RESOLUCIÓN 62 2013 SUBSECRETARIA DE EQUIDAD EDUCATIVA
Síntesis:
APRUEBA PERFIL DEL REFERENTE DE INCLUSIÓN Y EL FORMULARIO DE REGISTRO DE SEGUIMIENTO DE BECAS - RÉGIMEN DE BECAS ESTUDIANTILES - SUBSECRETARIA DE EQUIDAD EDUCATIVA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
18/06/2013
Sanción:
30/05/2013
Organismo:
SUBSECRETARIA DE EQUIDAD EDUCATIVA
VISTO:
La Ley 2.971, el Expediente N° 1.048.567/13, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley 2.971 se crea el Régimen de Becas Estudiantiles para
alumnos/as regulares de nivel medio/secundario de escuelas de gestión estatal de
todas las modalidades y orientaciones dependientes del Ministerio de Educación de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que dicha Ley, establece como finalidad del Régimen de Becas Estudiantiles
garantizar el acceso, permanencia, reingreso y promoción de alumnos/as de escuelas
de nivel medio/secundario de gestión estatal que se encuentren en situación de
vulnerabilidad socioeconómica, y se enmarca en las acciones que deben
implementarse para el efectivo cumplimiento de la obligatoriedad del nivel medio;
Que por otra parte, la norma citada suscribe la obligación de informar y entregar la
solicitud de Becas, las cuales deben estar disponibles en todas las escuelas medias a
partir de la apertura de cada período de inscripción;
Que dicha Ley, estipula que el Ministerio de Educación garantiza la capacitación de las
autoridades, del personal administrativo y de los referentes del Régimen de Becas
Estudiantiles de cada escuela para que efectúen adecuado asesoramiento a los
alumnos/as y a sus padres, madres, tutores/as o encargados/as para tramitar el
beneficio del Régimen de Becas Estudiantiles y hacerse conocedores de su derecho;
Que en cumplimiento de lo prescripto, la experiencia ha evidenciado la necesidad de
establecer el perfil del Referente de Inclusión y el Formulario de Registro de
Seguimiento de Becas, a efectos de incorporar herramientas que permitan
cumplimentar con los fines que el Régimen de Becas Estudiantiles persigue;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete;
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase el perfil del Referente de Inclusión que como Anexo I (IF-2013-
01944635-DGCLEI) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Apruébase el Formulario de Registro de Seguimiento de Becas que como
Anexo II (IF-2013-01944585-DGCLEI) forma parte de la presente.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese por copia a la Dirección General de Estrategias para la Educabilidad.
Cumplido, archívese. Acuna
ANEXOS
ANEXO
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4177