DECRETO 375 2013

Síntesis:

LLAMADO A CONCURSO CERRADO - SELECCIÓN DE TITULARES TRANSITORIOS - CARRERA DE PROFESIONALES SALUD - DIRECTORES ÁREAS TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y ASISTENCIAL - TÉCNICO SANITARIA - FACULTA AL MINISTERIO DE SALUD Y MODERNIZACIÓN 

Publicación:

17/09/2013

Sanción:

11/09/2013

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley Nacional N° 24.061, la Ley N° 4.013, la Ordenanza N° 41.455 y sus

modificatorias, el Decreto reglamentario N° 2.745/87 y sus modificatorios, el Decreto

N° 86/11, el Decreto N° 660/11 modificado por el Decreto N° 260/12, la Resolución N°

58-MHGC-11 y el Expediente N° 3512477-MGEYA-DGAYDRH-13, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, estableciendo en su artículo 19 entre los objetivos del

Ministerio de Salud el "Planificar y administrar los recursos del Sistema de Salud del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que de conformidad con la precitada Ley corresponde al Ministerio de Modernización,

el diseño e implementación de políticas de gestión y administración de los recursos

humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura Orgánico Funcional del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por Decreto N° 260/12 se modificó la

estructura organizativa del Ministerio de Salud;

Que los cargos de Director con carácter interino de las distintas instancias

contempladas en la citada estructura organizativa que corresponden a la Carrera de

Profesionales de la Salud aprobada por Ordenanza N° 41.455 se han cubierto

conforme a lo normado por el artículo 104 inc. 9) de la Constitución de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y de acuerdo al artículo 3.8 de la citada Ordenanza;

Que resulta necesario fortalecer la calidad institucional y promover la cobertura de

cargos a través de procesos concursales que tengan en mira la capacidad técnica y

científica de los aspirantes a desempeñar un cargo en la Administración Pública;

Que el artículo 98 del Convenio Colectivo de Trabajo celebrado en el marco de la

Comisión Negociadora Paritaria Sectorial entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, la Asociación Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires y la

Federación de Profesionales de la Salud de la Ciudad de Buenos Aires, instrumentado

por Resolución N° 58-MHGC-11 , establece que todos los Profesionales de la Salud,

transferidos por la Ley Nacional N° 24.061 quedan incorporados a la Carrera Municipal

de Profesionales de la Salud aprobada por Ordenanza N° 41.455 y sus modificatorias,

reglamentada por el Decreto N° 2.745/87 y modificatorios, y el mentado Convenio, en

los términos del artículo 27 de la citada Ley y del inciso 4° de la Cláusula Undécima

del Convenio de Transferencia de Establecimientos Asistenciales propiedad de la

Nación de fecha 28 de abril de 1992, y en cumplimiento del inciso 21 de la precitada

Cláusula;

Que mediante Decreto N° 86/11, se dispuso el llamado a concurso cerrado a todas las

unidades de organización para la selección de titulares de la Carrera de Profesionales

de la Salud, para cubrir los cargos de Directores del Área Técnica Administrativa y

Asistencial con carácter de titulares transitorios, con 44 horas semanales en el marco

de la Ordenanza N° 41.455 y el Decreto reglamentario N° 2745/87 y modificatorios, en

los Establecimientos Asistenciales del Ministerio de Salud, así como para cubrir los

cargos de Directores del Área Técnica Sanitaria, con carácter de titulares transitorios,

con 44 horas semanales, en el marco de la citada Ordenanza y el referido Decreto

reglamentario en el Nivel Central del Ministerio de Salud;

Que en virtud de la nueva estructura orgánico funcional aprobada por el Decreto N°

660/11 y modificatorios, el Ministerio de Salud considera necesario se disponga un

nuevo llamado a concurso cerrado a todas las Unidades de Organización en los

establecimientos asistenciales del Ministerio de Salud y en el Nivel Central, con los

mismos alcances establecidos en el Decreto N° 86/11, a fin de que contemple las

diferentes instancias organizativas previstas en el Decreto N° 660/11 y modificatorios;

Que, en mérito a lo expuesto, el citado Ministerio propicia la derogación del Decreto N°

86/11;

Que en este orden de ideas, corresponde disponer el llamado a concurso cerrado para

cubrir los cargos de Directores del Área Técnica Administrativa y Asistencial de la

Carrera de Profesionales de la Salud, en carácter de Titulares Transitorios, con 44

horas semanales, en el marco de la Ordenanza N° 41.455 y el Decreto reglamentario

N° 2.745/87 y modificatorios, en los establecimientos asistenciales del Ministerio de

Salud;

Que en igual sentido, corresponde disponer el llamado a concurso cerrado para cubrir

los cargos de Directores del Area Técnico Sanitaria de la Carrera de Profesionales de

la Salud en el Nivel Central del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el mecanismo de concurso que se propone implementar para la cobertura de los

cargos que trata el presente, redundará en claro beneficio del Sistema Público de

Salud, dotando de mayor transparencia a las designaciones que así se produzcan;

Que en virtud de los objetivos a cargo de los Ministerios de Salud y de Modernización

de conformidad con la Ley N° 4.013, resulta oportuno facultar conjuntamente a los

titulares de los citados Ministerios, para que dicten normas aclaratorias y

complementarias a los efectos de la implementación del mentado proceso de

selección;

Que asimismo, por resultar un área de su competencia, la titular del Ministerio de

Salud dictará las normas operativas e instrumentales relativas al proceso concursal

que por el presente se propicia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 inc. 9 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Dispóngase el llamado a concurso cerrado a todas las Unidades de

Organización para la selección de titulares de la Carrera de Profesionales de la Salud,

para cubrir los cargos de Directores del Área Técnica Administrativa y Asistencial, en

carácter de Titulares Transitorios, con 44 horas semanales, en el marco de la

Ordenanza N° 41.455 y el Decreto reglamentario N° 2.745/87 y modificatorios en los

establecimientos asistenciales del Ministerio de Salud.

Artículo 2°.- Dispóngase el llamado a concurso cerrado a todas las Unidades de

Organización para la selección de titulares de la Carrera de Profesionales de la Salud,

para cubrir los cargos de Directores del Área Técnico Sanitaria, en carácter de

41.455 y sus modificatorios y el Decreto reglamentario N° 2.745/87 y modificatorio en

Titulares Transitorios, con 44 horas semanales, en el marco de la Ordenanza N°

el Nivel Central del Ministerio de Salud.

Artículo 3°.- Derógase el Decreto N° 86/11.

Artículo 4° .- Facúltase al Ministerio de Salud y al Ministerio de Modernización, en

forma conjunta, a dictar normas aclaratorias y complementarias a los efectos de la

implementación de los procesos concursales dispuestos en los artículos 1° y 2° del

presente.

Artículo 5°.- El Ministerio de Salud dictará las normas operativas e instrumentales

relativas a los procesos concursales dispuestos en los artículos 1° y 2° del presente.

Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Salud, los

señores Ministros de Hacienda y de Modernización y por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 7°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires, comuníquese al Ministerio de Salud , a la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos del Ministerio de Modernización, para su conocimiento y demás efectos.

Cumplido, archívese. MACRI - Reybaud - Grindetti - Ibarra - Rodríguez Larreta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Art. 1 Dec. 375-13 llama a concurso cerrado a todas las Unidades de Organización para la selección de titulares de la Carrera de Profesionales de la Salud, en el marco de laOrdenanza 41455 y su decreto reglamentario.
DEROGA
Art. 3 del Decreto 375-13 deroga el Decreto 86-11.
REGLAMENTADA POR
Res.1710-MSGC-13 Aprueba las normas operativas e instrumentales, para la selección de titulares de la Carrera de Profesionales de la Salud, para cubrir los cargos de Directores del Área Técnica Administrativa y Asistencial, conforme lo dispuesto por el Dec. 375-13.
INTEGRADA POR
Art 1 de la Res 1712-MS-13 llama a Concurso Cerrado dispuesto por Dto 375-13 - Art 2 establece fecha de inscripción - Art 3 establece plazos.