RESOLUCIÓN 21 2012 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Síntesis:
SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS - SADE - ESTABLECEN PROCEDIMIENTOS QUE DEBERÁN TRAMITARSE POR EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - EE - IMPUESTOS - PATENTES - LICENCIAS DE REMISES - PLAN DE EVACUACIÓN - TRANSFERENCIA DE FONDOS - ESTABLECIMIENTOS DE GESTIÓN PRIVADA - SUBSIDIOS POR INUNDACIONES
Publicación:
18/12/2012
Sanción:
12/12/2012
Organismo:
MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VISTO:
Las Leyes Nros. 3.304 y 4.013, los Decretos Nros. 589/09 y 196/11, y el Expediente N°
EX-2012-02646237-MGEYA-DGMAD, y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública, este
Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas
tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites
administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para
su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos;
Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el
Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -
SADE-que, asimismo, facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas
necesarias para la implementación y funcionamiento de dicho sistema;
Que posteriormente, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la
Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un
proceso de modernización administrativa;
Que en el Capitulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado
"Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación",
se dispuso entre sus actividades "...desarrollar la arquitectura tecnológica para la
implementación del expediente electrónico";
Que en ese marco, por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del
"Expediente Electrónico", en los términos de la Ley N° 3.304;
Que dicho Decreto encomendó, a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la
Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y
complementarias que resulten necesarias;
Que por su parte el artículo 26 de la Ley de Ministerios N° 4.013 designa al Ministerio
de Modernización como la Autoridad de Aplicación del referido Plan de Modernización
de la Administración Pública, quedando además facultado a diseñar e implementar las
políticas de incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura
informática y sistemas y tecnologías de gestión, del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que asimismo dicha Ley establece que le corresponde a la Jefatura de Gabinete, en
forma conjunta con el Ministerio de Modernización, diseñar, coordinar y verificar la
implementación de las políticas de gobierno electrónico y tecnologías de la información
para el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad;
Que en ese marco y con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la
transparencia a fin de poder potenciar su labor, este Gobierno ha buscado
estandarizar procesos procedimientos y tareas inherentes a diferentes trámites
administrativos;
Que asimismo distintas normas han previsto la incorporación de trámites
administrativos al Expediente Electrónico como herramienta de gestión administrativa;
Que en esta instancia resulta pertinente avanzar en el proceso de incorporación de
trámites al Expediente Electrónico, a fin de dar cumplimiento al Decreto N° 196/11.
Por ello y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Establécese que deberán tramitar por Expediente Electrónico utilizando el
Módulo "EE" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, de
conformidad con lo establecido en el Decreto N° 196/11, los procedimientos de:
-Impuestos Generales -Marcación cheque rechazado
-Impuesto sobre los Ingresos Brutos (ISIB)-Constancia de no inscripción
-Impuesto Inmobiliario -Desdoblamiento de deuda
-Impuesto de sellos -Baja de débito
-Patentes -Cambio de alícuota transporte de carga
-Cultura -Subsidios Prodanza
Licencia de Remises
-Licencias Transporte de Carga
-Subsidios por Inundaciones
-Plan de Evacuación
-Alumbrado Traslado de Elementos e Instalaciones
-Inscripción Registro al RAC
-Escuelas-Penalización Servicios de Comedor
-Transferencia de Fondos. Establecimientos de Gestión Privada
Artículo 2°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas
las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a los
Organismos Descentralizados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,
archívese. Ibarra - Rodríguez Larreta - Clusellas