DECRETO 1353 2002

Síntesis:

ASIGNASE SUMA EN CONCEPTO DE FONDO ROTATORIO, A LA D. G. DE INFRAESTRUCTURA, MANTENIMIENTO Y EQUIPAMIENTO DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN

Publicación:

21/10/2002

Sanción:

11/10/2002

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 42.207/02, y

CONSIDERANDO:

Que la crítica situación económica por la que atraviesa el país, con repercusión en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en sus empresas proveedoras, dificulta la contratación de diversas obras indispensables para la correcta prestación del servicio educativo de este Gobierno;

Que muchos contratistas desisten de presentarse a los actos licitatorios respectivos o no pueden sostener sus cotizaciones, como consecuencia de la incertidumbre que se produce en relación a los precios de los productos y a los tiempos de los pagos respectivos;

Que ello obliga a la Administración a efectuar nuevos llamados, lo que implica la demora en la ejecución de las obras o bien la imposibilidad de ejecutarlas, así como la probabilidad de un mayor deterioro de la patología edilicia existente y, por el efecto inflacionario, el incremento del monto del presupuesto oficial;

Que la antigüedad de muchos edificios escolares, sumado al aumento de la matrícula, requiere una intervención inmediata para evitar el deterioro de dichas instalaciones, asegurando, según los casos, el mantenimiento, la refacción o la construcción de los respectivos inmuebles;

Que por tal razón, la Secretaría de Educación, a través de su Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, solicita la creación de un Fondo Rotatorio para afrontar los gastos que surjan en materia de obras de infraestructura en edificios escolares, permitiéndole así agilizar el sistema de pago a los contratistas, sin afectar los procedimientos licitatorios establecidos por la normativa vigente;

Que resulta procedente el otorgamiento del fondo solicitado, a fin de que la Secretaría de Educación encare las obras consideradas prioritarias por esa jurisdicción, en el marco de las previsiones presupuestarias asignadas a la misma en el corriente ejercicio;

Por ello y de acuerdo con las facultades legales que le son propias,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD

AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Asígnase a la Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, dependiente de la Secretaría de Educación, la suma de pesos un millón ($ 1.000.000) en concepto de Fondo Rotatorio, con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión, para atender obras de infraestructura en edificios escolares, con reposición hasta la finalización del primer trimestre del ejercicio 2003.

Artículo 2° Serán responsables de la administración y rendición de los fondos que se entregan, el Subsecretario de Infraestructura, Coordinación Administrativa y Acción Comunitaria, Sr. Carlos Pisera, DNI 13.653.143, el Director General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, Arq. Luis Rey, DNI 11.424.294 y el Director General de Coordinación Financiera y Contable, Lic. Alejandro Morduchowicz, DNI 14.900.548.

Artículo 3° El presente Decreto es refrendado por los Señores Secretario de Educación y de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 4° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento de la Secretaría de Educación y, para su conocimiento y demás fines, remítase a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. IBARRA - Filmus - Pesce - Fernández

RESOLUCIONES

Secretaría Jefe de Gabinete

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIADA POR
MODIFICADA POR
ARTÍCULO 1° ARTÍCULO 1°
MODIFICADA POR
Artículo 1° - Prorroga la vigencia del Fondo Rotatorio creado por Decreto N° 1.353/GCBA/02