RESOLUCIÓN 1091 2014 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

 APRUEBA DOCUMENTOS - SUPLEMENTO DEL PROSPECTO CORRESPONDIENTE A TÍTULOS, EL MANDATO CELEBRADO CON BANCO MACRO SA -  BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES SA Y MACRO SECURITIES SA EL CONTRATO DE COLOCACIÓN CELEBRADO ENTRE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y MACRO SECURITIES SA Y BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES SA -  CONSIDERA EMITIDOS LOS TÍTULOS DE LA CLASE  8 Y LOS TÍTULOS DE LA CLASE 9 EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO EN EL MERCADO LOCAL - DEUDA PÚBLICA - BONOS - VALORES 

Publicación:

27/06/2014

Sanción:

25/06/2014

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


VISTO

las Leyes N° 4.315, N° 4.382, N° 4.431, N° 4.472, N° 4.810, N° 4.885 y N° 4.949, la

Resolución N° 1.002/MHGC/2014 y el Expediente N° 4.971.226/2014, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 4.315 creó un programa de financiamiento en el mercado local para la

emisión de títulos de la deuda pública por hasta la suma de dólares estadounidenses

cien millones (U$S 100.000.000), monto que fue ampliado por la Ley N° 4.431 hasta la

suma de dólares estadounidenses ciento ochenta y cinco millones (U$S 185.000.000)

o su equivalente en pesos, otra u otras monedas; monto incrementado por la Ley N°

4.472 hasta la suma de dólares estadounidenses doscientos ochenta y cinco millones

(U$S 285.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas, y por la

Resolución N° 382-MHGC/2013 dictada en el marco de la Ley N° 4.382 y del Decreto

N° 161 GCBA/2013, hasta la suma de dólares estadounidenses quinientos un millones

(U$S 501.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas, por la Ley N°

4.810 hasta la suma de dólares estadounidenses setecientos sesenta y un millones

(U$S 761.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas, por la Ley N°

4.885 hasta la suma de dólares estadounidenses novecientos un millones (U$S

901.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas y por la Resolución N°

728-MHGC/2014 dictada en el marco de la Ley N° 4.472 hasta la suma de dólares

estadounidenses un mil un millones (U$S 1.001.000.000) o su equivalente en pesos,

otra u otras monedas (en adelante, el "Programa de Financiamiento en el Mercado

Local");

Que el artículo 2 de la Ley N° 4.949 autorizó al Poder Ejecutivo a contraer un

empréstito público representado por una o más emisiones de títulos de deuda pública

por un importe de hasta dólares estadounidenses ciento ochenta y cinco millones (U$S

185.000.000) o su equivalente en pesos u otras monedas con destino a la

amortización de deuda, ampliando de tal modo el Programa de Financiamiento en el

Mercado Local hasta la suma de dólares estadounidenses un mil ciento ochenta y seis

millones (U$S 1.186.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas;

Que el artículo 3 de la Ley N° 4.949 fijó los términos y condiciones generales de la

emisión de los títulos de deuda pública, estableciendo, entre otras características, el

tipo de moneda, la modalidad de suscripción e integración, plazo, tasa de interés y

precio de emisión, forma y denominaciones, rescate, amortización, ley aplicable y

jurisdicción competente, términos y condiciones que coinciden con los generales del

Programa de Financiamiento en el Mercado Local aprobados por la Resolución N°

1.518/MHGC/2012;

Que los artículos 5 y 6 de la Ley N° 4.949 autorizaron al Poder Ejecutivo, a través de

este Ministerio de Hacienda, a dictar las normas reglamentarias y/o complementarias

que establezcan las condiciones de emisión de los títulos de deuda pública que no

fueran determinados por dicha ley;

Que las características que presenta el mercado local y el perfil del endeudamiento de

la Ciudad y la situación de caja de la Ciudad, aconsejan que los títulos de deuda

pública sean emitidos en uno o más tramos, que podrán a su vez comprender una o

más clases y estas, en su caso, una o más series, por un valor nominal total de hasta

U$S 185.000.000, que podrán estar i) denominados en dólares estadounidenses,

suscriptos, integrados y repagados en pesos, serán amortizados en el plazo que

oportunamente se defina, y devengarán intereses a una tasa fija, los que se pagarán

en forma semestral por período vencido y/o ii) denominados, suscriptos, integrados y

repagados en pesos, serán amortizados en el plazo que oportunamente se defina, y

devengarán intereses a una tasa variable, los que se pagarán en forma trimestral por

período vencido.

Que la Resolución N° 1.002/MHGC/2014 del 12 de junio de 2014 aprobó la propuesta

presentada por Banco Macro S.A. y Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. para emitir

los títulos de deuda pública por un valor nominal de hasta U$S 90.000.000, ampliable

hasta U$S 185.000.000 (en adelante, los "Títulos"), en el marco general de los

términos y condiciones del Programa, aprobando también los términos y condiciones

particulares de los Títulos, incluyendo su monto, plazo, moneda de denominación,

modo de suscripción e integración, tasa de interés, amortización, tasa y fecha de

interés, moneda de pago de los intereses, orden de prelación, compromisos,

supuestos de incumplimiento, ley aplicable y jurisdicción, entre otras cláusulas;

Que los contratos y demás documentación suscripta en el marco del Programa, así

como el suplemento de prospecto del 19 de junio de 2014 (en adelante, el

"Suplemento de Prospecto"), documentación adjuntada en el Anexo I como parte

integrante de la presente, son los usuales que se adoptan en esta clase de

operaciones, cumplen con la normativa nacional y de la Ciudad de Buenos Aires

respecto de las operaciones de Crédito Público, incluyendo la Ley N° 4.315 y la Ley N°

4.949 y sus disposiciones concordantes, y resultan adecuados a los propósitos y

objetivos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que los términos y condiciones generales y particulares, incluyendo los plazos, los

montos e intereses y demás cláusulas contenidas en los contratos, y demás

documentación a ser suscripta, así como en el suplemento de prospecto, son los

usuales que se adoptan en este tipo de operaciones, cumplen con la normativa

nacional y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires respecto de las operaciones de

Crédito Público, incluyendo las Leyes N° 4.315, N° 4.382, N° 4.431, N° 4.472, N°

4.810, N° 4.885 y N° 4.949 y sus normas reglamentarias, y resultan adecuados a los

propósitos y objetivos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que para lograr la negociación y colocación de los Títulos en el mercado local se

presentó el 16 de junio de 2014 una solicitud para la ampliación del Programa y el

listado de los Títulos ante la Bolsa de Comercio de Buenos Aires. El 16 de junio de

2014 se presentó, además, la solicitud de su negociación en el Mercado Abierto

Electrónico S.A.;

Que para la implementación de la propuesta presentada por Banco Macro S.A. y

Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. para la estructuración del Programa y la emisión

de Títulos en su marco se otorgó el correspondiente mandato a Macro Securities S.A.

y Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. con fecha 17 de junio de 2014, que fue

aceptado con la misma fecha;

Que para la colocación de los Títulos se celebró un contrato de colocación de los

Títulos entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Macro Securities S.A. y Banco

de Galicia y Buenos Aires S.A. con fecha 18 de junio de 2014;

Que los Títulos serán representados por un certificado global que se depositará en

Caja de Valores S.A., entidad ante la cual se efectuó la presentación respectiva el 16

de junio de 2014;

Que los artículos 5 y 6 de la Ley N° 4.949 autorizaron al Poder Ejecutivo, a través del

Ministerio de Hacienda, para efectuar los trámites correspondientes y suscribir todos

los instrumentos, contratos y documentación necesaria y conveniente a fin de dar

cumplimiento a dicha Ley, y para que por sí o por terceros actúe en la instrumentación,

emisión, registro y pago de los Títulos autorizados por la Ley, entre los cuales se

incluyen la aprobación y suscripción de los contratos, el Suplemento de Prospecto y

demás documentos relativos a su emisión;

Que, por tanto, corresponde aprobar toda la documentación suscripta en el marco del

Programa y dar por emitidos los Títulos;

Que, de tal manera, el valor nominal emitido para los Títulos de la Clase N° 8 asciende

a dólares estadounidenses setenta y cinco millones quinientos noventa y tres mil (U$S

75.593.000);

Que, el valor nominal emitido para los Títulos de la Clase N° 9 asciende a pesos ciento

noventa y cinco millones ochocientos cuarenta mil ($ 195.840.000) equivalente a

dólares estadounidenses veinticuatro millones (U$S 24.000.000) al tipo de cambio

inicial de liquidación de la Clase N° 8 de 8,16 $/U$;

Que, en tal sentido, el monto total emitido asciende a dólares estadounidenses

noventa y nueve millones quinientos noventa y tres mil (U$S 99.593.000), quedando

un saldo autorizado remanente para futuras emisiones de dólares estadounidenses

ochenta y cinco millones cuatrocientos siete mil (U$S 85.407.000);

Que atento a lo establecido por el artículo 105 de la Constitución de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, en relación con el registro de los contratos y demás

documentación y hasta tanto se constituya el mismo, toda la documentación relativa al

Programa y a la emisión de los Títulos serán protocolizados en la Escribanía General

de la Ciudad;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención

debida, conforme lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 1.218;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Ley N° 4.315, la Ley N° 4.382, la

Ley N° 4.431, la Ley N° 4.472, y la Ley N° 4.949,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1°. Apruébanse los siguientes documentos: i) el Suplemento del Prospecto del

19 de junio de 2014 correspondiente a los Títulos; ii) el mandato celebrado entre la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Banco Macro S.A., Banco de Galicia y Buenos

Aires S.A. y Macro Securities S.A. el 17 de junio de 2014; y iii) el Contrato de

Colocación celebrado entre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Macro Securities

S.A. y Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. el 18 de junio de 2014, documentos que

se adjuntan como Anexo II formando parte integrante de la presente resolución.

Considérense, por lo tanto, emitidos los Títulos de la Clase N° 8 y los Títulos de la

Clase N° 9 en el marco del Programa de Financiamiento en el Mercado Local creado

por la Ley N° 4.315 y ampliado por las Leyes N° 4.382, N° 4.431, N° 4.472, N° 4.810,

N° 4.885 y N° 4.949 y la Resolución N° 382-MHGC/2013 y el Decreto N° 161

GCBA/2013, a partir del 27 de junio de 2014, cuyos términos se encuentran descriptos

en el Suplemento del Prospecto.

Artículo 2°. Déjase establecido que hasta tanto se constituya el Registro a que hace

referencia el artículo 105, inciso 2) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, los documentos aprobados en los artículos precedentes, serán

protocolizados en la Escribanía General del Gobierno, con lo cual se considerará

cumplido el requisito de registración establecido en dicho artículo.

Artículo 3°. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

remítase para su conocimiento a las Direcciones Generales de Contaduría, de

Tesorería y de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y

demás efectos pase a la Dirección General de Crédito Público. Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4426

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 1091-MHGC-14, considera emitidos los Títulos de la Clase 8 y 9 en el marco del Programa de Financiamiento en el Mercado Local creado por la Ley 4315, y ampliado por las Leyes 4431, 4472, 4382, 4810, 4885, 4949, la Resolución 382-MHGC-13 y el Decreto 161-13.</p>
INTEGRA
Art. 1 de la Resolución 1091-MHGC-14, aprueba documentos con Banco Macro SA, Banco de Galicia y Buenos Aires SA, y Macro Securities SA, en los términos fijados por Resolución 1002-MHGC-14.