RESOLUCIÓN 525 2013 SUBSECRETARIA DE EMERGENCIAS

Síntesis:

NORMA DEROGADA - APRUEBA EL PLAN OPERATIVO DE LA UNIDAD DE GESTIÓN DE INTERVENCIÓN SOCIAL - UGIS  -  INTEGRA EL PLAN DIRECTOR DE EMERGENCIAS - ALERTAS - AVISOS -  INUNDACIONES - LLUVIAS TORRENCIALES Y O FUERTES VIENTOS - OLA DE CALOR -  PLAGAS - INCENDIOS - OLA DE FRIO - DERRUMBES Y HUNDIMIENTOS DE SUELOS  - EMERGENCIAS Y URGENCIAS EN VILLAS -  ASENTAMIENTOS -  NÚCLEOS HABITACIONALES TRANSITORIOS -  BARRIOS CARENCIADOS -  RESPONSABLES - ESTRUCTURA -   ASISTENCIA  SOCIAL  A DAMNIFICADOS -  EQUIPO SOCIAL - VEHÍCULOS - CAMIONES -  TELÉFONOS DE EMERGENCIA - 147 - 08009992727  

Publicación:

05/04/2013

Sanción:

19/03/2013

Organismo:

SUBSECRETARIA DE EMERGENCIAS


VISTO:

Las Leyes Nro. 1346, las Leyes Nro. 2191, las leyes Nro. 2506, los decretos 2252/99,

622/04, 2075/07 y el Decreto 695/09 y

CONSIDERANDO:

Que, a la luz de la Ley Nro. 1346 y su modificatorio Nro. 2191 de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, se fueron desarrollando los sistemas de seguridad en orden a las

nuevas tendencias que surgieron con motivo de los acontecimientos de siniestralidad

que protagonizó la Ciudad y que son de público conocimiento;

Que, mediante la Ley Nro. 2506, Capitulo II, Artículo 17, Inc. 12 se coloca bajo la órbita

del Ministerio de Justicia y Seguridad, de la Ciudad la responsabilidad de "Establecer

el sistema de asistencia a la comunidad ante situaciones de emergencia social,

catástrofe y siniestros".

Que, la Subsecretaría de Emergencias tiene entre sus responsabilidades primarias

aprobadas por Decreto Nro. 2075/07 la de "Actualizar el Plan Maestro Metropolitano

de la Defensa Civil y el diseño de planes y proyectos relacionados";

Que, mediante el Decreto 2252/99 se puso en vigencia el Plan Maestro Metropolitano

de Defensa Civil como norma básica en materia de emergencias y este tenía por

objetivo "disminuir mediante determinadas estrategias el grado de vulnerabilidad a que

se encuentran expuestos ante las distintas amenazas naturales y/o tecnológicas, la

vida y los bienes de la población".

Que mediante el Decreto 622/04 se determinó la necesidad de actualizar el Plan

Maestro Metropolitano de Defensa Civil y el diseño de los planes y proyectos

relacionados;

Que del análisis de los hechos posteriores y de la experiencia surgida de la actuación

de los organismos pertinentes en la materia en cuestión, se concluye la necesidad de

abordar la problemática desde sistemas más modernos y de probada eficacia en otras

Ciudades del mundo;

Que, mediante el Decreto 695/09, el Plan Maestro Metropolitano fue derogado con la

finalidad de disponer de herramientas más eficaces para resolver en la práctica los

problemas reales que se suscitan frente a los llamados "incidentes" y en virtud de la

existencia de un proyecto integral y participativo para todas la aéreas involucradas

ante una situación de emergencia;

Que, mediante mismo Decreto 695/09, se aprobó el Plan Director de Emergencias de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las áreas integrantes de este Plan

desarrollaron los planes operativos correspondientes elevándolos a la autoridad de

aplicación para su aprobación y posterior incorporación definitiva;

Que a los efectos de la aprobación del presente acto administrativo, se procedió

previamente a generar en el sistema GEDO, el informe IF-2013-00885307-SSEMERG,

en el que se incluye el plan operativo de emergencia, el cual formara parte del mismo

como anexo;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 2.506, el Decreto N°

2.075/07, y por lo expresado en el Art. N°3 y 4 del Decreto 695/09, que designa a la

Subsecretaria de Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad, como autoridad

de aplicación de la presente Norma:

EL SUBSECRETARIO DE EMERGENCIAS

DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébese el Plan Operativo de la Unidad de Gestión de Intervención

Social (UGIS) dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico, integrante del Plan

Director que como Anexo se adjunta (IF-2013-00885307-SSEMERG) y forman parte

de la presente norma.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

notifíquese a la Unidad de Gestión de Intervención Social (UGIS), y para su

conocimiento, notificación y demás efectos, remítanse copias a la Direcciones

Generales mencionadas en el anexo y a las Direcciones Generales integrantes de la

Subsecretaría de Emergencias con la misma finalidad. Cumplido, archívese. Nicolás


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4124

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 139-SSEMERG-15, deroga la Resolución 525-SSEMERG-13.</p>
INTEGRA
<p>Res. 525-SSEMERG-13 aprueba el Plan Operativo de la Unidad de Gestión de IntervenciónSocial (UGIS) dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico, integrante del PlanDirector aprobado por Dec. 695-09</p>