DISPOSICIÓN 233 2002 DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL
Síntesis:
PROGRAMA VALE CIUDAD. LLÁMASE A CONTRATACIÓN DIRECTA N° 27/2002, PARA LA EMISIÓN Y EL RESCATE DE VALES ALIMENTARIOS CANJEABLES POR PRODUCTOS DE LA CANASTA FAMILIAR
Publicación:
03/10/2002
Sanción:
27/09/2002
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL
Visto el Expediente N° 34.216/02, y atento las facultades conferidas por el Decreto N° 5.720/PEN/72 reglamentario del artículo 61 del Decreto-Ley N° 23.354/56, el Decreto N° 439/GCBA/02 y su reglamentación Resolución N° 128/SDSOC/02, su modificatoria Resolución N° 154/SDSOC/02, el Decreto N° 1.250/GCBA/02 y el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y;
CONSIDERANDO:
Que por la actuación precitada tramita la contratación de una empresa que tome a su cargo la Emisión y Rescate de Vales Alimentarios canjeables por productos de la Canasta Familiar en una red de pequeños comercios barriales constituida a tal efecto, en el marco del Programa Vale Ciudad - Apoyo al Ingreso Ciudadano aprobado por Decreto N° 439/GCBA/2002; para la atención prioritaria de población en situación de riesgo alimentario.
Que a fs. 31, obra la solicitud de pedido debidamente valorizada, de acuerdo a lo establecido en el Inc. 30° Ap. d) del Decreto N° 5.720/PEN/72 y la respectiva afectación preventiva de fondos en la partida presupuestaria correspondiente;
Que, el inciso 128) del Decreto N° 5.720/PEN/72 y sus modifica-torios, reglamentario del artículo 61 del Decreto Ley N° 23.354/56 adoptados por Ordenanza N° 31.655 (B.M. N° 15.193), prevé la posibilidad de establecer cláusulas y penalidades especiales no contempladas en el Reglamento de Contrataciones del Estado;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 1.250/GCBA/2002;
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y
LEGAL DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Artículo 1° Llámase a Contratación Directa N° 27/2002 para el día 15/10/02 a las 15 hs. para la contratación de una empresa que tome a su cargo la Emisión y Rescate de Vales Alimentarios canjeables por productos de la Canasta Familiar en una red de pequeños comercios barriales constituida a tal efecto, en el marco del Programa Vale Ciudad, cuyo monto estimado es de pesos tres millones cuatrocientos ochenta mil ($ 3.480.000.-) al amparo de lo establecido en el artículo 56, Inc. 3°, Ap. d) del Decreto Ley N° 23.354/56.
Artículo 2° El valor del Pliego se ha establecido en pesos un mil setecientos cuarenta ($ 1.740.-), el que podrá ser consultado y adquirido hasta las 11 hs. del día fijado para el acto de apertura, en esta Dirección General Técnica Administrativa y Legal.
Artículo 3° La apertura de las ofertas se efectuará en el sector indicado en el artículo precedente, sito en Av. Entre Ríos 1492, 2° Piso Oficina 209 de esta Ciudad el día 15 /10/ 02 a las 15 hs.
Artículo 4° El gasto que demande dicha contratación será imputado a la partida presupuestaria correspondiente al presupuesto vigente.
Artículo 5° Remítanse las invitaciones y comunicaciones previstas en el artículo 62 del Decreto Ley N° 23.345/56 y en los puntos 10, 11 y 12 del Anexo I de la Resolución N° 1.672/SHYF/98.
Artículo 6° Regístrese, protocolícese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase a la Dirección Técnica, Area Compras en prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Proverbio
Secretaría de Educación