RESOLUCIÓN 254 2013 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

MODIFICACIÓN - RESOLUCIÓN N° 101-AGIP-13 - DIRECCIÓN GENERAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - FUNCIONES - ESTRUCTURA ORGÁNICA 

Publicación:

15/04/2013

Sanción:

11/04/2013

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO:

LA LEY NACIONAL N° 17.622, SU DECRETO REGLAMENTARIO N° 3110/PEN/70,

LA ORDENANZA N° 35.386/79, LA LEY GCBA N° 2603, SU DECRETO

REGLAMENTARIO N° 745/GCBA/08; LAS RESOLUCIÓNES N° 101/AGIP/13 Y

105/AGIP/13 Y LO TRAMITADO POR LOS EXPEDIENTES N° 685040/2012 Y N°

893975/2013, Y

CONSIDERANDO:

Que con el dictado de la Ley Nacional N° 17.622 y su Decreto Reglamentario se crea

el Instituto Nacional de Estadística y Censos -INDEC- como órgano rector del Sistema

Estadístico Nacional -SEN- y único productor de estadísticas oficiales y censales de

rango federal en coordinación con los organismos centrales y periféricos de

estadística;

Que el artículo 3° inc. b) de la citada Ley determina que el INDEC rige su

funcionamiento bajo los principios de centralización normativa y descentralización

operativa;

Que por Ley N° 2603 se crea en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires la

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos AGIP-, la cual conforme su

artículo 2° actúa como entidad autárquica en el orden administrativo y financiero bajo

la superintendencia de legalidad del Ministerio de Hacienda;

Que asimismo la citada Ley absorbe las competencias orgánicas de la ex Dirección

General de Estadística y Censos transfiriéndosele sus responsabilidades primarias,

patrimonio, presupuesto y recursos humanos a la AGIP;

Que en su actuar la Dirección General de Estadística y Censos se desempeña dentro

del Gobierno de la Ciudad bajo identidad de lineamientos operativos y funcionales por

los cuales se rige el INDEC, ello conforme el artículo 1° de la Ordenanza N° 35.386/79

que a su vez determina que actúa como órgano rector del Sistema Estadístico de la

Ciudad SEC- en concordancia con el artículo 4° inciso c) de la Ley Nacional N°

17.622 que la considera un órgano periférico del SEN;

Que la diversidad y magnitud de las competencias asumidas por la Dirección General

de Estadística y Censos conforme las normas nacionales y locales invocadas, en

conjunto al cumplimiento dinámico de actividades estadísticas seriales o individuales,

de encuestas, relevamientos y censales, labores cartográficas y demás actividades

que da cuenta a modo sintético su página web institucional

http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/sis_estadistico/?menu_id=5867 hacen

imprescindible contar con mecanismos administrativos ágiles que permitan impulsar en

tiempo oportuno los procedimientos propios que hacen a la inmediatez y celeridad de

la gestión administrativa interna para la toma final de decisiones;

Que a su vez ha de advertirse el aspecto geográfico en lo que hace a la ubicación de

los históricos edificios donde se encuentran la AGIP y la Dirección General de

Estadística y Censos, lo que hace mucho más aún dilatado el tratamiento y resolución

final de actuaciones por el solo hecho de la distancia entre ellos y la actuación de

superpuestas mesas de entradas y salidas;

Que de las atribuciones contempladas en el inc. e) del 14° de la Ley N° 2603 surge la

facultad del Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos de organizar y

reglamentar el funcionamiento interno de la AGIP en sus aspectos estructurales,

funcionales y de administración del personal;

Que a través de las Resoluciones N° 101/AGIP/13 y N° 105/AGIP/13, se aprobaron

oportunamente las actuales estructuras y funciones de la Subdirección General

Técnica Administrativa y de Gestión Operativa y de la Dirección General de Estadística

y Censos, respectivamente, ambas dependientes de esta AGIP;

Que mediante los expedientes referidos en el Visto, tramitan las propuestas de

desconcentración operativa de las competencias de administración de recursos

humanos, físicos y presupuestarios de la AGIP hacia la Dirección General de

Estadística y Censos;

Que el sistema administrativo de desconcentración que se propugna instrumentar

redundará en una mayor y más eficiente celeridad administrativa en el tratamiento de

la competencia atribuida, sin por ello prescindir del debido control de legalidad y

oportunidad, mérito y conveniencia que esta AGIP debe ejercer sobre todos y cada

uno de los actos que emanen de la Dirección General de Estadística y Censos;

Que la Dirección General Legal y Técnica de esta Administración Gubernamental ha

tomado la debida intervención.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE

Artículo 1.- Incorpórese como artículo 3 bis de la Resolución N° 101/AGIP/13, el

siguiente:

"Artículo 3 bis.- Las responsabilidades primarias y funciones consignadas en los

artículos precedentes, serán de aplicación a todas las dependencias de esta

Administración, a excepción de la Dirección General de Estadística y Censos, la que

se regirá por la estructura, objetivos, responsabilidades primarias, funciones y

competencias oportunamente aprobadas por Resolución N° 105/AGIP/13."

Artículo 2.- La presente resolución regirá desde el día de su publicación en el Boletín

Oficial de la Ciudad.

Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires. Comuníquese en los términos y alcances del artículo 2 de la ley N°

2603 al Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos comuníquese

a todas la Áreas dependientes de esta Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos. Cumplido, archívese. Walter

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Art 1 de la Res 254-AGIP-13 establece responsabilidades primarias y funciones de aplicación a todas las dependencias de la AGIP, Estructura Orgánica aprobada por Res 500-AGIP-08 a excepción de la Dirección General de Estadística y Censos
MODIFICA
Art 1 de la Res 254-AGIP-13 incorpora art 3 bis de la Res 101-AGIP-13
REGLAMENTA
Art 1 de la Res 254-AGIP-13 establece responsabilidades primarias y funciones que serán de aplicación a todas las dependencias de la AGIP, a excepción de la Dirección General de Estadística y Censos, la que se regirá por la estructura, objetivos, responsabilidades primarias, funciones y competencias oportunamente aprobadas por Res 105-AGIP-13