RESOLUCIÓN 293 2002 SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

Síntesis:

EMISIÓN DE VALES ALIMENTARIOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA VALE CIUDAD. SE DECLARA DESIERTA LA CONTRATACIÓN DIRECTA N° 27/02. SE DA INTERVENCIÓN A LA COMISIÓN DE ESTUDIOS DE PLIEGOS DE CONDICIONES ESPECIALES PARA LA MODIFICACIÓN DEL PLIEGO.

Publicación:

19/11/2002

Sanción:

06/11/2002

Organismo:

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL


Visto el Expediente N° 34.216/02;

CONSIDERANDO:

Que por el mismo tramita el llamado para la contratación de un servicio que tome a su cargo la emisión y rescate de Vales Alimentarios canjeables por productos de la Canasta Familiar en una red de pequeños comercios barriales constituida a tal efecto, en el marco del Programa Vale Ciudad - Apoyo al Ingreso Ciudadano Mediante Asistencia Alimentaria, aprobado por Decreto N° 439/GCBA/2002;

Que por el citado Decreto, se autorizó a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Desarrollo Social a realizar el llamado a Contratación Directa, al amparo de lo establecido en el artículo 56, inciso 3°, apartado d) del Decreto-Ley N° 23.354/56;

Que en consecuencia, mediante Disposición N° 233/DGTAYL-SDSOC/2002 (B.O.C.B.A. N° 1539), efectuó el llamado a Contratación Directa N° 27/2002, estableciéndose su apertura para el día 15/10/2002, a las 15:00 horas, la cual se prorrogó para el día 28/10/2002 a la misma hora, por Circular Sin Consulta N° 2;

Que dicha apertura se practicó en la fecha señalada, labrándose el Acta de estilo N° 25/2002, donde se dejó constancia de la comparecencia de las firmas Proms S.A., Luncheon Tickets S.A., Servcios Tickets S.A. y Argencard (Ticket Total), las cuales no presentaron propuestas, ni cotización alguna en relación a la Contratación Directa de marras, acompañando distintas notas donde manifiestan las razones por las cuales procedieron en el sentido indicado;

Que mediante Acta de Preadjudicación N° 16/2002 se establece que en orden a la situación que surge del Acta de Apertura supra mencionada, la Contratación Directa N° 27/2002 ha quedado desierta, y en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo que así lo declare, de conformidad a la normativa vigente sobre la materia en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto N° 5.720/PEN/72, reglamentario del Art. 61 del Decreto-Ley N° 23.354/56 y sus Decretos modificatorios, vigentes en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires en base a lo dispuesto por la Cláusula Transitoria Tercera de la Ley N° 70 (B.O.C.B.A. N° 704);

Que, asimismo, corresponde en virtud de lo expuesto por la totalidad de las firmas presentadas, reexaminar las bases de la Contratación y dar intervención a la Comisión de Estudios de Pliegos de Condiciones Especiales, con la finalidad de analizar las modificaciones al Pliego y continuar con la tramitación de los presentes para la provisión del servicio que constituye su objeto;

En virtud del Decreto N° 5.720/PEN/72 y las facultades conferidas por el Decreto N° 1.250/GCBA/2002,

LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:

Artículo 1° Apruébase lo actuado en el presente llamado a Contratación Directa N° 27/2002 y declárase desierta por falta de ofertas.

Artículo 2° Dése intervención a la Comisión de Estudios de Pliegos de Condiciones Especiales para el análisis y aprobación de las modificaciones que considere pertinentes introducir al Pliego que constituye el soporte instrumental de la presente contratación, con el objeto de continuar con su tramitación.

Artículo 3° La erogación que demanda la presente gestión cuenta con el respaldo presupuestario en su etapa preventiva del gasto.

Artículo 4° Regístrese, protocolícese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y a la Direcciones Generales de Compras y Contrataciones de la Secretaría de Hacienda y Finanzas y Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Desarrollo Social. Cumplido, archívese. González Gass

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