RESOLUCIÓN 3645 2012 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE PROPUESTAS INSTITUCIONALES Y CURRICULARES  - TRAYECTOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL Y CONTINUA - EQUIPO TÉCNICO - ASESORAMIENTO - INFORME ANUAL - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA 

Publicación:

08/03/2013

Sanción:

26/12/2012

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO:

Los Decretos N° 472/2010, N° 335/2011, N° 660/2011 Decreto N° 226/2012 y las

Resoluciones N° 2.792/MEGC/2010, N° 5.556/MEGC/2011 y la N° 100/MEGC/2012, y

el Expediente N° 1.100.682/2012; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 472/2010 se creó la Dirección Operativa de Educación y

Trabajo dependiente de la entonces Subsecretaria de Inclusión Escolar y Coordinación

Pedagógica;

Que por Decreto N° 335/2011 se dispone que todas las Direcciones Operativas

creadas por distintos Decretos de estructura se denominaran Gerencia Operativa;

Que por Decreto N° 660/2011 se aprobó la nueva estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires y se establecieron los objetivos y responsabilidades primarias de cada una de

sus unidades de organización;

Que por Decreto N° 226/2012 se modificó parcialmente el Decreto N° 660/2011,

aprobando la estructura del Ministerio de Educación correspondiente al Régimen

Gerencial, encomendado a la Gerencia Operativa de Educación y Trabajo,

dependiente de la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica,

planificar, desarrollar y evaluar acciones de Formación Profesional con el objetivo de

formar trabajadores para todos los niveles de responsabilidades del sector económico-

productivo, tanto industrial como de servicios;

Que por Resolución N° 2.792/MEGC/2010 se aprobaron los criterios para la definición

de certificados, títulos y el planeamiento de la oferta de educación técnico profesional;

Que por Resolución N° 5.556/MEGC/2011 se reconoció a las instituciones educativas

de gestión privada incorporadas a la enseñanza oficial la posibilidad de implementar

ofertas de formación profesional en los términos de los artículos N° 9; 13 y

concordantes de la Ley N° 26.058 y se aprobó el "Procedimiento para la Aprobación

de Trayectos Formativos, Itinerarios y Módulos de Formación Inicial y Continua";

Que a través de la norma citada precedentemente se instruyó la conformación en la

entonces Dirección Operativa de Educación y Trabajo, de un equipo técnico con

representación en iguales proporciones de la Gerencia Operativa de Educación y

Trabajo, de la Dirección General de Planeamiento Educativo y de la Dirección General

de Educación de Gestión Privada;

Que por Resolución N° 100/MEGC/2012 se delegó a favor de la Subsecretaría de

Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica la aprobación de cursos, títulos y

postítulos;

Que resulta necesario establecer los criterios para la certificación de la oferta de

formación profesional y la evaluación de los trayectos de formación profesional inicial o

continua, especificando el régimen de evaluación de postítulos técnicos de nivel

superior en la órbita de la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación

Pedagógica.

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1.- Apruébanse los criterios para la evaluación de propuestas institucionales y

curriculares de los trayectos de formación profesional inicial y continua dispuestos en

el Anexo I el que, a todos sus efectos, forma parte integrante de la presente.

Articulo 2.- Dispónese que para la conformación del equipo técnico, referido por el

artículo 4° de la Resolución N° 5.556/MEGC/2011, cada uno de los órganos indicados

designará mediante acto administrativo pertinente 2 (dos) representantes titulares y

1(uno) suplente y lo comunicaran fehaciente a la Subsecretaría de Gestión Educativa y

Coordinación Pedagógica.

Artículo 3.- Establecése que la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación

Pedagógica designará un referente para que se integre al equipo técnico mencionado

en artículo 2° de la presente, a los efectos de brindar asesoramiento atendiendo a los

criterios que observa la Comisión Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de

Capacitación y Perfeccionamiento Docente.

Artículo 4.- Encomiéndase al equipo técnico, referido por el artículo 4° de la

Resolución N° 5.556/MEGC/2011, la presentación a la Subsecretaría de Gestión

Educativa y Coordinación Pedagógica de un informe anual de la oferta formativa de

educación técnico profesional que permita detectar vacancias y/o superposiciones que

generen información sustantiva para el planeamiento educativo.

Artículo 5.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, y pase para su conocimiento y demás efectos a la Subsecretaría de

Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica, a las Direcciones Generales de de

Administración de Recursos, de Planeamiento Educativo, de Coordinación Legal e

Institucional, de Educación de Gestión Estatal y de Educación de Gestión Privada, a la

Coordinación de Clasificación y Disciplina Docente, a la Comisión Permanente de

Anexo de Títulos y Cursos de Capacitación y Perfeccionamiento Docente y a la

Gerencia Operativa de Educación y Trabajo. Cumplido, archívese. Bullrich


ANEXOS

ANEXO

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4108

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 3º de la Resolucion N° 3099-MEDGC/21 deja sin efecto los Artículos 4°, 5° y 7° de la Resolución 3645/MEGC/12, y toda aquella normativa que se contraponga con los términos y alcances de la presente Resolución.</p>
INTEGRADA POR
Res. 786-SSGECP-13 Para la presentación de proyectos, se deberá observar, los criterios establecidos por la Res.3645-MEGC-12