CIRCULAR 2 2013 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
PROCEDIMIENTO CIERRE DE EJERCICIO 2013 - CORTE DE SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS-SADE - COMUNICACIONES OFICIALES-CCOO - GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO - EE - PARTE MENSUAL DE ALTAS Y BAJAS - INVENTARIO FISICO DE BIENES MUEBLES DE USO PERMANENTE - BIENES MUEBLES DE CONSUMO Y TRANSFORMACIÓN - DECRETOS 589-09 - 287-10 - 765-10 - RESOLUCIÓN N° 105-SGCBA-11 - EXPEDIENTE ELECTRÓNICO - UNIDADES DE AUDITORIA INTERNA- OBSERVACIONES PLANILLA X-XII - SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
23/12/2013
Sanción:
11/12/2013
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Buenos Aires, 11 de diciembre de 2013
A: Titulares de Unidades de Auditoría Interna de Organismos y Jurisdicciones del
GCBA, Gerentes Generales, Gerentes y Subgerentes de la Sindicatura General de la
Ciudad de Buenos Aires.
REF: Procedimiento de cierre de ejercicio.
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 133 de la Constitución de la
Ciudad de Buenos Aires, 123 y 130 de la Ley N° 70; visto la Ley N° 3.304, los
Decretos N° 589/09, N° 287/10, N° 765/10, Y la Resolución N° 105-SGCBA/11, se
emite la presente.
Que, por el artículo 123, inciso 2) de la Ley N° 70, la Sindicatura General tiene la
función de "dictar las Normas de Auditoria Interna y supervisar su aplicación por parte
de las jurisdicciones y entidades que se encuentran bajo su órbita de control".
Que, por el artículo 130, inciso 7) de la Ley N° 70, el Síndico General tiene la
atribución y responsabilidad de "aprobar los planes anuales de trabajo de las unidades
de auditoría interna, orientar y supervisar su ejecución y resultados".
Que, por Ley N° 3.304, se creó el Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Que la Ley mencionada en el párrafo precedente propone como actividades a
desarrollar, entre otras, "... establecer mecanismos electrónicos de recepción y
remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones a través de una sede electrónica u
otros medios, de forma de facilitar la comunicación y debida constancia de los trámites
y actuaciones";
Que, por Decreto N° 589/09, se aprobó la implementación del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos (SADE) como sistema de caratulación,
numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas [as actuaciones y
expedientes del Gobierno de la Ciudad.
Que, por Decreto N° 287/10, se instruyó a todos los organismos del Poder Ejecutivo de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a utilizar, del Sistema de Administración de
Documentos Electrónicos (SADE), el módulo Comunicaciones Oficiales (CCOO), como
medio de creación, comunicación y archivo de notas y memorandos.
Que, por Decreto N° 765/10, se instruyó a todos los organismos del Poder Ejecutivo de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a utilizar, del Sistema de Administración de
Documentos Electrónicos (SADE), el módulo "GENERADOR DE DOCUMENTOS
ELECTRÓNICOS OFICIALES -GEDO-", como medio de creación, registro y archivo de
informes y providencias.
Que constantemente se incorporan nuevos Documentos Electrónicos al Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos (SADE).
Que, por Resolución N° 105-SGCBA/11, se aprobó el procedimiento de cierre de
ejercicio, estableciéndose que el cierre de ejercicio debe tramitar por Expediente
Electrónico.
Que el artículo 6°, última parte, de la Resolución N° 105-SGCBA/11, dispuso que los
titulares de las distintas unidades funcionales del Gobierno de la Ciudad deben, en el
término de QUINCE (15) días hábiles posteriores al cierre ejercicio, remitir a las
Unidades de Auditoria Interna de su Jurisdicción la documentación respaldatoria
correspondiente en papel.
Que la mencionada Resolución procura entre sus objetivos la verificación del empleo
de los Módulos Comunicaciones Oficiales (CCOO) y Generador de Documentos
Electrónicos Oficiales (GEDO) del Sistema de Administración de Documentos
Electrónicos (SADE), a fin de determinar la oportunidad y grado de actualización de los
Sistemas de Información.
Que otro de los objetivos de la Resolución N° 105-SGCBA/11 es la verificación del
cumplimiento de la registración e información a la Dirección General de Contaduría del
inventario de los bienes muebles afectados al organismo (bienes muebles de uso
permanente y bienes muebles de consumo y transformación).
Que, en aras de agilizar y racionalizar el proceso en cuestión, es menester adoptar el
uso de herramientas electrónicas y medios informáticos que permitan una mejor
realización del procedimiento de cierre de ejercicio para el año 2013.
Que, asimismo, es necesario contemplar la incorporación de nuevos documentos
electrónicos al Generador de Documentos Electrónicos Oficiales (GEDO) del Sistema
de Administración de Documentos Electrónicos (SADE).
Que, en razón de lo expuesto, y con miras a lograr una mayor eficacia, eficiencia y
economia, se instruye a las Unidades de Auditoría Interna a:
Solicitar, en aquellas Jurisdicciones en las que se hubiera instrumentado el Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos (SADE), que la información respaldatoria
mencionada en el artículo 6° de la Resolución N° 105-SGCBA/11, se remita en formato
digital por el módulo Comunicaciones Oficiales (CCOO), reservándose la Unidad de
Auditoría Interna de cada Jurisdicción, para el caso que lo considere necesario, la
posibilidad de solicitarla en formato papel;
Incorporar, de ser necesario, en el apartado "Observaciones" de la planilla X.2,
"CORTE DE SADE: CCOO, GEDO y EE", del Anexo I, de la Resolución N° 105-
SGCBA/11, los nuevos documentos electrónicos incorporados al Sistema de
Administración de Documento Electrónicos (SADE); y
Consignar en el apartado "PARTE MENSUAL DE ALTAS Y BAJAS", de la Planilla XII
"Inventario Fisico de Bienes Muebles de Uso Permanente y Bienes Muebles de
Consumo y Transformación", del Anexo I, de la Resolución N° 105-SGCBA/11, el
último periodo informado. Rial