RESOLUCIÓN 2 2014 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Síntesis:
NORMA DEROGADA - RÉGIMEN DE CONTRATOS DE LOCACIÓN DE SERVICIOS - PROCEDIMIENTO UNIFICADO - NÚMERO DE EXPEDIENTE LOYS - MONTO MENSUAL- TOTAL- PERÍODO- EMISIÓN DE AUTORIZACIÓN CONJUNTA - MINISTERIO DE HACIENDA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - CONTRATACIONES Y CLÁUSULAS MODIFICATORIAS - EXCEPCIÓN - CONTRATACIONES DE CARÁCTER ARTÍSTICO-CULTURAL - EJERCICIO 2014
Publicación:
10/01/2014
Sanción:
08/01/2014
Organismo:
MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Estado:
No vigente
VISTO:
El Decreto N° 224/13 y el Expediente N° 65261-MGEYA-DGTALMH/14, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 224/13 se estableció un procedimiento unificado para llevar
adelante contrataciones de personas bajo el régimen de locación de servicios en al
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la transparencia de dicho
procedimiento, el Ministerio de Hacienda conjuntamente con la Jefatura de Gabinete
de Ministros consideran necesario arbitrar las medidas, procedimientos y tareas
inherentes a diferentes trámites administrativos tendientes al cumplimiento de tal fin.
Por ello, y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Las contrataciones y las cláusulas modificatorias que bajo el régimen de
locación de servicios se celebren durante el ejercicio 2014 y cuyo período de
finalización fuese anterior al 31/12/2014, deberán contar con la autorización que a tal
efecto emitirán en forma conjunta el Ministerio de Hacienda y la Jefatura de Gabinete
de Ministros.
Artículo 2°.- Exceptuase de lo establecido en el artículo anterior a las contrataciones
de carácter artístico- cultural.
Artículo 3°.- Las solicitudes para obtener la autorización a la que se refiere el artículo
1°, deberán efectuarse mediante Expediente Electrónico (Código de Trata: GENE
0407A - Solicitud de Autorización Contratos de Locación de Servicios), por el titular de
la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal u organismo equivalente del
Ministerio al que pertenece el área propiciante de la contratación o cláusula
modificatoria, a la titular de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del
Ministerio de Hacienda.
Artículo 4°.- Las solicitudes deberán detallar número de expediente Loys por el que
tramita la contratación o cláusula modificatoria, monto mensual y total y el período,
éste último debidamente justificado y fundamentado.
Artículo 5°.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías del Poder Ejecutivo y
organismos con rango o nivel equivalente, a las Agencias del Gobierno de la Ciudad, a
la Sindicatura General y a la Procuración General. Cumplido, archívese. Rodríguez
Larreta - Grindetti