DECRETO 86 2011

Síntesis:

DISPONE  LLAMADO A CONCURSO CERRADO PARA LA SELECCIÓN DE TITULARES DE LA CARRERA DE PROFESIONALES DE LA SALUD -  DEROGA DECRETOS N° 868-08 Y 703-10 

Publicación:

28/02/2011

Sanción:

16/02/2011

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


VISTO:

La Ley Nacional 24.061, La Ordenanza N° 41.455 y sus modificatorias, el Decreto reglamentario N° 2.745/87 y sus modificatorios, los Decretos N° 561/10; 868/08 y 703/10; el Convenio Colectivo de Trabajo en el marco de la Comisión Negociadora Paritaria Sectorial GCBA-AMM de diciembre de 2010 y el Expediente N° 175153/2011, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 561/10 se aprobó la estructura organizativa del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta nivel de Departamento para los cargos de la Carrera de Profesionales de la Salud del área Técnica Sanitaria;

Que los cargos de Dirección se han cubierto conforme a lo normado por el art. 104, inc. 8) de la Constitución Autónoma de Buenos Aires y de acuerdo al art. 3.8 de la Ordenanza N° 41.455;

Que resulta necesario fortalecer la calidad institucional y promover la cobertura de cargos a través de procesos concursales que tengan en mira la capacidad técnica y científica de los aspirantes a desempeñar un cargo en la Administración Pública;

Que el articulo 98 del Convenio Colectivo de Trabajo en el marco de la Comisión Negociadora Paritaria Sectorial GCBA-AMM, de diciembre 2010, establece que todos los profesionales de la Salud, transferidos por la Ley N° 24.061 quedan incorporados a la Carrera Municipal de Profesionales de la Salud, aprobada por Ordenanza N11 41.455 y sus modificatorias y el mentado Convenio, en los términos del artículo 27 de la citada Ley y del inciso 4° de la Cláusula Undécima del Convenio de transferencia de Establecimientos asistenciales propiedad de la Nación de fecha 28 de abril de 1992 y en cumplimiento del inciso 21 de la precitada Cláusula;

Que, la Cláusula Transitoria Primera del Convenio Colectivo de Trabajo precedentemente mencionado, establece con el objeto de la realización del primer concurso para la selección de los cargos de conducción de titulares transitorios de nivel Directo y Subdirector, en cada una de las Unidades de Organización, el jurado a tal fin podrá estar integrado, cuando no haya directores titulares transitorios suficientes, por agentes que se desempeñen con carácter de Director o Subdirector interino, debiendo los mismos declinar su participación en el jurado en aquellos supuestos en que decidan inscribirse en la selección;

Que en el marco expuesto, corresponde disponer el llamado a concurso para cubrir los cargos de Directores del Área Técnica Sanitaria de la Carrera de Profesionales de la Salud del Nivel Central del Ministerio de Salud y de los Directores Médicos de la citada Área de todos los efectores dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en ese orden de ideas, se estima pertinente la derogación del Decreto N° 868/08 y su modificatorio N° 703/10, los cuales regulan la facultad del Poder Ejecutivo para cubrir los cargos vacantes de Director y Subdirector con carácter interino, hasta tanto se proceda a la cobertura de los mismos mediante la celebración de concursos cerrados de todas las unidades de organización, tal como se propicia en el presente;

Que la derogación propiciada encuentra fundamento en que se procederá, con la concreción de los llamados a concurso, a realizar el mecanismo de selección establecido en la Ordenanza N° 41.455, el cual permitirá cubrir la totalidad de los cargos de Directores del Área Técnica Sanitaria de la Carrera de Profesionales de la Salud tanto del nivel central como de los efectores dependientes del Ministerio de Salud;

Que se estima que, el mecanismo de concurso que se propone implementar para la cobertura de los cargos que trata el presente, redundará en claro beneficio del Sistema Público de Salud, dotando de mayor transparencia a las designaciones que así se produzcan.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 inc. 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1.- Dispóngase el llamado a Concurso Cerrado a todas las Unidades de Organización para la selección de titulares de la Carrera de Profesionales de la Salud, para cubrir los cargos de Directores del Área Técnica Administrativa y Asistencial, en carácter de Titulares Transitorios, con 44 horas semanales, en el marco de la Ordenanza N° 41.455 y el Decreto Reglamentario 2.745/87 y modificatorios, en los Establecimientos Asistenciales del Ministerio de Salud

Artículo 2.- Dispóngase el llamado a Concurso Cerrado a todas las Unidades de Organización para la selección de titulares de la Carrera de Profesionales de la Salud, para cubrir los cargos de Directores del Área Técnica Sanitaria, en carácter de Titulares Transitorios, con 44 horas semanales, en el marco de la Ordenanza N° 41.455 y el Decreto Reglamentario 2.745/87 y modificatorios, en el Nivel Central del Ministerio de Salud.

Artículo 3.- Derógase el Decreto N° 868/08 y su modificatorio N° 703/10.

Artículo 4.- EI presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y por el Sr. Jefe de Gabinete.

Artículo 5.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Secretaría de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, pase al Ministerio de Salud. Cumplido archívese. MACRI - Lemus - Grindetti - Rodríguez Larreta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
El Decreto 86-11 deroga el Decreto N° 868-08
DEROGA
El Decreto86-11 deroga al Decreto 703-10
INTEGRADA POR
Art 1 de la Res 549-MS-11 Llama a Concurso Cerrado a todas las Unidades de Organización para la selección de titulares de la Carrera de Profesionales de la Salud, para cubrir los cargos de Directores del Área Técnica Sanitaria, según lo dispuesto por Dto 86-11
REGLAMENTADA POR
Res 262-MS-12 Llama a Concurso Cerrado a todas las Unidades de Organización para la selección de titulares de la Carrera de Profesionales de la Salud, para cubrir los cargos de Directores del Área Técnica Sanitaria, según lo dispuesto por Dec. 86-11
DEROGADA POR
Art. 3 del Decreto 375-13 deroga el Decreto 86-11.