RESOLUCIÓN 245 2013 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

 ESTABLECE - UTILIZACIÓN MÓDULO GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS - SADE - 10 DE SEPTIEMBRE DE 2013 - UNIDADES DE PROYECTOS ESPECIALES - PODER EJECUTIVO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - RANGO SUBSECRETARÍA O DIRECCIÓN GENERAL - ÚNICO MEDIO DE CREACIÓN REGISTRO Y ARCHIVO DE DISPOSICIONES Y RESOLUCIONES - REEMPLAZO DE LIBROS RUBRICADOS - 

Publicación:

05/09/2013

Sanción:

02/09/2013

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


VISTO:

La Ley Nacional N° 25.506, Las Leyes Nros. 2.751 y 3.304, los Decretos Nros. 589/09,

6/11 y 424/12, las Resoluciones Nros. 138/SECLyT/10, 1/SECLyT/11, y el Expediente

N° EX-2013-04015946-SSGPM y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional N° 25.506 de firma digital reconoció la eficacia jurídica del empleo

del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital;

Que por la Ley N° 2.751 el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a

dicha Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de esta última norma;

Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de

modernización administrativa;

Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado

"Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación",

en el punto 6.2 "Firma Electrónica y Digital", se dispuso, entre sus actividades a

desarrollar, la creación de la infraestructura de la firma digital y electrónica en el

ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que asimismo, fijó como uno de los objetivos el de "Agilizar la gestión de la

Administración Pública y aumentar el acceso de los ciudadanos a los servicios y

trámites públicos, garantizando la autoría e integridad de los documentos electrónicos,

emanados tanto de la administración como de los administrados, mediante el uso de la

firma electrónica y la firma digital";

Que en relación a la digitalización de los procesos administrativos, dicha Ley plantea

"Desarrollar los sistemas informáticos y proponer y/o adecuar la normativa

correspondiente para la digitalización de los procesos administrativos a los fines de

facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad de la información y la reducción de los

plazos en las tramitaciones";

Que en ese marco, la mencionada Ley plantea, entre otros procesos: "Registro

electrónico: establecer mecanismos electrónicos de recepción y remisión de

solicitudes, escritos y comunicaciones a través de una sede electrónica u otros medios

de forma de facilitar la comunicación y debida constancia de los trámites y

actuaciones";

Que con anterioridad a la sanción de dicha Ley, y en el marco de la política de

modernización de la Administración Pública, este Gobierno ya había impulsado

distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas tecnológicas que

permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites administrativos, al

tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para su control, al

hacerlos disponibles por medios informáticos;

Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el

Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -

SADE- estableciendo un servicio de plataforma de gestión de expedientes y

administración electrónica incluyendo la compatibilidad y optimización de los

procedimientos internos de gestión;

Que esta nueva plataforma posibilitó el avance en el desarrollo integral de los sistemas

electrónicos, como solución horizontal de Administración Electrónica del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Secretaría Legal y Técnica como Administradora del Sistema de Administración

de Documentos Electrónicos (SADE), mediante Resolución N° 138/SECLyT/10

modificó el "Reglamento para el Inicio, Ordenamiento, Registro y Circulación de

Expedientes y Actuaciones Administrativas";

Que dicho Reglamento define el tipo de documentación administrativa que utiliza la

administración en los distintos procedimientos de gestión, distinguiendo primeramente

entre expedientes y actuaciones administrativas;

Que, posteriormente, por Resolución N° 1/SECLyT/11 se aprobó el Reglamento para

la Generación de Documentos Oficiales -GEDO-;

Que en el artículo 3° de la citada resolución se estableció que "...los Documentos

Electrónicos Oficiales generados en GEDO son encriptados mediante tecnología de

firma digital, utilizando identificación y clave de usuario y archivados en el repositorio

único de imágenes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que en ese sentido, mediante el Decreto N° 6/11 se instruyó a todos los organismos

del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a utilizar el módulo

"GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO-", del

Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), como único medio de

creación, registro y archivo de Disposiciones;

Que el artículo 4° del Decreto supra mencionado facultó a la Secretaría Legal y

Técnica a establecer las fechas en las que los organismos deberían comenzar a

utilizar el módulo "GEDO", para la creación, registro y archivo de Disposiciones;

Que posteriormente y siendo conveniente avanzar en la incorporación de las

herramientas tecnológicas a otros actos administrativos dictados en diversos trámites

seguidos ante la Administración, por Decreto N° 424/12 se instruyó "...a todos los

organismos del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

a utilizar el Módulo "GENERADOR DE DOCUMENTOS OFICIALES -GEDO-", del

Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, como único medio de

creación, registro y archivo de Resoluciones";

Que a fin de sistematizar ordenadamente la implementación antes referida, en dicho

Decreto se facultó también a la Secretaría Legal y Técnica a establecer las fechas en

las cuales los organismos deberían comenzar a utilizar el módulo "GEDO" del Sistema

de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, para la creación, registro y

archivo de Resoluciones;

Que en oportunidad del dictado de las Resoluciones que establecieron los organismos

que deberían utilizar el módulo "GEDO" del Sistema de Administración de Documentos

Electrónicos -SADE- para la creación, registro y archivo de Disposiciones y de

Resoluciones, se omitieron establecer las fechas para que las Unidades de Proyectos

Especiales dependientes Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -

ya sea con rango de Subsecretaría o de Dirección General- comenzaran a utilizar el

módulo "GEDO" para el dictado de las mismas ;

Que, en esta instancia, resulta pertinente avanzar en el proceso de incorporación de

los organismos supra mencionados, estableciendo fechas para que los mismos

comiencen a utilizar el módulo "GEDO" para la creación, registro y archivo de

Disposiciones y de Resoluciones.

Por ello y en uso de las facultades que les son propias,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Establécese que a partir del 10 de septiembre del corriente las Unidades

de Proyectos Especiales dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires -ya sea con rango de Subsecretaría o de Dirección General-, del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán utilizar el Módulo

"GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO-", del

Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, como único medio de

creación, registro y archivo de Disposiciones y Resoluciones.

Artículo 2°.- Reemplácense los libros rubricados utilizados para la generación y

registración de las Disposiciones y de las Resoluciones llevados en cada Unidad de

Proyectos Especiales dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires.

Artículo 3°.- Reemplácense los libros rubricados utilizados para la generación y

registración de las Disposiciones y de las Resoluciones Conjuntas llevados en cada

Unidad de Proyectos Especiales dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas

las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad

de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Mesa de Entradas,

Salidas y Archivo. Cumplido, archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 245-SECLYT-13 establece a partir del 10 de diciembre de 2013 que las Unidades de Proyectos Especiales dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rango de Subsecretaría o Dirección General utilizarán el Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales GEDO Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE como único medio de creación registro y archivo de Disposiciones en el marco del Dto 6-11
INTEGRA
Res. 245-SECLYT-13 establece a partir del 10 de setiembre de 2013 que las Unidades de Proyectos Especiales dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rango de Subsecretaría o Dirección General utilizarán Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales GEDO Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE como único medio de creación registro y archivo de Resoluciones en el marco del Dto 424-12