RESOLUCIÓN 17 2014 F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627
Síntesis:
ACLARACIÓN - MODIFICACIÓN ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL DEL ENTE DE TURISMO - ASIGNA NIVEL JERÁRQUICO DE SUBSECRETARÍA A LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE COMUNICACIÓN TURÍSTICA CREACIÓN DE DEPENDENCIAS- CREA LAS DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN TURÍSTICA DE CONTACTO DIRECTO CON LAS GERENCIAS OPERATIVAS A SU CARGO - GO DESARROLLO COMUNICACIONAL - GO DE IMPLEMENTACIÓN EN PLAZAS TURÍSTICAS - CREA LA DIRECCIÓN GENERAL DE CANALES DIGITALES Y NUEVAS TECNOLOGÍAS CON LA GERENCIA OPERATIVAS DE AUDIENCIAS - CREA LA DIRECCIÓN GENERAL DE ESTRATEGIAS DE COMUNICACIÓN MASIVA - CON LA GERENCIA OPERATIVA DE CONTENIDOS DIGITALES Y PASAN A SU ÓRBITA LA GERENCIA OPERATIVA PORTAL INFORMÁTICO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS CON LA NUEVA DENOMINACIÓN DE GERENCIA OPERATIVA DEDIFUSIÓN DIGITAL
Publicación:
06/02/2014
Sanción:
31/01/2014
Organismo:
F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627
VISTO:
las Leyes N° 2.627 (BOCBA. 2.854), N° 4.685 (BOCBA. 4.292); los Decretos N° 684/09
(BOCBA. 3.233), N° 335/11 (BOCBA 3.689) las Resoluciones N°2-ENTUR/08
(BOCBA. 2.885), N° 44- ENTUR/11(BOCBA. 3.695), N° 354-ENTUR/11 (BOCBA.
3.841), N° 2-GCABA-DEENTUR/12 (BOCBA. N° 3.895), N° 13-DEENTUR/2013, y el
Expediente N° 1860074-ENTUR/14, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 2.627 creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objeto de "diseñar y ejecutar políticas y
programas de promoción, desarrollo y fomento del turismo como actividad económica
estratégica de la Ciudad";
Que la Ley N° 4.685 modificó la Ley N° 2.627 con el propósito de dotar a dicho
organismo de una mayor autarquía respecto de la administración central en miras de
perfeccionar el marco de abordaje de las políticas públicas en materia de turismo;
Que las modificaciones introducidas reflejan el peso sustantivo de la actividad turística
dentro del desarrollo de la Ciudad de Buenos Aires al fortalecer y consolidar la
descentralización del Ente dentro de la estructura organizacional del Poder Ejecutivo,
lo cual incide de forma positiva en el marco de acción para el cumplimiento de sus
objetivos;
Que la referida norma modificó las facultades y responsabilidades de la Presidencia
del Ente de Turismo, otorgándole plena autarquía en el cumplimiento de sus misiones
y funciones;
Que asimismo, dentro de las mencionadas facultades, la Presidencia del Ente de
Turismo tiene la de establecer y aprobar la estructura orgánico-funcional y asignar
responsabilidades;
Que resulta oportuno proceder a la adecuación de la estructura orgánica funcional del
Ente de Turismo, en respuesta a la necesidad de optimizar la distribución de
responsabilidades en consonancia con las nuevas funciones otorgadas, y en aras del
fortalecimiento institucional de este Organismo;
Que las Resoluciones N° 2-ENTUR/08, N° 44-ENTUR/11, N° 354-ENTUR/11, N°
2/GCABA/DEENTUR/12, N° 13-DEENTUR/2013 y sus complementarias y/o
modificatorias, establecen la estructura orgánico funcional del Ente de Turismo;
Que mediante la Resolución N° 44-ENTUR/2011, el Ente adhirió al Régimen Gerencial
establecido mediante los Decretos N° 684/09 y N° 335/11;
Que de acuerdo a lo expresado precedentemente y con el fin de obtener una mejor
distribución de responsabilidades y recursos dentro del marco de los nuevos objetivos
planteados para el organismo resulta necesaria la creación de la Dirección Ejecutiva
de Comunicación Turística con rango equivalente a Subsecretaría; en cuya órbita se
creará la Dirección General de Comunicación Turística de Contacto Directo y la
Dirección General de Canales Digitales y Nuevas Tecnologías.
Que asimismo la actual Dirección General de Comunicación pasará a depender
jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva de Comunicación Turística, bajo la
denominación de Dirección General de Estrategias de Comunicación Masiva y con la
respectiva adecuación de sus responsabilidades primarias.
Que en consonancia con lo expuesto, deberá modificarse la dependencia orgánico
funcional de la Dirección General de Desarrollo y Competitividad de la Oferta; la
Dirección General de Promoción Turística; la Dirección General de Investigación y
Observatorio Turístico; Dirección General Técnica, Administrativa y Legal y de la
Gerencia Operativa de Prensa, las cuales dependerán directamente de la Presidencia
del Ente de Turismo;
Que atento a las nuevas Direcciones Generales indicadas, resulta menester la
creación de la Gerencia Operativa de Desarrollo Comunicacional y la Gerencia
Operativa de Implementación en Plazas Turísticas dependientes de la Dirección
General de Comunicación Turística de Contacto Directo; como así también la Gerencia
Operativa de Audiencias dependiente de Dirección General de Estrategias de
Comunicación Masiva y la Gerencia Operativa de Contenidos Digitales dependiente de
la Dirección General de Canales Digitales y Nuevas Tecnologías;
Que en el mismo sentido, la actual Gerencia Operativa Portal Informático y Nuevas
Tecnologías pasará a depender jerárquicamente de la Dirección General de Canales
Digitales y Nuevas Tecnologías, bajo la denominación de Gerencia Operativa de
Difusión Digital y con la respectiva adecuación de sus acciones.
Que la subgerencia de Asuntos Legales ha tomado la debida intervención que resulta
de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 1885245-ENTUR/2014:
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 11° inc. d) de la Ley N°
2.627,
Artículo 1°.- Modificase a partir del 1° de enero de 2014 la Estructura Orgánico
Funcional del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a
los Anexos I y II, que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Establécese que la Dirección Ejecutiva de Comunicación Turística
poseerá rango equivalente a Subsecretaría.
Artículo 3°.- Regístrese, comuníquese al Señor Jefe de Gobierno de la Ciudad, al
Ministerio de Cultura, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del
Ministerio de Modernización, a la Dirección General Oficina de la Gestión Pública y
Presupuesto del Ministerio de Hacienda, a la Unidad de Auditoría Interna; publíquese
en el Boletín Oficial de la Ciudad y; para su conocimiento y demás efectos pase a la
Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. de Andreis
ANEXOS