RESOLUCIÓN 5 2014 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
ACTUALIZACIÓN DE NIVELES RETRIBUTIVOS BRUTOS- PLANTEL DE CAPACITADORES - RETRIBUCIONES - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - SALARIOS - SUELDOS - CAPACITACIÓN
Publicación:
28/01/2014
Sanción:
20/01/2014
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
VISTO:
Las Leyes N° 2.894, N° 2.895, el Decreto N° 316/10, la Resolución N° 118/ISSP/11, N°
35/ISSP/13, la Nota N° 440793/SGISSP/14, el Expediente Electrónico N°
439926/MGEYA/SGISSP/14, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2894 crea el Instituto Superior de Seguridad Pública como ente
autárquico, dependiente orgánica y funcionalmente del Ministerio de Justicia y
Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que asimismo la Ley N° 2.894 en su Artículo 57 dispone que el Instituto Superior de
Seguridad Pública tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar
funcionalmente al personal de la Policía Metropolitana, a los/as funcionarios/as
responsables de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y
estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del
sistema policial, a todos aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los
asuntos de la seguridad, así como también la investigación científica y técnica en
materia de seguridad ciudadana de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad
de oportunidades, mérito y capacidad;
Que, por su parte, la Ley N° 2895 instituye el marco jurídico e institucional del Instituto
Superior de Seguridad Pública, definiendo sus objetivos y constituyéndolo como una
instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública
a través de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados, entre los que se encuentran la formación y capacitación de los
aspirantes a formar parte de la Policía Metropolitana;
Que mediante el Decreto N° 316/10 se dispuso que el Rector y las Coordinaciones de
Formación Académica y de Formación y Especialización en Seguridad Pública, con las
respectivas Direcciones Operativas que de estas dependen, incluido el personal
docente, quedarán exceptuadas de la prohibición prevista en el Artículo 7 inciso c) de
la Ley N° 2.947;
Que por Resolución N° 118/ISSP/11 se estableció la retribución bruta, normal y
habitual del personal y se creó el Escalafón General del Instituto Superior de
Seguridad Pública;
Que en ejercicio de sus facultades corresponde al Rector del Instituto Superior de
Seguridad Pública la aprobación de los niveles retributivos y equivalencias salariales
del personal de este Instituto;
Que en ese entendimiento por Resolución N° 35/ISSP/13 se establecieron los niveles
retributivos brutos y categorías para el plantel de capacitadores rentados del Instituto
Superior de Seguridad Pública a partir del día 1 de marzo 2013, dejando sin efecto lo
establecido por el Artículo 12 de la Resolución N° 118/ISSP/11, no siendo aplicable al
mencionado plantel lo dispuesto por el Artículo 9 de la misma;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública tiene entre sus metas desarrollar
estrategias para mejorar la eficiencia y la eficacia de su gestión, siendo la
implementación y mejora constante una de las acciones centrales para la consecución
de los objetivos antes mencionados;
Que en virtud del franco incremento en las actividades académicas y de formación en
el ámbito de esta casa de estudios, y considerando el progreso de las carreras que se
dictan en la misma como la Tecnicatura Superior en Seguridad Pública, la Tecnicatura
Superior en Seguridad Ambiental y la Tecnicatura Superior en Criminalística y
Scopometría, sumado a la experiencia adquirida durante esta etapa de consolidación
del Instituto, resulta necesario implementar acciones destinadas a fortalecer la
actuación y el desarrollo de sus recursos humanos;
Que en dicho sentido, mediante Nota N° 440793/SGISSP/14, el Sr. Director de
Recursos Humanos elevó a esta Instancia la propuesta de incremento salarial
elaborada para las categorías docentes de este Instituto, correspondiente al ciclo
lectivo 2014;
Que en el marco de lo expuesto, resulta necesario actualizar los niveles retributivos
brutos del plantel de capacitadores rentados del Instituto Superior de Seguridad
Pública a partir del día 1 de marzo de 2014.
Por ello en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Actualizar los niveles retributivos brutos del plantel de capacitadores
rentados del Instituto Superior de Seguridad Pública a partir del día 1 de marzo 2014,
de acuerdo a lo establecido en el Anexo IF 2014-536849-ISSP, el que a todos sus
efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, y a la Dirección de Recursos
Humanos del Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívese. De
Langhe
ANEXOS
CAPACITADORES ISSP | NIVELES RETRIBUTIVOS BRUTOS |
Titular | $ 18,081.00 |
Investigador Docente Senior | $ 18,081.00 |
Investigador Docente | $ 12,790.00 |
Profesor Asociado | $ 10,303.00 |
Profesor Adjunto I | $ 6,363.00 |
Profesor Adjunto II | $ 3,817.00 |