RESOLUCIÓN 3645 2012 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE PROPUESTAS INSTITUCIONALES Y CURRICULARES - TRAYECTOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL Y CONTINUA - EQUIPO TÉCNICO - ASESORAMIENTO - INFORME ANUAL - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA
Publicación:
08/03/2013
Sanción:
26/12/2012
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO:
Los Decretos N° 472/2010, N° 335/2011, N° 660/2011 Decreto N° 226/2012 y las
Resoluciones N° 2.792/MEGC/2010, N° 5.556/MEGC/2011 y la N° 100/MEGC/2012, y
el Expediente N° 1.100.682/2012; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 472/2010 se creó la Dirección Operativa de Educación y
Trabajo dependiente de la entonces Subsecretaria de Inclusión Escolar y Coordinación
Pedagógica;
Que por Decreto N° 335/2011 se dispone que todas las Direcciones Operativas
creadas por distintos Decretos de estructura se denominaran Gerencia Operativa;
Que por Decreto N° 660/2011 se aprobó la nueva estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y se establecieron los objetivos y responsabilidades primarias de cada una de
sus unidades de organización;
Que por Decreto N° 226/2012 se modificó parcialmente el Decreto N° 660/2011,
aprobando la estructura del Ministerio de Educación correspondiente al Régimen
Gerencial, encomendado a la Gerencia Operativa de Educación y Trabajo,
dependiente de la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica,
planificar, desarrollar y evaluar acciones de Formación Profesional con el objetivo de
formar trabajadores para todos los niveles de responsabilidades del sector económico-
productivo, tanto industrial como de servicios;
Que por Resolución N° 2.792/MEGC/2010 se aprobaron los criterios para la definición
de certificados, títulos y el planeamiento de la oferta de educación técnico profesional;
Que por Resolución N° 5.556/MEGC/2011 se reconoció a las instituciones educativas
de gestión privada incorporadas a la enseñanza oficial la posibilidad de implementar
ofertas de formación profesional en los términos de los artículos N° 9; 13 y
concordantes de la Ley N° 26.058 y se aprobó el "Procedimiento para la Aprobación
de Trayectos Formativos, Itinerarios y Módulos de Formación Inicial y Continua";
Que a través de la norma citada precedentemente se instruyó la conformación en la
entonces Dirección Operativa de Educación y Trabajo, de un equipo técnico con
representación en iguales proporciones de la Gerencia Operativa de Educación y
Trabajo, de la Dirección General de Planeamiento Educativo y de la Dirección General
de Educación de Gestión Privada;
Que por Resolución N° 100/MEGC/2012 se delegó a favor de la Subsecretaría de
Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica la aprobación de cursos, títulos y
postítulos;
Que resulta necesario establecer los criterios para la certificación de la oferta de
formación profesional y la evaluación de los trayectos de formación profesional inicial o
continua, especificando el régimen de evaluación de postítulos técnicos de nivel
superior en la órbita de la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación
Pedagógica.
Por ello,
Artículo 1.- Apruébanse los criterios para la evaluación de propuestas institucionales y
curriculares de los trayectos de formación profesional inicial y continua dispuestos en
el Anexo I el que, a todos sus efectos, forma parte integrante de la presente.
Articulo 2.- Dispónese que para la conformación del equipo técnico, referido por el
artículo 4° de la Resolución N° 5.556/MEGC/2011, cada uno de los órganos indicados
designará mediante acto administrativo pertinente 2 (dos) representantes titulares y
1(uno) suplente y lo comunicaran fehaciente a la Subsecretaría de Gestión Educativa y
Coordinación Pedagógica.
Artículo 3.- Establecése que la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación
Pedagógica designará un referente para que se integre al equipo técnico mencionado
en artículo 2° de la presente, a los efectos de brindar asesoramiento atendiendo a los
criterios que observa la Comisión Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de
Capacitación y Perfeccionamiento Docente.
Artículo 4.- Encomiéndase al equipo técnico, referido por el artículo 4° de la
Resolución N° 5.556/MEGC/2011, la presentación a la Subsecretaría de Gestión
Educativa y Coordinación Pedagógica de un informe anual de la oferta formativa de
educación técnico profesional que permita detectar vacancias y/o superposiciones que
generen información sustantiva para el planeamiento educativo.
Artículo 5.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y pase para su conocimiento y demás efectos a la Subsecretaría de
Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica, a las Direcciones Generales de de
Administración de Recursos, de Planeamiento Educativo, de Coordinación Legal e
Institucional, de Educación de Gestión Estatal y de Educación de Gestión Privada, a la
Coordinación de Clasificación y Disciplina Docente, a la Comisión Permanente de
Anexo de Títulos y Cursos de Capacitación y Perfeccionamiento Docente y a la
Gerencia Operativa de Educación y Trabajo. Cumplido, archívese. Bullrich
ANEXOS
ANEXO
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4108