RESOLUCIÓN 117 2013 SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
Síntesis:
APRUEBA EL ISOLOGOTIPO BUENOS AIRES CIUDAD BAITEC - GANADOR 2013 - EMPRENDEDORES - TITULARES DE PROYECTOS GANADORES - CONCURSO OPERATORIA BAITEC 2013 - DOCUMENTOS - SELLOS - PAPELES - FOLLETERÍA -PINTADO - GRABADO O IMPRESO
Publicación:
28/06/2013
Sanción:
24/06/2013
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
VISTO:
los Decretos N° 660/GCABA/2011 y 587/GCABA/2009 y las Resoluciones Nros.
243/SSDE/2012, 52/SSDE/2013, 93/SSDE/2013, 112/SSDE/2013, el Informe IF 2013-
02608079-SSDE y los Expedientes N° 2.743.270/2012, 1197839/2013 1080003/2013;
1157783/2013; 1197839/2013; 1297980/2013;
1335317/2013; 1338193/2013;
1336088/2013, 1338031/2013,
1325615/2013, 1361136/2013,
1331793/2013,
1329319/2013, 1313723/2013, 1326414/2013, 1337705/2013, 1323519/2013,
1339890/2013, 1328250/2013, 1337620/2013, 1335024/2013, 1333848/2013,
1333026/2013,
1312996/2013, 1336662/2013, 1326177/2013, 1330351/2013,
1330425/2013, 1302716/2013,
1337322/2013, 1334833/2013, 1327162/2013,
1335930/2013, 1336715/2013, 1340185/2013 y 1324422/2013; y
CONSIDERANDO:
Que por medio del Decreto N° 660/GCABA/2011 se estableció la estructura orgánico
funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, determinándose que
la Subsecretaría de Desarrollo Económico, dependiente del Ministerio de Desarrollo
Económico, tiene entre sus responsabilidades primarias entender en los planes,
programas y proyectos dirigidos a promover empresas y emprendedores porteños, así
como también instrumentar y coordinar las programas, proyectos y actividades
necesarias para promover la innovación tecnológica, la consolidación y el desarrollo
del sistema productivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 587/GCBA/2009 se creó el Programa "Fomento al
Desarrollo de las Pymes Porteñas" en el ámbito del Ministerio de Desarrollo
Económico, con el objetivo de favorecer tanto el surgimiento y/o consolidación de
nuevos emprendimientos productivos en los sectores industrial, comercial, y de
servicios, como la implementación de mejoras pro competitivas; orientadas a
desarrollar innovaciones a nivel de productos y/o procesos, que contribuyan a
incrementar la capacidad competitiva de las pequeñas y medianas empresas; y
potenciar la incorporación de nuevos recursos tecnológicos y/o humanos;
Que en el marco del decreto mencionado en el párrafo precedente, la Resolución N°
243/SSDE/2012 convocó al concurso "Operatoria BAITEC 2013", destinado a
entidades a fin que actuaran como patrocinadoras de proyectos de negocios de base
tecnológica;
Que la Resolución N° 93/SSDE/2013 aprobó las propuestas de selección y tutoría de
proyectos de distintas entidades para esta convocatoria;
Que la Resolución N° 112/SSDE/2013 aprobó el orden de mérito de los proyectos de
negocios de emprendedores de base tecnológica presentados por las entidades
patrocinadoras en el marco de la operatoria mencionada;
Que resulta sumamente importante, para los emprendedores que participan, la
utilización de un isologotipo estandarizado que les permita distinguir sus proyectos de
negocios;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Apruébase el isologotipo "Buenos Aires Ciudad Baitec - Ganador 2013",
cuyas imágenes y descripción técnica se establecen en el Anexo I, IF-2013-02608079-
SSDE que forma parte integrante de la presente, y que son aplicables a los
emprendedores titulares de proyectos de negocios de base tecnológica que resultaron
seleccionadas mediante la Resolución N° 112/SSDE/2013.
Artículo 2°.- Establécese que los isologotipos podrán ser usados en los documentos,
sellos, papeles, folletería y/o cualquier otro material de difusión relacionado con su
respectivo proyecto de negocio por los emprendedores seleccionados en el marco de
Baitec 2013.
Artículo 3°.- El isologotipo deberá estar pintado, grabado o impreso ajustándose
estrictamente al diseño aprobado en el Anexo de la presente resolución, no pudiendo
modificarse ni transferirse a terceros.
Artículo 4°.- En caso que los emprendedores pretendieren darle a cualquiera de los
isologotipos aprobados un uso distinto del previsto en el artículo 2°, deberán contar
con la correspondiente autorización formal y fehaciente de la Subsecretaría de
Desarrollo Económico.
Artículo 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Cumplido, archívese. Svarzman
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4183