CIRCULAR 1 2013 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
REQUERIMIENTOS - REQUIERE A LAS UNIDADES DE AUDITORÍA INTERNA DEL PODER EJECUTIVO A AUDITAR EL CUMPLIMIENTO DE LA PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES JURADAS PATRIMONIALES INTEGRALES - FUNCIONARIOS - AUTORIDADES - EMPLEADOS - OBLIGATORIA - TAREAS - FUNCIONES QUE DESEMPEÑAN - PÚBLICA - PRIVADA - PLANIFICACIÓN ANUAL DE TAREAS -
Publicación:
22/03/2013
Sanción:
06/03/2013
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
A: Titulares de Unidades de Auditoría Interna de Organismos y Jurisdicciones del
GCBA, Gerentes Generales, Gerentes y Subgerentes de la Sindicatura General de la
Ciudad de Buenos Aires.
REF: Presentación de Declaraciones Juradas Patrimoniales de funcionarios y
empleados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 133 de la Constitución de la
Ciudad de Buenos Aires, 123 y 130 de la Ley N° 70; y visto el Decreto N° 450/10, la
Resolución N° 74-SECLYT-SGCBA/10, se emite la presente.
Que por el artículo 123, inciso 2) de la Ley N° 70, la Sindicatura General tiene la
función de "dictar las Normas de Auditoría Interna y supervisar su aplicación por parte
de las jurisdicciones y entidades que se encuentran bajo su órbita de control".
Que por el artículo 123, inciso 7) de la Ley N° 70, esta Sindicatura General tiene la
función de "efectuar el control de la presentación de las declaraciones juradas
patrimoniales que prevean las normas en la materia".
Que por el artículo 123, inciso 12) de la Ley N° 70, establece que es función de esta
Sindicatura General "aprobar los planes anuales de trabajo de las Unidades de
Auditoría Interna, orientar y supervisar su ejecución y resultados".
Que por el artículo 130, inciso 7) de la Ley N° 70, el Síndico General tiene la atribución
y responsabilidad de "aprobar los planes anuales de trabajo de las unidades de
auditoría interna, orientar y supervisar su ejecución y resultados".
Que por Decreto N° 450/10 se establecieron los funcionarios públicos que están
obligados a la presentación de las Declaraciones Juradas Patrimoniales en razón de la
tarea que desempeñan; facultando a la Secretaría Legal y Técnica y a la Sindicatura
General para que en forma conjunta dicten las normas aclaratorias y complementarias
a fin de determinar los contenidos, procedimientos, fechas y formas de presentación
de las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales, pudiendo prever la utilización
de aplicativos informáticos para su presentación.
Que por Resolución Conjunta N° 74-SECLYT-SGCBA/10 se determinó el contenido de
la Declaración Jurada Patrimonial Integral, tanto pública como privada, fijándose las
fechas de presentación de las mismas y aprobándose los formularios
correspondientes, en virtud de lo establecido por el Decreto N° 450/10.
Por lo expuesto y a fin de dar pleno cumplimiento a la norma vigente, se requiere a las Unidades de Auditoría Interna de cada una de las Jurisdicciones, Entidades y
Organismos que dependan del Poder Ejecutivo, auditar el cumplimiento, por parte de
los funcionarios públicos obligados en razón de la tareas que desempeñan, de la
presentación de las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales.
La mencionada auditoría deberá incorporarse en la Planificación Anual de Tareas. Rial