RESOLUCIÓN 245 2013 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
ESTABLECE - UTILIZACIÓN MÓDULO GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS - SADE - 10 DE SEPTIEMBRE DE 2013 - UNIDADES DE PROYECTOS ESPECIALES - PODER EJECUTIVO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - RANGO SUBSECRETARÍA O DIRECCIÓN GENERAL - ÚNICO MEDIO DE CREACIÓN REGISTRO Y ARCHIVO DE DISPOSICIONES Y RESOLUCIONES - REEMPLAZO DE LIBROS RUBRICADOS -
Publicación:
05/09/2013
Sanción:
02/09/2013
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
VISTO:
La Ley Nacional N° 25.506, Las Leyes Nros. 2.751 y 3.304, los Decretos Nros. 589/09,
6/11 y 424/12, las Resoluciones Nros. 138/SECLyT/10, 1/SECLyT/11, y el Expediente
N° EX-2013-04015946-SSGPM y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional N° 25.506 de firma digital reconoció la eficacia jurídica del empleo
del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital;
Que por la Ley N° 2.751 el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a
dicha Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de esta última norma;
Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de
modernización administrativa;
Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado
"Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación",
en el punto 6.2 "Firma Electrónica y Digital", se dispuso, entre sus actividades a
desarrollar, la creación de la infraestructura de la firma digital y electrónica en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que asimismo, fijó como uno de los objetivos el de "Agilizar la gestión de la
Administración Pública y aumentar el acceso de los ciudadanos a los servicios y
trámites públicos, garantizando la autoría e integridad de los documentos electrónicos,
emanados tanto de la administración como de los administrados, mediante el uso de la
firma electrónica y la firma digital";
Que en relación a la digitalización de los procesos administrativos, dicha Ley plantea
"Desarrollar los sistemas informáticos y proponer y/o adecuar la normativa
correspondiente para la digitalización de los procesos administrativos a los fines de
facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad de la información y la reducción de los
plazos en las tramitaciones";
Que en ese marco, la mencionada Ley plantea, entre otros procesos: "Registro
electrónico: establecer mecanismos electrónicos de recepción y remisión de
solicitudes, escritos y comunicaciones a través de una sede electrónica u otros medios
de forma de facilitar la comunicación y debida constancia de los trámites y
actuaciones";
Que con anterioridad a la sanción de dicha Ley, y en el marco de la política de
modernización de la Administración Pública, este Gobierno ya había impulsado
distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas tecnológicas que
permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites administrativos, al
tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para su control, al
hacerlos disponibles por medios informáticos;
Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el
Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -
SADE- estableciendo un servicio de plataforma de gestión de expedientes y
administración electrónica incluyendo la compatibilidad y optimización de los
procedimientos internos de gestión;
Que esta nueva plataforma posibilitó el avance en el desarrollo integral de los sistemas
electrónicos, como solución horizontal de Administración Electrónica del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Secretaría Legal y Técnica como Administradora del Sistema de Administración
de Documentos Electrónicos (SADE), mediante Resolución N° 138/SECLyT/10
modificó el "Reglamento para el Inicio, Ordenamiento, Registro y Circulación de
Expedientes y Actuaciones Administrativas";
Que dicho Reglamento define el tipo de documentación administrativa que utiliza la
administración en los distintos procedimientos de gestión, distinguiendo primeramente
entre expedientes y actuaciones administrativas;
Que, posteriormente, por Resolución N° 1/SECLyT/11 se aprobó el Reglamento para
la Generación de Documentos Oficiales -GEDO-;
Que en el artículo 3° de la citada resolución se estableció que "...los Documentos
Electrónicos Oficiales generados en GEDO son encriptados mediante tecnología de
firma digital, utilizando identificación y clave de usuario y archivados en el repositorio
único de imágenes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que en ese sentido, mediante el Decreto N° 6/11 se instruyó a todos los organismos
del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a utilizar el módulo
"GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO-", del
Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), como único medio de
creación, registro y archivo de Disposiciones;
Que el artículo 4° del Decreto supra mencionado facultó a la Secretaría Legal y
Técnica a establecer las fechas en las que los organismos deberían comenzar a
utilizar el módulo "GEDO", para la creación, registro y archivo de Disposiciones;
Que posteriormente y siendo conveniente avanzar en la incorporación de las
herramientas tecnológicas a otros actos administrativos dictados en diversos trámites
seguidos ante la Administración, por Decreto N° 424/12 se instruyó "...a todos los
organismos del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
a utilizar el Módulo "GENERADOR DE DOCUMENTOS OFICIALES -GEDO-", del
Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, como único medio de
creación, registro y archivo de Resoluciones";
Que a fin de sistematizar ordenadamente la implementación antes referida, en dicho
Decreto se facultó también a la Secretaría Legal y Técnica a establecer las fechas en
las cuales los organismos deberían comenzar a utilizar el módulo "GEDO" del Sistema
de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, para la creación, registro y
archivo de Resoluciones;
Que en oportunidad del dictado de las Resoluciones que establecieron los organismos
que deberían utilizar el módulo "GEDO" del Sistema de Administración de Documentos
Electrónicos -SADE- para la creación, registro y archivo de Disposiciones y de
Resoluciones, se omitieron establecer las fechas para que las Unidades de Proyectos
Especiales dependientes Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -
ya sea con rango de Subsecretaría o de Dirección General- comenzaran a utilizar el
módulo "GEDO" para el dictado de las mismas ;
Que, en esta instancia, resulta pertinente avanzar en el proceso de incorporación de
los organismos supra mencionados, estableciendo fechas para que los mismos
comiencen a utilizar el módulo "GEDO" para la creación, registro y archivo de
Disposiciones y de Resoluciones.
Por ello y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Establécese que a partir del 10 de septiembre del corriente las Unidades
de Proyectos Especiales dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires -ya sea con rango de Subsecretaría o de Dirección General-, del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán utilizar el Módulo
"GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO-", del
Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, como único medio de
creación, registro y archivo de Disposiciones y Resoluciones.
Artículo 2°.- Reemplácense los libros rubricados utilizados para la generación y
registración de las Disposiciones y de las Resoluciones llevados en cada Unidad de
Proyectos Especiales dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Artículo 3°.- Reemplácense los libros rubricados utilizados para la generación y
registración de las Disposiciones y de las Resoluciones Conjuntas llevados en cada
Unidad de Proyectos Especiales dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas
las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Mesa de Entradas,
Salidas y Archivo. Cumplido, archívese. Clusellas