ORDENANZA 32940 1976
Síntesis:
OBLIGATORIO - OBLIGATORIEDAD - NUMERACIÓN DE ACCESOS A LA VÍA PÚBLICA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - NÚMERO - PAGO - DERECHO DE CERTIFICACIÓN DE NUMERACIÓN - CHAPA DE NUMERACIÓN - PROPIETARIOS - CONSTRUCTORES - PROPIEDADES - ENTRADA - PUERTA - LETRAS - NÚMERO DE LA CASA - ALTURA - TAMAÑO - FORMATO
Publicación:
08/07/1976
Sanción:
02/07/1976
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Promulgación:
02/07/1976
Estado:
No vigente
Tipo de relación
Norma relacionada
Detalle
DEROGADA POR
<p>Art. 65 de la Ley N° 6437 abroga la Ordenanza N° 32.940 (Texto Consolidado por Ley 6347).</p><p> <strong>Vigencia a partir del día 01 de enero de 2022</strong></p>
COMPLEMENTA
Art 7 de la Ord 32940 establece que la propiedad que no posea el número que se le haya asignado, será pasible de las sanciones que determine el Régimen de Penalidades aprobado por Ord 24423
MODIFICADA POR
<p>Punto 32 del Anexo II de la Ley 451, deroga el artículo 7 de la Ordenanza 32.940 (Multa por chapa de numeración).</p>