RESOLUCIÓN 1178 2013 SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

Síntesis:

TRAYECTOS DE FORMACIÓN GENERAL Y DE FORMACIÓN CENTRADO EN LA ENSEÑANZA DE LOS PROFESORADOS DE NIVEL PRIMARIO -   NIVEL INICIAL  -     ESTABLECEN CONDICIONES  -  FORMAS DE ELECCIÓN  -  COORDINADORES DE CAMPO DE LA FORMACIÓN GENERAL -   CAMPO DE LA FORMACIÓN ESPECÍFICA  -  CAMPO DE LA FORMACIÓN EN LAS PRÁCTICAS DOCENTES  - PROFESORADOS - COORDINACIÓN - NIVEL TERCIARIO  - INSTITUTOS DE FORMACIÓN DOCENTE - NIVEL SUPERIOR - ESCUELAS NORMALES

Publicación:

22/11/2013

Sanción:

07/11/2013

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA


VISTO:

El Expediente N° 4.402.295/13, y

CONSIDERANDO:

Que han perdido vigencia los planes de estudio a los que se hace referencia en la

Resolución N° 145-SSE- 03, que creaba las funciones y forma de elección de los

Coordinadores de los Trayectos de Formación General y de Formación centrado en la

Enseñanza de los Profesorados de Nivel Primario, del Nivel Inicial y de la Lengua

Extranjera;

Que es necesario adecuar la elección de Coordinadores a las particularidades que

presentan los actuales planes de estudio, Profesorado de Educación Primaria y

Profesorado de Educación Inicial;

Que dichos planes están integrados por un conjunto de Campos formativos que

persiguen finalidades específicas, articulados de modo particular en cada una de las

carreras;

Que por Campo se entiende un conjunto de instancias curriculares articuladas entre sí

en una totalidad, justificada por una finalidad formativa a la que esas instancias

contribuyen de manera principal;

Que en los planes de estudio de las carreras de Formación Docente mencionados ut

supra, se han definido: el Campo de Formación General, el Campo de la Formación

Específica y el Campo de la Formación en las Prácticas Docentes;

Que, consecuentemente, la estructura curricular de dichas carreras requiere fuertes y

necesarias articulaciones dentro de cada Campo y entre los demás Campos;

Que los Campos Formativos requieren para su implementación el diseño de

estrategias institucionales destinadas a lograr la interacción entre los docentes y el

fortalecimiento del trabajo en equipo con las autoridades del Nivel Terciario de los

Institutos de Formación Docente;

Que en los mencionados planes de estudio, Profesorado de Educación Primaria y

Profesorado de Educación Inicial, se indican las funciones de Coordinadores de los

distintos Campos;

Que es necesario determinar la duración, forma de elección de los Coordinadores y

remuneración a percibir por los mismos;

Que la Dirección de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que

le compete.

Por ello, en virtud de las facultades conferidas por Resolución N° 1632/MEGC/13,

LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN EDUCATIVA

Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

RESUELVE

Artículo 1.- Establécese que los Coordinadores de Campo de la Formación General,

de Campo de la Formación Específica y de Campo de la Formación en las practicas

docentes, serán designados para desempeñar sus funciones por el término de cuatro

(4) años, revocables por un solo período con intervención del consejo directivo, sin

posibilidad de otra prórroga.

Artículo 2.- Defínense las Condiciones y Forma de Elección de los Coordinadores

mencionados en el Artículo 1 de la presente, conforme se detalla en el Anexo I (IF-

2013-06102419-DGCLEI), el cual forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3.- Asígnase a los Coordinadores de los Campos de la Formación General, de

la Formación Específica y de la Formación en las Prácticas Docentes, la carga horaria

que se fija en el Anexo II (IF- 2013-06102419- DGCLEI), en el cual forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 4.- Determínase que todos los Coordinadores del Campo de la Formación en

las Prácticas Docentes que hayan sido designados con anterioridad al dictado de la

presente Resolución, continuarán en sus funciones hasta tanto no presenten su

renuncia por algún motivo personal o estatutario.

Artículo 5.- Déjase sin efecto la Resolución N° 145-SSE-03, a partir del dictado de la

presente Resolución.

Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Efectúense

las Comunicaciones Oficiales pertinentes a las Direcciones Generales de

Planeamiento, de Educación de Gestión Privada y de Educación Superior. Gírese a la

Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica. Cumplido, archívese.

Ravaglia


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4285

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Res.1228-SSGECP-13 en su art.1° rectifica en su parte pertinente texto del art. 1 Resolución N° 1178-SSGECP-13 debiendo decir ...renovables por un solo período... donde dice ...revocables por un solo período..
DEROGA
Res. 1178-SSGECP-13:art. 5; deja sin efecto la Res. 145-SSE-03