RESOLUCIÓN 318 2013 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
ESTABLECE - ORGANISMOS FUERA DE NIVEL DEPENDIENTES DEL PODER EJECUTIVO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - RANGO DE SUBSECRETARÍA O DE DIRECCIÓN GENERAL - NO UTILIZANDO EL MÓDULO GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO-SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS -SADE-CREACIÓN - REGISTRO Y ARCHIVO DE DISPOSICIONES Y RESOLUCIONES, A PARTIR DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2013 - SE INSTRUYE AL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN Y ÁREAS DEPENDIENTES A PARTIR DE LA CITADA FECHA UTILIZAR EL MÓDULO DE REFERENCIA - CREACIÓN REGISTRO Y ARCHIVO DE DISPOSICIONES Y RESOLUCIONES - REEMPLAZO LIBROS RUBRICADOS UTILIZADOS PARA GENERACIÓN Y REGISTRACIÓN DE DISPOSICIONES - DISPOSICIONES CONJUNTAS - RESOLUCIONES Y RESOLUCIONES CONJUNTAS LLEVADOS EN ORGANISMOS FUERA DE NIVEL DEPENDIENTES DEL PODER EJECUTIVO
Publicación:
15/11/2013
Sanción:
12/11/2013
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
VISTO:
Las leyes Nros. 2.751 y 3.304, la Ley Nacional N° 25.506, los Decretos Nros. 589/09,
6/11 y 424/12, las Resoluciones Nros. 138/SECLyT/10, 1/SECLyT/11, 245/SECLyT/13,
y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional N° 25.506 de firma digital reconoció la eficacia jurídica del empleo
del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital;
Que por la Ley N° 2.751 el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a
dicha Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de esta última norma;
Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de
modernización administrativa;
Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado
"Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación",
en el punto 6.2 "Firma Electrónica y Digital", se dispuso, entre sus actividades a
desarrollar, la creación de la infraestructura de la firma digital y electrónica en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que asimismo, fijó como uno de los objetivos el de "Agilizar la gestión de la
Administración Pública y aumentar el acceso de los ciudadanos a los servicios y
trámites públicos, garantizando la autoría e integridad de los documentos electrónicos,
emanados tanto de la administración como de los administrados, mediante el uso de la
firma electrónica y la firma digital";
Que en relación a la digitalización de los procesos administrativos, dicha Ley plantea
"Desarrollar los sistemas informáticos y proponer y/o adecuar la normativa
correspondiente para la digitalización de los procesos administrativos a los fines de
facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad de la información y la reducción de los
plazos en las tramitaciones";
Que en ese marco, la mencionada Ley plantea, entre otros procesos: "Registro
electrónico: establecer mecanismos electrónicos de recepción y remisión de
solicitudes, escritos y comunicaciones a través de una sede electrónica u otros medios
de forma de facilitar la comunicación y debida constancia de los trámites y
actuaciones";
Que con anterioridad a la sanción de dicha Ley, y en el marco de la política de
modernización de la Administración Pública, este Gobierno ya había impulsado
distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas tecnológicas que
permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites administrativos, al
tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para su control, al
hacerlos disponibles por medios informáticos;
Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el
Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -
SADE- estableciendo un servicio de plataforma de gestión de expedientes y
administración electrónica incluyendo la compatibilidad y optimización de los
procedimientos internos de gestión;
Que esta nueva plataforma posibilitó el avance en el desarrollo integral de los sistemas
electrónicos, como solución horizontal de Administración Electrónica del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Secretaría Legal y Técnica como Administradora del Sistema de Administración
de Documentos Electrónicos (SADE), mediante Resolución N° 138/SECLyT/10
modificó el "Reglamento para el Inicio, Ordenamiento, Registro y Circulación de
Expedientes y Actuaciones Administrativas";
Que dicho Reglamento define el tipo de documentación administrativa que utiliza la
administración en los distintos procedimientos de gestión, distinguiendo primeramente
entre expedientes y actuaciones administrativas;
Que, posteriormente, por Resolución N° 1/SECLyT/11 se aprobó el Reglamento para
la Generación de Documentos Oficiales -GEDO-;
Que en el artículo 3° de la citada resolución se estableció que "...los Documentos
Electrónicos Oficiales generados en GEDO son encriptados mediante tecnología de
firma digital, utilizando identificación y clave de usuario y archivados en el repositorio
único de imágenes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que en ese sentido, mediante el Decreto N° 6/11 se instruyó a todos los organismos
del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a utilizar el módulo
"GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO-", del
Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), como único medio de
creación, registro y archivo de Disposiciones;
Que el artículo 4° del Decreto supra mencionado facultó a la Secretaría Legal y
Técnica a establecer las fechas en las que los organismos deberían comenzar a
utilizar el módulo "GEDO", para la creación, registro y archivo de Disposiciones;
Que posteriormente y siendo conveniente avanzar en la incorporación de las
herramientas tecnológicas a otros actos administrativos dictados en diversos trámites
seguidos ante la Administración, por Decreto N° 424/12 se instruyó "...a todos los
organismos del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
a utilizar el Módulo "GENERADOR DE DOCUMENTOS OFICIALES -GEDO-", del
Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, como único medio de
creación, registro y archivo de Resoluciones";
Que a fin de sistematizar ordenadamente la implementación antes referida, en dicho
Decreto se facultó también a la Secretaría Legal y Técnica a establecer las fechas en
las cuales los organismos deberían comenzar a utilizar el módulo "GEDO" del Sistema
de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, para la creación, registro y
archivo de Resoluciones;
Que mediante la Resolución N° 245/SECLyT/13 se indicó la fecha en la cual las
Unidades de Proyectos Especiales del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires -ya sea con rango de Subsecretaría o de Dirección
General- comenzarían a utilizar el módulo "GEDO" del Sistema de Administración de
Documentos Electrónicos -SADE- para la creación, registro y archivo de Disposiciones
y de Resoluciones;
Que, en esta instancia, resulta pertinente avanzar en el proceso de incorporación de
aquellos Organismos Fuera de Nivel del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires -ya sea con rango de Subsecretaría o de Dirección
General-, que aún no se encuentren utilizando el módulo "GEDO" del SADE para la
creación, registro y archivo de Disposiciones y Resoluciones;
Que, asimismo, corresponde instruir al Ente Autárquico Teatro Colón y a sus áreas
dependientes, a utilizar el módulo "GEDO" para la creación, registro y archivo de
Disposiciones y de Resoluciones.
Por ello y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Establécese que los Organismos Fuera de Nivel dependientes del Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -ya sea con rango de Subsecretaría
o de Dirección General-, que no se encuentren utilizando el Módulo "GENERADOR DE
DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO-", del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, para la creación, registro y
archivo de Disposiciones y Resoluciones, deberán comenzar a utilizar dicho módulo a
partir del 18 de Noviembre del corriente año.
Artículo 2°.- Instrúyase al Ente Autárquico Teatro Colón de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y a sus áreas dependientes, a partir del 18 de Noviembre del corriente, a
utilizar el Módulo "GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES
-GEDO-", del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, para la
creación, registro y archivo de Disposiciones y Resoluciones.
Artículo 3°.- Reemplácense los libros rubricados utilizados para la generación y
registración de Disposiciones, Disposiciones Conjuntas, Resoluciones y Resoluciones
Conjuntas, llevados en los Organismos Fuera de Nivel dependientes del Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a que refiere el art. 1° de la
presente norma.
Artículo 4°.- Reemplácense los libros rubricados utilizados para la generación y
registración de las Disposiciones, Disposiciones Conjuntas, Resoluciones y
Resoluciones Conjuntas llevados en el Ente Autárquico Teatro Colón de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas las
reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y al Ente
Autárquico Teatro Colón y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la
Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, archívese.
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