RESOLUCIÓN 404 2013 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

NOTA AL LECTOR: VER ARTÍCULO 12 DE LA RESOLUCIÓN 485-MSGC-11 EN RELACIÓN AL ARTÍCULO 2 DE LA RESOLUCIÓN 404-MSGC-13 - DEROGA RESOLUCIÓN 1035-MSGC-12 - APRUEBAN REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS APLICABLES A PROYECTOS Y TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN - MODELO DE CONVENIO DE INVESTIGACIÓN - MINISTERIO DE SALUD

Publicación:

16/04/2013

Sanción:

11/04/2013

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD

Estado:

No vigente


VISTO:

Las Leyes N° 153 y N° 3.301, el Decreto N° 58/GCBA/11, Decreto N° 260/GCBA/12, la

Resolución N° 485/MSGC/11, Resolución N° 1035/MSGC/12, el Expediente N°

858.171/2013, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 153 rige todo lo concerniente al sistema de salud del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en el marco de la norma señalada se dictó la Ley 3.301 mediante la cual se

establece el régimen jurídico para la protección de derechos de sujetos en

Investigaciones de Salud;

Que el artículo 25 de la ley referenciada establece que el Ministerio de Salud de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires es la autoridad de aplicación de la citada norma;

Que mediante Decreto 58/GCBA/2011 se aprobó la reglamentación de la Ley 3.301 de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la misma;

Que el artículo 2° del mencionado Decreto faculta al titular del Ministerio de Salud a

dictar las normas complementarias y reglamentarias, y a suscribir los convenios que

sean necesarios para la aplicación de dicha norma;

Que en el marco de dichas facultades, se dictó la Resolución N° 485/MSGC/2011

mediante la cual se aprobaron los requisitos y procedimientos aplicables a los

proyectos y trabajos de investigación que se efectúen en los efectores dependientes

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Resolución N° 1035/MSGC/2012, modificó los requisitos y el procedimiento

aplicables a los proyectos y trabajos de investigación, previstos en la Resolución

citada en el considerando que precede, como así también derogó el Anexo II de la

misma normativa a saber el flujograma procedimental, por considerar que el mismo

encerraba dudas interpretativas acerca del procedimiento de aprobación de los

proyectos de investigación y del rol en el proceso que cabe asignarle a la autorización

por parte de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología

Médica ANMAT-;

Que mediante la Resolución citada se estableció que una vez que el área competente

Dirección General de Docencia e Investigación- se expida respecto del proyecto de

Convenio de Investigación deberá darse intervención a la Subsecretaría de

Planificación Sanitaria y a la Subsecretaría de Atención Integrada de Salud, a efectos

de que una vez prestada su conformidad sean elevadas las actuaciones a la Señora

Ministra de Salud, previendo la intervención de la Dirección General Legal y Técnica;

Que al respecto cabe resaltar que el Decreto N° 260/GCBA/12, describe como

responsabilidades primarias de la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de

Salud, la de realizar el control de legalidad de los actos administrativos a ser

suscriptos por el titular del Ministerio de Salud, como así también intervenir y

supervisar la elaboración de convenios que celebre esta Jurisdicción;

Que como consecuencia de lo descripto en el considerando anterior, resulta

conveniente la intervención de la Dirección General Legal y Técnica, en los

procedimientos aplicables a los proyectos y trabajos de investigación que se efectúen

en los efectores dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que de lo expresado, corresponde modificar los requisitos y el procedimiento aplicable

a los proyectos y trabajos de investigación previstos en la Resolución N°

1035/MSGC/12;

Que es la Autoridad de Aplicación quien resulta competente para establecer el

procedimiento necesario para efectuar la autorización de las investigaciones

presentadas por los investigadores;

Que en virtud de lo expuesto resulta procedente dictar el pertinente acto

administrativo.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 25 y 21 de la ley 3.301

y el artículo 2° del Decreto 58/GCBA/2011,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE

Artículo 1°.- Derógase la Resolución N° 1035/MSGC/12.

Artículo 2°.- Apruébense los requisitos y procedimientos aplicables a los proyectos y

trabajos de investigación que se efectúen en los efectores dependientes del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el modelo de convenio de investigación a

suscribir entre el patrocinante y/o investigadores y el Ministerio de Salud, la

declaración jurada y el Formulario de registro que como Anexos I, II, III y IV forman

parte integrante de la presente.

Artículo 3°.- Regístrese. Publíquese. Para su conocimiento y demás efectos gírese a la

Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud, Subsecretaría de Atención

Integrada de Salud, Subsecretaría de Planificación Sanitaria y a la Dirección General

Docencia e Investigación. Cumplido, archívese. Reybaud


ANEXOS

ANEXO

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4132

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 2476-MSGC-19 deroga a la Resolución 404-MSGC-13.</p>
INTEGRADA POR
Disposición 140-DGDOIN-14, en su artículo 1, aprueba el procedimiento de información de los pagos previstos en los Convenios de Investigación suscriptos en el marco de la Resolución 404-MSGC-13.
DEROGA
Art. 1 de la Res. 404-MSGC-13, deroga la Res. 1035-MSGC-12.