RESOLUCIÓN 525 2013 SUBSECRETARIA DE EMERGENCIAS
Síntesis:
NORMA DEROGADA - APRUEBA EL PLAN OPERATIVO DE LA UNIDAD DE GESTIÓN DE INTERVENCIÓN SOCIAL - UGIS - INTEGRA EL PLAN DIRECTOR DE EMERGENCIAS - ALERTAS - AVISOS - INUNDACIONES - LLUVIAS TORRENCIALES Y O FUERTES VIENTOS - OLA DE CALOR - PLAGAS - INCENDIOS - OLA DE FRIO - DERRUMBES Y HUNDIMIENTOS DE SUELOS - EMERGENCIAS Y URGENCIAS EN VILLAS - ASENTAMIENTOS - NÚCLEOS HABITACIONALES TRANSITORIOS - BARRIOS CARENCIADOS - RESPONSABLES - ESTRUCTURA - ASISTENCIA SOCIAL A DAMNIFICADOS - EQUIPO SOCIAL - VEHÍCULOS - CAMIONES - TELÉFONOS DE EMERGENCIA - 147 - 08009992727
Publicación:
05/04/2013
Sanción:
19/03/2013
Organismo:
SUBSECRETARIA DE EMERGENCIAS
VISTO:
Las Leyes Nro. 1346, las Leyes Nro. 2191, las leyes Nro. 2506, los decretos 2252/99,
622/04, 2075/07 y el Decreto 695/09 y
CONSIDERANDO:
Que, a la luz de la Ley Nro. 1346 y su modificatorio Nro. 2191 de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, se fueron desarrollando los sistemas de seguridad en orden a las
nuevas tendencias que surgieron con motivo de los acontecimientos de siniestralidad
que protagonizó la Ciudad y que son de público conocimiento;
Que, mediante la Ley Nro. 2506, Capitulo II, Artículo 17, Inc. 12 se coloca bajo la órbita
del Ministerio de Justicia y Seguridad, de la Ciudad la responsabilidad de "Establecer
el sistema de asistencia a la comunidad ante situaciones de emergencia social,
catástrofe y siniestros".
Que, la Subsecretaría de Emergencias tiene entre sus responsabilidades primarias
aprobadas por Decreto Nro. 2075/07 la de "Actualizar el Plan Maestro Metropolitano
de la Defensa Civil y el diseño de planes y proyectos relacionados";
Que, mediante el Decreto 2252/99 se puso en vigencia el Plan Maestro Metropolitano
de Defensa Civil como norma básica en materia de emergencias y este tenía por
objetivo "disminuir mediante determinadas estrategias el grado de vulnerabilidad a que
se encuentran expuestos ante las distintas amenazas naturales y/o tecnológicas, la
vida y los bienes de la población".
Que mediante el Decreto 622/04 se determinó la necesidad de actualizar el Plan
Maestro Metropolitano de Defensa Civil y el diseño de los planes y proyectos
relacionados;
Que del análisis de los hechos posteriores y de la experiencia surgida de la actuación
de los organismos pertinentes en la materia en cuestión, se concluye la necesidad de
abordar la problemática desde sistemas más modernos y de probada eficacia en otras
Ciudades del mundo;
Que, mediante el Decreto 695/09, el Plan Maestro Metropolitano fue derogado con la
finalidad de disponer de herramientas más eficaces para resolver en la práctica los
problemas reales que se suscitan frente a los llamados "incidentes" y en virtud de la
existencia de un proyecto integral y participativo para todas la aéreas involucradas
ante una situación de emergencia;
Que, mediante mismo Decreto 695/09, se aprobó el Plan Director de Emergencias de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las áreas integrantes de este Plan
desarrollaron los planes operativos correspondientes elevándolos a la autoridad de
aplicación para su aprobación y posterior incorporación definitiva;
Que a los efectos de la aprobación del presente acto administrativo, se procedió
previamente a generar en el sistema GEDO, el informe IF-2013-00885307-SSEMERG,
en el que se incluye el plan operativo de emergencia, el cual formara parte del mismo
como anexo;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 2.506, el Decreto N°
2.075/07, y por lo expresado en el Art. N°3 y 4 del Decreto 695/09, que designa a la
Subsecretaria de Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad, como autoridad
de aplicación de la presente Norma:
Artículo 1°.- Apruébese el Plan Operativo de la Unidad de Gestión de Intervención
Social (UGIS) dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico, integrante del Plan
Director que como Anexo se adjunta (IF-2013-00885307-SSEMERG) y forman parte
de la presente norma.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
notifíquese a la Unidad de Gestión de Intervención Social (UGIS), y para su
conocimiento, notificación y demás efectos, remítanse copias a la Direcciones
Generales mencionadas en el anexo y a las Direcciones Generales integrantes de la
Subsecretaría de Emergencias con la misma finalidad. Cumplido, archívese. Nicolás
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4124