLES - EMPRESAS DE EMERGENCIAS  -  REGISTRO DE EMPRESAS DE SERVICIOS FÚNEBRES- - CEMENTERIOS  - MEDIDAS DE NO INNOVAR -  BÓVEDA-PANTEÓN ROBO 

Publicación:

05/12/2012

Sanción:

29/11/2012

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


VISTO:

Las Leyes Nros. 3.304 y 4.013, los Decretos Nros. 589/09 y 196/11, y el Expediente N°

EX-2012-02478838- MGEYA-DGMAD

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública, este

Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas

tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites

administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para

su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos;

Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el

Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE

-que, asimismo, facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas necesarias

para la implementación y funcionamiento de dicho sistema;

Que posteriormente, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la

Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un

proceso de modernización administrativa;

Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado

"Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación",

se dispuso entre sus actividades "...desarrollar la arquitectura tecnológica para la

implementación del expediente electrónico";

Que en ese marco, por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del

"Expediente Electrónico", en los términos de la Ley N° 3.304;

Que dicho Decreto encomendó a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Secretaría

Legal y Técnica a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias

que resulten necesarias;

Que por su parte el artículo 26 de la Ley de Ministerios N° 4.013 designa al Ministerio

de Modernización como la Autoridad de Aplicación del referido Plan de Modernización

de la Administración Pública, quedando además facultado a diseñar e implementar las

políticas de incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura

informática y sistemas y tecnologías de gestión, del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que asimismo dicha Ley establece que le corresponde a la Jefatura de Gabinete, en

forma conjunta con el Ministerio de Modernización, diseñar, coordinar y verificar la

implementación de las políticas de gobierno electrónico y tecnologías de la información

para el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad;

Que en ese marco y con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la

transparencia a fin de poder potenciar su labor, este Gobierno ha buscado

estandarizar procesos, procedimientos y tareas inherentes a diferentes trámites

administrativos;

Que asimismo distintas normas han previsto la incorporación de trámites

administrativos al Expediente Electrónico como herramienta de gestión administrativa;

Que en esta instancia resulta pertinente avanzar en el proceso de incorporación de

trámites al Expediente Electrónico, a fin de dar cumplimiento al Decreto N° 196/11.

Por ello y en uso de las facultades que les son propias,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS Y

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

RESUELVEN

Artículo 1°.- Establécese que deberán tramitar por Expediente Electrónico utilizando el

Módulo "EE" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, de

conformidad con lo establecido en el Decreto N° 196/11, los procedimientos de:

- Excepción Resolución N° 4-MJGGC-MMGC-MHGC-2012

- Licitación Penalidad Art. 126 Ley 2095

- Ferias Artesanales/ Productivas

- Régimen de Inserción Laboral de la Mujer

- Régimen de Empleo mayores de 45 años

- Inscripción Registro de Laboratorios de Determinaciones Ambientales (RELADA)

- Bibliotecas - Liquidación de Expensas

- Inscripción Registro de Tintorerías

- Inscripción Registro de Profesionales de Tintorerías - Mecánico

- Inscripción Registro de Laboratorios para Análisis de PCB\\\\\'s

- Inscripción Registro de Poseedores de PCB\\\\\'s

- Cultura - Subsidios BAMUSICA

- Cultura - Subsidios PROTEATRO

- Solicitud de Imagen y/o Sonido

- Instituto Enseñanza Artística - Planes de Estudio

- Inscripción Registro Empresas de Servicios de Emergencias

- Inscripción Contratos Locales Bailables - Empresas de Emergencias.

- Instalación/Mantenimiento Cinemómetros

- Solicitud de empleo

- Inscripción al Registro de Empresas de Servicios Fúnebres

- Cementerios Medidas De No Innovar

- Bóveda/Panteón Robo/ Hurto en Cementerios

- Vía Pública - Pago de Daños Ocasionados

Artículo 2°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas

las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad

de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a los

Organismos Descentralizados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,

archívese. Ibarra - Rodríguez Larreta - Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Res. 20-MMGC-MJGGC-SECLYT-12 establece el uso del EE en el Sistema SADE de distintos trámites, en los términos del Dec. 196-11
COMPLEMENTA
Res. 20-MMGC-MJGGC-SECLYT-12 establece el uso del EE en el Sistema SADE, de la excepción previstas en la Res. 4-MMGC-MJGGC-SECLYT-12