DECRETO 78 2014
Síntesis:
MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO - CREACIÓN DE DEPENDENCIAS - SUPRESIÓN - CREA LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA CREA LA DIRECCIÓN GENERAL DE EMPRENDEDORES TRANSFIERE A SU ÓRBITA LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIAS CREATIVAS - SUPRIME LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO - MODIFICA LA DENOMINACIÓN DE LA SUBSECRETARÍA DE TRABAJO POR LA DE TRABAJO INDUSTRIA Y COMERCIO - MODIFICA LA DENOMINACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL GESTIÓN DE ACTIVIDADES CIENTÍFICAS Y TECNOLÓGICAS POR LA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA - SUPRIME LA DIRECCIÓN GENERAL DE FOMENTO PRODUCTIVO E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA - SUPRIME LA UPE BUENOS AIRES OLÍMPICA - TRANSFIERE A LA ÓRBITA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONCESIONES - PATRIMONIO PERSONAL Y PRESUPUESTO - APRUEBA RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - CREACIÓN GERENCIAS OPERATIVAS Y SUBGERENCIAS OPERATIVAS - CREA LA GO COORDINACIÓN Y FISCALIZACIÓN DE POLÍTICAS DE PROMOCIÓN - MODIFICA LA DENOMINACIÓN DE LA GO DE INICIATIVAS PRIVADAS POR LA DE GO PROYECTOS DE ARTICULACIÓN PÚBLICO PRIVADAS - TRANSFIERE LAS GO REGISTRO Y MONITOREO DE LAS ACTIVIDADES Y PROYECCIÓN Y FOMENTO INDUSTRIAL A LA ÓRBITA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO - MODIFICA LA DENOMINACIÓN DE LA GO APOYO Y COMPETITIVIDAD PYME POR LA DE DESARROLLO PYME
Publicación:
24/02/2014
Sanción:
21/02/2014
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 4.013, los Decretos Nros. 684/09, 660/11, 236/12, 397/12, 505/12, 148/13 y
149/13, el Expediente Electrónico N° 2013-4077625-MGEYA-DGTALMDE, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de los objetivos antes
mencionados;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado hacia un desarrollo
operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos, modernización
de procesos y mecanismos administrativos, así como la creación y el establecimiento
de nuevas estructuras orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires contemplándose entre los Ministerios, al Ministerio de
Desarrollo Económico;
Que por Decreto N° 684/09 se reglamentó el Régimen Gerencial para los cargos más
altos de la Administración Pública previstos en el artículo 34 de la Ley N° 471;
Que por Decreto N° 660/11, modificado parcialmente por los Decretos Nros. 236/12,
397/12, 505/12, 148/13 y 149/13, se aprobó la estructura organizativa del Ministerio de
Desarrollo Económico dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, estableciendo los objetivos, responsabilidades primarias y
acciones de todas sus unidades de organización;
Que considerando las políticas públicas impulsadas por el Ministerio de Desarrollo
Económico, resulta necesario efectuar diversas modificaciones en su estructura
organizativa, con el objeto de evitar la dispersión de las funciones encomendadas,
optimizando los recursos aplicados, en pos de mejorar los procesos llevados adelante
por el referido Ministerio;
Que por lo expuesto, resulta pertinente modificar la denominación de la Subsecretaría
de Desarrollo Económico por Subsecretaría de Economía Creativa, considerando las
adecuaciones orgánico funcionales llevadas a cabo en la órbita de la citada instancia,
lo que denota la unificación en el ámbito de un mismo órgano de las políticas relativas
a los programas y proyectos dirigidos a promover empresas y emprendedores y a la
innovación tecnológica;
Que asimismo la citada instancia tiene a su cargo entender en las políticas de Ciencia,
Tecnología e Innovación (CTI), en la promoción de las industrias culturales y creativas,
y en la promoción de los Distritos Audiovisual y de Diseño de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que en tal sentido, resulta necesario transferir la Dirección General de Industrias
Creativas de la dependencia directa del Ministro de Desarrollo Económico, al ámbito
de la Subsecretaría de Economía Creativa, en virtud de las responsabilidades
primarias a su cargo;
Que por su parte, a los fines de dotar de mayor entidad a las políticas destinadas a la
actividad emprendedora en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resulta
conveniente crear la Dirección General Emprendedores, con dependencia de la
Subsecretaría de Economía Creativa, teniendo entre sus responsabilidades primarias
la de diseñar y conducir las políticas referidas al estímulo y la difusión de la práctica y
de la cultura emprendedora en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a esos fines, corresponde transferir la Gerencia Operativa Apoyo al Emprendedor
de la entonces Subsecretaría de Desarrollo Económico, a la Dirección General
Emprendedores, a los efectos de colaborar en la ejecución de las tareas a cargo de
dicho organismo;
Que asimismo, corresponde modificar la denominación de la Dirección General de
Gestión de Actividades Científicas y Tecnológicas, por Dirección General Ciencia y
Tecnología, así como la correspondiente a la Gerencia Operativa Implementación de
Programas en Ciencia y Tecnología, bajo su dependencia, por Gerencia Operativa
Fortalecimiento Institucional en Ciencia y Tecnología, con el objetivo de adecuarlas a
las responsabilidades primarias y acciones a cargo de las referidas instancias.
Que a su vez, resulta conveniente modificar la denominación y responsabilidades
primarias de la Subsecretaría de Trabajo, por Subsecretaría de Trabajo, Industria y
Comercio, considerando que tiene a su cargo la implementación de acciones a los
efectos de consolidar las políticas destinadas a la generación de empleo en el ámbito
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, erigiéndose como una instancia fundamental
en la interacción para el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la consecución de tales fines;
Que en tal contexto, es necesario suprimir la Dirección General de Fomento
Productivo e Innovación Tecnológica, de la entonces Subsecretaría de Desarrollo
Económico, transfiriendo su personal, patrimonio, presupuesto y las Gerencias
Operativas Registro y Monitoreo de las Actividades Económicas y Proyección y
Fomento Industrial, a la Dirección General Empleo dependiente de la Subsecretaría de
Trabajo, Industria y Comercio;
Que en virtud de las acciones a cargo de la Gerencia Operativa Apoyo a la
Competividad Pyme y de la Subgerencia a su cargo Información y Análisis,
dependientes de la entonces Subsecretaría de Desarrollo Económico, resulta
adecuado transferir las citadas instancias a la Dirección General de Empleo, en virtud
de las nuevas responsabilidades primarias a su cargo, resultando pertinente asimismo,
modificar la denominación de la Gerencia Operativa Apoyo a la Competitividad Pyme,
por la de Gerencia Operativa Desarrollo Pyme;
Que por otra parte, se propicia crear bajo la dependencia de la Dirección General de
Gestión de Inversiones, dependiente de la Subsecretaría de Inversiones, la Gerencia
Operativa Coordinación y Fiscalización de Políticas de Promoción, teniendo a su
cargo, entre otras, las acciones de diseño y coordinación de políticas, planes y
programas sectoriales de fiscalización de las actividades económicas respecto de los
regímenes de promoción creados o a crearse en el ámbito del Ministerio de Desarrollo
Económico;
Que asimismo, resulta necesario modificar la denominación de la Gerencia Operativa
Iniciativas Privadas, dependiente de la Dirección General Gestión de Inversiones, por
Gerencia Operativa Proyectos de Articulación Público - Privada, con el objetivo de
adecuar las acciones encomendadas con las políticas de acción e interacción con el
sector privado impulsadas por el referido Ministerio;
Que por otro lado, corresponde suprimir al Organismo Fuera de Nivel Unidad de
Proyectos Especiales Buenos Aires Olímpica, de la órbita de la Subsecretaría de
Deportes del Ministerio de Desarrollo Económico, toda vez que dicho órgano ya ha
finalizado con las acciones inherentes al cumplimiento de sus objetivos;
Que por último, resulta adecuado transferir la Dirección General Concesiones de la
dependencia de la Subsecretaría de Inversiones, a la dependencia directa del Ministro
de Desarrollo Económico, en virtud de las competencias específicas y la magnitud de
las tareas encomendadas al referido organismo, resultando necesario el soporte
directo del citado Ministerio;
Que conforme lo expuesto, corresponde modificar parcialmente la estructura orgánico
funcional del Ministerio de Desarrollo Económico aprobada por el Decreto N° 660/11.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modifícase parcialmente la estructura organizativa del Ministerio de
Desarrollo Económico, quedando modificado el Decreto N° 660/11, de conformidad
con lo establecido en los Anexos I (Organigrama IF-2014-02368616-DGTALMDE) y II
(Responsabilidades Primarias, Acciones y Objetivos IF-2014-02368680-DGTALMDE)
los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- Modifícase la denominación de la Subsecretaría de Desarrollo Económico
por Subsecretaría de Economía Creativa.
Artículo 3°.- Transfiérase la Dirección General de Industrias Creativas, con
dependencia directa del Ministro de Desarrollo Económico, con su personal,
patrimonio y presupuesto, a la órbita de la Subsecretaría de Economía Creativa del
Ministerio de Desarrollo Económico.
Artículo 4°.- Créase en la órbita de la Subsecretaría de Economía Creativa, del
Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General Emprendedores.
Artículo 5°.- Modifícase la denominación de la Dirección General de Gestión de
Actividades Científicas y Tecnológicas de la entonces Subsecretaría de Desarrollo
Económico, por Dirección General Ciencia y Tecnología, dependiente de la
Subsecretaría de Economía Creativa.
Artículo 6°.- Modifícase la denominación de la Subsecretaría de Trabajo por
Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio.
Artículo 7°.- Suprímase la Dirección General de Fomento Productivo e Innovación
Tecnológica dependiente de la entonces Subsecretaría de Desarrollo Económico,
transfiriéndose su patrimonio, personal y presupuesto a la Dirección General Empleo,
de la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio.
Artículo 8°.- Suprímase del ámbito de la Subsecretaría de Deportes del Ministerio de
Desarrollo Económico, al Organismo Fuera de Nivel Unidad de Proyectos Especiales
(UPE) Buenos Aires Olímpica.
Artículo 9°.- Transfiérase la Dirección General Concesiones con su personal,
patrimonio y presupuesto, de la órbita de la Subsecretaría de Inversiones, a la
dependencia directa del Ministerio de Desarrollo Económico.
Artículo 10.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 11.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo
Económico y de Modernización, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 12.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto
del Ministerio de Hacienda y de Capital Humano y a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, y para su conocimiento y demás
efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. MACRI
- Cabrera - Ibarra - Rodríguez Larreta
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4346