RESOLUCIÓN 711 2013 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

MODIFICA ESCALA DE PECULIO - DECRETO 567-11 - CATEGORÍA MONTO POR DÍA DE CONCURRENCIA - A Y B - MINISTERIO DE SALUD

Publicación:

16/07/2013

Sanción:

10/07/2013

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO:

El Decreto N° 388/GCBA/98 y sus modificatorios N° 1199/GCBA/07, 382/GCBA/10 y

567/GCBA/11, y el Expediente N° 2013845/2012, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 388/GCBA/98, se aprobó el Régimen de Pago de Asignación de

Peculio a pacientes psiquiátricos de Talleres Protegidos de Rehabilitación Psiquiátrica

que se encuentran en período de rehabilitación en dichos talleres dependientes de

este Ministerio de Salud;

Que por Decreto 567/GCBA/11 se modificó la Escala de Peculio establecida por

Decreto N° 382/GCBA/10, modificatorio del Decreto N° 1199/GCBA/07 y de su similar

N° 388/GCBA/98;

Que en la actualidad y en el marco de los criterios vigentes en el Área de Salud

Mental, el Taller Protegido Terapéutico apunta a un proceso dinámico que acompañe

al paciente en su reinserción social a través de un tratamiento con un tiempo y

objetivos específicos;

Que dado el tiempo transcurrido desde la última modificación de la Asignación de

Peculio y teniendo en cuenta que el instituto del Peculio tiene como finalidad el apoyo

para la rehabilitación favoreciendo la autonomía individual y opera como estímulo

terapéutico de la autoestima de los pacientes en tratamiento de rehabilitación, se

considera conveniente adecuar el régimen retributivo vigente, estableciendo nuevos

montos que permitan asegurar un nivel razonable de los mismos;

Que, asimismo, por Decreto N° 567/GCBA/11, ha sido delegada en el titular del

Ministerio de Salud la facultad de modificar la escala de peculio a pacientes

psiquiátricos de Talleres Protegidos de Rehabilitación Psiquiátrica, prevista en el

Decreto N° 388/GCBA/98 y sus modificatorios;

Que existe crédito suficiente en la partida correspondiente para atender el gasto que la

presente actualización origina.

Por ello, y en uso de la facultades delegadas por el Decreto N° 567/GCBA/11,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE

Artículo 1- Modifícase la Escala de Peculio establecida en el Artículo 1° del Decreto

567/GCABA/11 la cual quedará de la siguiente forma:

CATEGORÍA

MONTO POR DÍA DE

CONCURRENCIA

A

$ 20,00

B

$ 25,00

Artículo 2- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de

Administración del Sistema de Salud y a la Subsecretaría de Atención Integrada de

Salud, dependientes de este Ministerio de Salud y a la Dirección General de

Contaduría del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Reybaud

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 711-MSGC-13, modifica la Escala de Peculio establecida en el Artículo 1 del Decreto 567-11, cuyo régimen fuera originalmente establecido por Decreto 388-98.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 711-MSGC-13, modifica la Escala de Peculio establecida en el Artículo 1 del Decreto 567-11, cuyo régimen fuera originalmente establecido por Decreto 388-98.</p>