RESOLUCIÓN 29 2015 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
MODIFICA ESCALAFÓN GENERAL - RESOLUCIÓN 118-ISSP-11 - SENIOR C - SENIOR E - SUPLEMENTO POR RESPONSABILIDAD PROFESIONAL - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA
Publicación:
23/02/2015
Sanción:
10/02/2015
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
VISTO:
Las Leyes Nros. 2.894 y 2.895, las Resoluciones Nros. 118/ISSP/11, 35/ISSP/13 y
5/ISSP/14, el Expediente Electrónico N° 2728206/MGEYA/SGISSP/15, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2894 creó el Instituto Superior de Seguridad Pública como ente
autárquico, dependiente orgánica y funcionalmente del Ministerio de Justicia y
Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que asimismo la citada norma en su Artículo 57 establece que el Instituto Superior de
Seguridad Pública tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar
funcionalmente al personal de la Policía Metropolitana, a los/as funcionarios/as
responsables de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y
estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del
sistema policial, a todos aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los
asuntos de la seguridad, así como también la investigación científica y técnica en
materia de seguridad ciudadana de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad
de oportunidades, mérito y capacidad;
Que, por su parte, la Ley N° 2895 establece el marco jurídico e institucional del
Instituto Superior de Seguridad Pública, definiendo sus objetivos y constituyéndolo
como una instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de
Seguridad Pública a través de la formación y capacitación continua y permanente de
los actores involucrados, entre los que se encuentran la formación y capacitación de
los aspirantes a formar parte de la Policía Metropolitana;
Que el carácter de autárquico que la legislación confiere al Instituto Superior de
Seguridad Pública debe entenderse como la capacidad plena que el mencionado ente
posee para autoadministrarse y disponer de los recursos que le fueran asignados, así
como también la facultad para generar, administrar y disponer de recursos propios,
obtenidos como resultado del ejercicio de sus misiones y funciones académicas;
Que resulta indudable que, al haberse optado por encomendar las funciones
señaladas a un órgano estatal autárquico, se persigue dotarlo de independencia,
jerarquizar sus misiones y obtener resultados de gestión con fundamento en la
especial idoneidad del organismo;
Que en ese entendimiento por Resolución N° 14/ISSP/13 se aprobó el Estatuto del
Instituto Superior de Seguridad Pública, el cual en su Artículo 4 dispone que dada su
condición de ente autárquico se da su Estatuto, establece su estructura organizativa y
operativa, elige sus autoridades, designa o contrata personal, se vincula con otras
universidades e instituciones nacionales o extranjeras para el mejor cumplimiento de
sus fines y administra su patrimonio;
Que en ejercicio de sus facultades corresponde al Rector del Instituto Superior de
Seguridad Pública la aprobación de los niveles retributivos y equivalencias salariales
de este Instituto;
Que en ese orden de ideas por Resolución N° 118/ISSP/11 se creó el Escalafón
General del Instituto Superior de Seguridad Pública estableciéndose su equivalencia
con los grados otorgados al personal sin estado policial de la Policía Metropolitana;
Que asimismo mediante la Resolución citada ut supra se estableció la retribución
bruta, normal y habitual del personal;
Que en dicho sentido mediante Resolución N° 35/ISSP/13, fueron fijados los niveles
retributivos brutos y categorías para el plantel de capacitadores rentados del Instituto
Superior de Seguridad Pública, dejando sin efecto lo establecido por el Artículo 12 de
la Resolución N° 118/ISSP/11, no siendo aplicable al mencionado plantel lo dispuesto
por el Artículo 9 de la misma;
Que asimismo, por Resolución N° 5/ISSP/14 fueron actualizados los mencionados
niveles retributivos;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública tiene entre sus metas desarrollar
estrategias para mejorar la eficiencia y la eficacia de su gestión, siendo la
implementación y mejora constante una de las acciones centrales para la consecución
de los objetivos antes mencionados;
Que en virtud del franco incremento en las actividades académicas y de formación en
el ámbito de esta casa de estudios, y considerando el progreso de las carreras que se
dictan en la misma como las Tecnicaturas Superiores en Seguridad Pública, en
Seguridad Ambiental y en Criminalística y Scopometría, más la incorporación de los
nuevos cursos de especialización y ascenso, sumado a la experiencia adquirida
durante esta etapa de consolidación del Instituto, resulta necesario implementar
acciones destinadas a fortalecer la actuación y el desarrollo de sus recursos humanos;
Que en el marco de lo expuesto, en pos de la racionalización de los recursos y de la
optimización de su desempeño, resulta necesario modificar el Escalafón General del
Instituto Superior de Seguridad Pública y los niveles retributivos brutos y categorías del
plantel de capacitadores rentados de esta casa de estudios.
Por ello en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Modificar el Escalafón General del Instituto Superior de Seguridad Pública
previsto en el Artículo 2° de la Resolución N° 118/ISSP/11, el cual quedará
conformado de acuerdo a lo establecido en el Anexo I (IF-2015-2728107-ISSP), el que
a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Modificar los Artículos 6° y 7° de la Resolución N° 118/ISSP/11, dejándose
establecido que donde dice Responsable de Departamento deberá decir Senior C y
donde dice Administrativo A deberá decir Senior E, categoría esta última a la cual se le
otorgará el suplemento por "Responsabilidad Profesional" equivalente al nueve por
ciento (9%).
Artículo 3.- Dejar sin efecto el Artículo 12 de la Resolución N° 118/ISSP/11 y las
Resoluciones Nros. 35/ISSP/13 y 5/ISSP/14, fijándose los niveles retributivos brutos y
categorías para el plantel de capacitadores rentados del Instituto Superior de
Seguridad Pública de acuerdo a lo establecido en el Anexo II (IF-2015-2728111-ISSP),
el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, no siendo
aplicable al mencionado plantel lo prescripto por el Artículo 9 de la Resolución N°
118/ISSP/11.
Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de
Modernización y a la Dirección de Recursos Humanos del Instituto Superior de
Seguridad Pública. Cumplido, archívese. De Langhe
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4584