RESOLUCIÓN 17 2014 F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627

Síntesis:

ACLARACIÓN - MODIFICACIÓN  ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL DEL ENTE DE TURISMO  - ASIGNA NIVEL JERÁRQUICO DE SUBSECRETARÍA A LA  DIRECCIÓN EJECUTIVA DE COMUNICACIÓN TURÍSTICA CREACIÓN DE DEPENDENCIAS- CREA LAS DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN TURÍSTICA DE CONTACTO DIRECTO  CON LAS GERENCIAS OPERATIVAS A SU CARGO - GO  DESARROLLO COMUNICACIONAL - GO  DE IMPLEMENTACIÓN EN PLAZAS TURÍSTICAS -  CREA LA DIRECCIÓN GENERAL DE CANALES DIGITALES Y NUEVAS TECNOLOGÍAS CON LA GERENCIA OPERATIVAS DE AUDIENCIAS - CREA LA DIRECCIÓN GENERAL    DE ESTRATEGIAS DE COMUNICACIÓN MASIVA - CON LA GERENCIA OPERATIVA DE CONTENIDOS DIGITALES Y PASAN A SU ÓRBITA LA GERENCIA OPERATIVA PORTAL INFORMÁTICO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS CON LA NUEVA DENOMINACIÓN  DE GERENCIA OPERATIVA DEDIFUSIÓN DIGITAL 

Publicación:

06/02/2014

Sanción:

31/01/2014

Organismo:

F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627


VISTO:

las Leyes N° 2.627 (BOCBA. 2.854), N° 4.685 (BOCBA. 4.292); los Decretos N° 684/09

(BOCBA. 3.233), N° 335/11 (BOCBA 3.689) las Resoluciones N°2-ENTUR/08

(BOCBA. 2.885), N° 44- ENTUR/11(BOCBA. 3.695), N° 354-ENTUR/11 (BOCBA.

3.841), N° 2-GCABA-DEENTUR/12 (BOCBA. N° 3.895), N° 13-DEENTUR/2013, y el

Expediente N° 1860074-ENTUR/14, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 2.627 creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objeto de "diseñar y ejecutar políticas y

programas de promoción, desarrollo y fomento del turismo como actividad económica

estratégica de la Ciudad";

Que la Ley N° 4.685 modificó la Ley N° 2.627 con el propósito de dotar a dicho

organismo de una mayor autarquía respecto de la administración central en miras de

perfeccionar el marco de abordaje de las políticas públicas en materia de turismo;

Que las modificaciones introducidas reflejan el peso sustantivo de la actividad turística

dentro del desarrollo de la Ciudad de Buenos Aires al fortalecer y consolidar la

descentralización del Ente dentro de la estructura organizacional del Poder Ejecutivo,

lo cual incide de forma positiva en el marco de acción para el cumplimiento de sus

objetivos;

Que la referida norma modificó las facultades y responsabilidades de la Presidencia

del Ente de Turismo, otorgándole plena autarquía en el cumplimiento de sus misiones

y funciones;

Que asimismo, dentro de las mencionadas facultades, la Presidencia del Ente de

Turismo tiene la de establecer y aprobar la estructura orgánico-funcional y asignar

responsabilidades;

Que resulta oportuno proceder a la adecuación de la estructura orgánica funcional del

Ente de Turismo, en respuesta a la necesidad de optimizar la distribución de

responsabilidades en consonancia con las nuevas funciones otorgadas, y en aras del

fortalecimiento institucional de este Organismo;

Que las Resoluciones N° 2-ENTUR/08, N° 44-ENTUR/11, N° 354-ENTUR/11, N°

2/GCABA/DEENTUR/12, N° 13-DEENTUR/2013 y sus complementarias y/o

modificatorias, establecen la estructura orgánico funcional del Ente de Turismo;

Que mediante la Resolución N° 44-ENTUR/2011, el Ente adhirió al Régimen Gerencial

establecido mediante los Decretos N° 684/09 y N° 335/11;

Que de acuerdo a lo expresado precedentemente y con el fin de obtener una mejor

distribución de responsabilidades y recursos dentro del marco de los nuevos objetivos

planteados para el organismo resulta necesaria la creación de la Dirección Ejecutiva

de Comunicación Turística con rango equivalente a Subsecretaría; en cuya órbita se

creará la Dirección General de Comunicación Turística de Contacto Directo y la

Dirección General de Canales Digitales y Nuevas Tecnologías.

Que asimismo la actual Dirección General de Comunicación pasará a depender

jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva de Comunicación Turística, bajo la

denominación de Dirección General de Estrategias de Comunicación Masiva y con la

respectiva adecuación de sus responsabilidades primarias.

Que en consonancia con lo expuesto, deberá modificarse la dependencia orgánico

funcional de la Dirección General de Desarrollo y Competitividad de la Oferta; la

Dirección General de Promoción Turística; la Dirección General de Investigación y

Observatorio Turístico; Dirección General Técnica, Administrativa y Legal y de la

Gerencia Operativa de Prensa, las cuales dependerán directamente de la Presidencia

del Ente de Turismo;

Que atento a las nuevas Direcciones Generales indicadas, resulta menester la

creación de la Gerencia Operativa de Desarrollo Comunicacional y la Gerencia

Operativa de Implementación en Plazas Turísticas dependientes de la Dirección

General de Comunicación Turística de Contacto Directo; como así también la Gerencia

Operativa de Audiencias dependiente de Dirección General de Estrategias de

Comunicación Masiva y la Gerencia Operativa de Contenidos Digitales dependiente de

la Dirección General de Canales Digitales y Nuevas Tecnologías;

Que en el mismo sentido, la actual Gerencia Operativa Portal Informático y Nuevas

Tecnologías pasará a depender jerárquicamente de la Dirección General de Canales

Digitales y Nuevas Tecnologías, bajo la denominación de Gerencia Operativa de

Difusión Digital y con la respectiva adecuación de sus acciones.

Que la subgerencia de Asuntos Legales ha tomado la debida intervención que resulta

de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 1885245-ENTUR/2014:

Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 11° inc. d) de la Ley N°

2.627,

EL PRESIDENTE DEL ENTE DE TURISMO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1°.- Modificase a partir del 1° de enero de 2014 la Estructura Orgánico

Funcional del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a

los Anexos I y II, que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Establécese que la Dirección Ejecutiva de Comunicación Turística

poseerá rango equivalente a Subsecretaría.

Artículo 3°.- Regístrese, comuníquese al Señor Jefe de Gobierno de la Ciudad, al

Ministerio de Cultura, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del

Ministerio de Modernización, a la Dirección General Oficina de la Gestión Pública y

Presupuesto del Ministerio de Hacienda, a la Unidad de Auditoría Interna; publíquese

en el Boletín Oficial de la Ciudad y; para su conocimiento y demás efectos pase a la

Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. de Andreis

La presente norma tiene incorporada la Aclaración publicada en el BOCBA N° 4338 del 12/02/2014


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art. 1 de la Res. 17-ENTUR-14 modifica la estructura orgánica del Ente de turismo, aprobada por Res. 2-ENTUR-08.
MODIFICADA POR
<p>Resolución 116-ENTUR- 17 modifica la Estructura Orgánica aprobada por Resolución 17-ENTUR-14.</p>