RESOLUCIÓN 76 2013 SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
Síntesis:
CONVOCA - CONCURSO ENTIDADES CAPACITADORAS PARA EL PROGRAMA DESARROLLO EMPRENDEDOR 2013 - PROGRAMA RED INSTITUCIONAL DE APOYO A MIPYMES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - INSTITUCIONES INSCRIPTAS - APRUEBA BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO - PARTICIPACIÓN - ESTABLECE SELECCIÓN DE INSTITUCIONES - FINANCIACIÓN DE ACTIVIDADES - ASIGNA SUMA DINERARIA - DÍAS DE PRESENTACIÓN
Publicación:
08/05/2013
Sanción:
02/05/2013
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
VISTO
Los Decretos Nros 660/GCABA/2011, 923/GCABA/2005, las Resoluciones Nros.
45/SSDE/11 y 110/SSDE/2011; y lo que surge del Expediente N° 843535/2013;
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto N°660/GCABA/2011 determinó entre las responsabilidades primarias
de la Subsecretaría de Desarrollo Económico las de planificar, instrumentar y
coordinar los programas, proyectos y actividades necesarios para la consolidación y
desarrollo de los distintos actores económicos en un marco de desarrollo sustentable,
promoviendo la radicación de actividades industriales y comerciales, de servicios y de
tecnología, a las pequeñas, medianas y grandes empresas y la innovación
tecnológica;
Que mediante el Decreto N° 923/GCABA/05 se creó el Programa "Red Institucional de
Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", con el objetivo de
promover el desarrollo, fortalecimiento y mejora de las capacidades de las
organizaciones educativas y/o sin fines de lucro que prestan apoyo a las empresas
porteñas; estableciendo en su artículo 7° como Autoridad de Aplicación a la actual
Subsecretaría de Desarrollo Económico, dependiente del Ministerio de Desarrollo
Económico; debiendo en consecuencia realizar llamados a concursos por temas
específicos, conforme surge del artículo 5° del citado Decreto;
Que resulta necesario promover y difundir la práctica y la cultura emprendedora en
amplios segmentos de la población, propiciando una mayor cobertura territorial de los
instrumentos de fomento del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que es de vital importancia generar acciones que promuevan el surgimiento de
nuevas empresas y emprendimientos, creando un espacio propicio para las
actividades de desarrollo e innovación;
Que, para impulsar la creación de nuevos emprendimientos y fortalecer los ya
existentes, es fundamental poner a disposición de la población herramientas técnicas
orientadas a mejorar el diseño y la estructura de los mismos, así como también
facilitarles la posibilidad de ampliar sus redes personales o de integrarse a las redes
institucionales existentes;
Que, para el logro de los citados objetivos, resulta necesario avanzar en el
fortalecimiento de la capacidad de gestión de las entidades no gubernamentales,
empresariales, educativas, territoriales y/o de fomento, cámaras empresariales, que
prestan apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas;
Que, mediante la Resolución N° 41/SSDE/2013 se convocó al concurso "Desarrollo
Emprendedor 2013, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora", en
el marco del Programa "Red Institucional de Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires";
Que en la mencionada Resolución se estableció el desarrollo de un Componente
Técnico en la etapa inicial de dicho programa, que prevé la realización de actividades
de sensibilización y capacitación de los emprendedores que sean admitidos en el
mismo, en las diferentes comisiones de trabajo;
Que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, existe un amplio conjunto
de instituciones no gubernamentales con una importante trayectoria en la temática
emprendedora, particularmente en materia de capacitación y asistencia técnica en
gestión de nuevas empresas y/o planes de negocios;
Que, para ello, es necesario convocar a dichas instituciones con el objetivo de
participar en acciones específicas de capacitación para los participantes en el
Programa "Desarrollo Emprendedor 2013, Programa de Fomento al Espíritu y la
Cultura Emprendedora", establecido por Resolución 41/SSDE/13;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Convócase al concurso "Entidades Capacitadoras para el Programa
Desarrollo Emprendedor 2013", en el marco del Programa "Red Institucional de Apoyo
a MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", creado por el Decreto N°
923/GCABA/2005.
Artículo 2°.- Establécese que podrán participar de este concurso las instituciones sin
fines de lucro y/o no gubernamentales que se encuentren previamente inscriptas en el
Registro de Entidades de Apoyo a MIPyMES creado por la Resolución N°
61/SSPRODU/06 y sus modificatorias y que, de acuerdo al criterio de la Autoridad de
Aplicación, cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en las bases y
condiciones de esta convocatoria.
Artículo 3°.- Apruébanse las Bases y Condiciones del concurso "Entidades
Capacitadoras para el Programa Desarrollo Emprendedor 2013"; los cuales se
identifican como (Anexo I) IF-2013-01542890-SSDE, Bases y Condiciones; (Anexo II)
IF-2013-01542944-SSDE, Acta Acuerdo, entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y las entidades capacitadoras; (Anexo III) IF-2013-01543041-SSDE,
Formulario Propuesta de Capacitadores; (Anexo IV) IF-2013-01543115-SSDE, Nota de
Aceptación de Bases y Condiciones.
Artículo 4°.-Establécese que seleccionarán hasta (3) tres instituciones las que tendrán
a cargo el desarrollo de actividades de capacitación del Componente Técnico del
"Desarrollo Emprendedor 2013, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura
Emprendedora", establecido por Resolución 41/ SSDE/13. Dichas actividades se
llevarán a cabo en comisiones que funcionarán en las sedes propuestas por las
Entidades Patrocinadoras que seleccionadas en el marco del Concurso "Desarrollo
Emprendedor 2013, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora". La
Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo la asignación de las comisiones a cada
entidad capacitadora, en función de su disponibilidad en materia de dias y horarios y
de los resultados de la inscripción al programa "Desarrollo Emprendedor 2013,
Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora", establecido por
Resolución 41/SSDE/13, como asimismo del perfil profesional y académico de los
capacitadores propuestos.
Artículo 5°.- Las entidades que resulten beneficiarias del presente Concurso
accederán a un aporte no reembolsable destinado a llevar a financiar las actividades
de asistencia y capacitación de los participantes en el programa, que no pueda ser
cubiertas con los capacitadores propios, de acuerdo a las pautas, montos y
metodología de desembolso establecidos en estas Bases y Condiciones.
Artículo 6° - Asignase la suma de PESOS CIEN MIL CON 0/100 ($ 100.000),
provenientes de las partidas presupuestaria vigente 65.0.0.653.22.0.0.4.5.1.7.7.0.
Artículo 7°- Determínese que las presentaciones podrán efectuarse los días hábiles,
de lunes a viernes en el horario de 11 a 16hs., en la Mesa de Entradas de la
Subsecretaría de Desarrollo Económico, sita en Av. Presidente Roque Sáenz Peña
832, piso 4°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el día 23 de Mayo de 2013.
Artículo 8.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, y pase para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General
Técnica Administrativa y Legal, a la Unidad de Auditoria Interna del Ministerio de
Desarrollo Económico, la Dirección General de Contaduría General y a la Dirección
General de Tesorería a sus efectos. Cumplido, archívese. Svarzman